EAUTOM 2022- Programa de ayuda destinada al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres por el que se otorga una subvención por la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción

LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación

Código SIA: 2860978
|
Código GVA: 22447
Descargar información
Plazo cerrado

Desde 07-04-2022

Hasta 15-09-2022

  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Formularios
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Resolución
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés
  • Compartir en redes sociales

Qué es

Qué es y para qué sirve

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, por el que se otorga una subvención por la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas...

Saber más
Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 07-04-2022 hasta 15-09-2022
Observaciones

Destinatarios y beneficiarios finales de la acción: Mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación subvencionable se encuentren embarazadas o en proceso de adopción

Número de beneficiarios previstos: 60

Presupuesto total de la acción: 150.000€

Normativa
  • - ORDEN 18/2017, de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de fomento de empleo dirigido al emprendimiento (DOGV nº 8138, 29/09/2017)
  • RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2021, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones destinadas al Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, reguladas en la Orden 18/2017, de 28 de...
  • Extracto de la RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2021 del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, reguladas en la Orden...

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación subvencionable se encuentren embarazadas o en proceso de adopción.

Requisitos

REQUISITOS DE LAS SOLICITANTES:

 

a) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; a tal efecto, las entidades presentarán la correspondiente declaración responsable.

 

b) En ningún caso podrán resultar beneficiarias las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como las mujeres integrantes de comunidades de bienes y autónomas colaboradoras.

 

EXCLUSIONES:

 

Estas ayudas se someten al régimen de minimis, establecido en el Reglamento (UE) Nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, publicado en el DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013. Por este motivo, no podrán concederse a empresas de los siguientes sectores:

a) Pesca y acuicultura, regulados por el Reglamento (CE) Nº 104/2000 del Consejo.

b) Producción primaria de los productos agrícolas (que figuran en la lista del anexo I del Tratado).

c) Las ayudas concedidas a las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, en los casos siguientes:

c.1) cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas.

c.2) cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.

d) Actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros, es decir, las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.

e) Ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.

 

La aplicación de este régimen supone que el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa (se entenderá por única empresa la definición establecida en el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (UE) Nº 1407/2013, de la Comisión) no excederá de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. Cuando una única empresa realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera el importe total de las ayudas de minimis concedidas no excederá de 100.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

 

REQUISITOS DE LA CONTRATACIÓN:

 

* La contratación debe efectuarse a partir del 1 de enero de 2022 y siempre con carácter previo a la baja maternal de la mujer trabajadora autónoma.

 

* La persona contratada debe haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta su contratación.

 

* La persona contratada no debe mantener con la beneficiaria una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, o su equivalente en el caso de las parejas de hecho.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Pasos:

 

1. Presentación de las solicitudes y la documentación requerida.

2. La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, para lo que se tendrá en cuenta como único criterio el momento en que se haya completado la presentación de la solicitud (comprensiva del impreso de solicitud y de la restante documentación exigida por la convocatoria) en cualquier de los registros previstos en la normativa de procedimiento administrativo común.

3. La instrucción corresponderá a las Direcciones Territoriales de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación competentes en materia de Empleo.

4. El órgano instructor podrá recabar de los interesados la aportación adicional de cuantos documentos y datos aclaratorios estime necesarios para resolver sobre la solicitud presentada.

5. Examinadas las solicitudes, el órgano instructor remitirá informe donde hará constar que las entidades beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para la concesión de las ayudas.

6. En cada Dirección Territorial de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación se constituirá un órgano colegiado integrado por la persona titular del Servicio Territorial competente en materia de Empleo o persona que designe para su sustitución, que lo presidirá; dos vocales; y una persona que ostentará la secretaría, con voz pero sin voto. Las personas que ocupen las vocalías y la secretaría serán designadas por la persona titular de la Dirección Territorial de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación entre personal funcionario adscrito al Servicio Territorial competente en materia de Empleo. El órgano colegiado emitirá periódicamente informes donde se concrete el resultado de las evaluaciones efectuadas en relación con los periodos de tiempo que considere.

7. A la vista del informe del órgano colegiado, el órgano instructor formulará las propuestas de concesión al órgano concedente.

8. La competencia para resolver sobre las solicitudes presentadas corresponde por delegación a la persona titular de la Dirección Territorial de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación correspondiente.

Criterios de valoración

La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, para lo que se tendrá en cuenta como único criterio el momento en que se haya completado la presentación de la solicitud (comprensiva del impreso de solicitud y de la restante documentación exigida por la convocatoria) en cualquiera de los registros previstos en la normativa de procedimiento administrativo común.

 

En caso de que distintos expedientes tuvieran la misma fecha de criterio y no resultara posible priorizarlos por hora de presentación, se priorizarán las solicitudes presentadas por personas con diversidad funcional . Si tras aplicar tales criterios el empate persistiera, se priorizará en función de la fecha de solicitud más antigua y, si de esta forma tampoco se resolviera el empate, en función del número de expediente más bajo.

Órganos de tramitación
La instrucción corresponderá a los Servicios Territoriales de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación competentes en materia de empleo.

Solicitud

Plazo
Desde 07-04-2022 hasta 15-09-2022

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y finalizará 15 de septiembre de 2022. DOGV. núm. 9314 de 06/04/2022

 

El plazo de presentación se inicia el día 7 de abril y finalizará el 15 de septiembre de 2022, ambos inclusive

 

Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.

Documentación
Junto con la solicitud deberá aportarse la siguiente documentación: a) Si la solicitud se presenta de forma no telemática mediante representante, acreditación de la representación. b) Datos de domiciliación bancaria, según modelo normalizado (disponible en la web de la ayuda). Si la solicitud...
Saber más
Forma de presentación
Telemática
Enlace de esta guía "Tramitar con certificado". Se deberá disponer de firma electrónica avanzada con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física) admitido por la sede electrónica de la Generalitat.
    Presencial

    La solicitud (comprensiva asimismo de la documentación exigida) se presentará preferentemente de forma telemática en la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana, a través del procedimiento habilitado al efecto y denominado "EAUTOM 2022 Programa de ayuda destinada al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres por el que se otorga una subvención por la contratación de personas desempleada que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción".

     

    En la página web de LABORA (http://www.labora.gva.es), en el apartado "Ciutadania" estará disponible la información sobre la convocatoria y se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud (para ello deberá disponer del certificado reconocido para los ciudadanos), sin perjuicio de poder presentarla ante la correspondiente Dirección Territorial de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación y restantes lugares previstos en la normativa de procedimiento administrativo común, utilizando los impresos normalizados localizados en la citata dirección de internet (http://www.labora.gva.es/ciutadania/busque-ajudes-subvencions/ajudes-foment-de-l-ocupacio).

     

    Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento distinto a los aquí descritos será inadmitida. (No será válida, por tanto, la solicitud efectuada a través del trámite Z)

     

     

    Ello, sin perjuicio de poder presentarla en el resto de lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

     

    Si la solicitud se presenta telemáticamente por representante, éste deberá estar previamente autorizado a través del registro de representantes: https://www.accv.es/ciudadanos/registro-de-representantes/.

    Dónde dirigirse

    Resolución

    Plazo máximo
    - El plazo máximo para resolver y notificar la resolución procedente será de 6 meses, a contar desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en cualquiera de los registros de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación - Transcurrido el plazo establecido sin que se haya dictado y...
    Saber más
    Cuantía y cobro
    El importe de la subvención ascenderá a: a) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 euros b) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.500 euros Los importes indicados se incrementarán en 500...
    Saber más
    Obligaciones
    Además de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, son obligaciones de las personas beneficiarias: a) Formalizar los contratos de trabajo por escrito, debiendo recoger en su clausulado la duración estimada expresada en meses completos. b) Los contratos a jornada parcial...
    Saber más
    Observaciones

    La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación en un plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo...

    Saber más
    Órganos resolución
    La competencia para resolver corresponderá a la persona titular de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación u órgano en que esta delegue.
    Sanciones
    Los incumplimientos que puedan calificarse como infracción administrativa darán lugar a la incoación del procedimiento sancionador, de acuerdo con los artículos 52 y siguientes de la Ley General de Subvenciones, y los artículos 173 y siguientes de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda...
    Saber más

    Preguntas frecuentes

    Dudas sobre el trámite
    Dónde consultar dudas sobre el trámite:

    Temas relacionados

    MATERIAS

    • Empresas
      • Trabajo y empleo
        • Creación y promoción de empleo
    • Ciudadanía
      • Ayudas, becas y subvenciones
        • Empleo

    TEMA

    • Economía y hacienda
      • Promoción económica
      • Tributos
      • Economía
      • Financiación
      • Hacienda
    • Servicios sociales
      • Dependencia
    • Sociedad, ciudadanía y familias
      • Mujeres
      • Igualdad
    • Trabajo
      • Emprendimiento
      • Fomento del empleo
    • Empleo público
      • Bolsas de trabajo
      • Contratación laboral
    • Asociacionismo y participación
    • Administración pública

    PERFILES

    • Empresa
      • Profesionales y autónomos
    • Ciudadanía
      • Mujeres
      • Personas desempleadas

    SECTOR

    • Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
      • Pesca
      • Industria agroalimentaria
      • Sanidad vegetal y alimentaria
      • Agricultura
      • Ganadería

    TEMÁTICA

    • Financiación y gestión económica
      • Ayudas y subvenciones
    • Trabajo y trabajadores
      • Empleo
      • Relaciones laborales

    CICLO VITAL

    • Planificar un negocio
    • Comenzar un negocio
    • Crecer y consolidarse
    • Cambios y cierre

    TIPO

    • Ayudas, becas y subvenciones