ERTEFE 2022- Programa de contratación de personal técnico para la captación y gestión de fondos europeos

LABORA SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO Y FORMACIÓN

Código SIA: 2887185
|
Código GVA: 22572
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Plazo cerrado

Desde 17-06-2022

Hasta 08-07-2022

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Aprobar las bases reguladoras y la convocatoria para 2022 que regirán, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, la concesión de subvenciones por la contratación de personas inscritas en los Espais Labora de la Generetalitat, en el seno del "Programa de contratación de personal técnico para la...

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Plazos
SolicitudPlazo cerrado
17-06-2022 al 08-07-2022
Observaciones

Destinatarios: Las personas que, figurando inscritas como demandantes de empleo en los Espais LABORA de la Generalitat, cumplan los siguientes requisitos mínimos:

 

a) Estar en posesión de titulación universitaria.

b) Acreditar un nivel B1 de idiomas inglés o francés.

Beneficiarios: Mancomunidades que integren a municipios de menos de 2.000 habitantes, y ayuntamientos o sus organismos autónomos de municipios a partir de 2.000 habitantes.

Impacto previsto: 334

Presupuesto: 15.382.182,96 euros

Normativa
  • EXTRACTO de la Resolución de 9 de junio de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca para el ejercicio 2022, el Programa de contratación de personal técnico para la captación y gestión de...
  • RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se convoca para el ejercicio 2022 el Programa de contratación de personal técnico para la captación y gestión de fondos europeos, en el marco del Plan de recuperación,...
  • RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica la Resolución de 9 de junio de 2022, por la que se convoca para el ejercicio 2022 el Programa de contratación de personal técnico para la captación y gestión...
  • Extracto de la Resolución de 6 de octubre de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica la Resolución de 9 de junio de 2022, por la que se convoca para el ejercicio 2022 el Programa de contratación de personal técnico para la...
  • RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2022, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la adjudicación definitiva de puestos del procedimiento de selección del Programa de contratación de personal técnico para la captación y gestión de fondos...

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

Las siguientes entidades locales:

a) Mancomunidades que integren algún municipio de menos de 2.000 habitantes, (según datos del Instituto Nacional de Estadística a 1 de enero de 2021), recogidas junto con la relación de tales municipios, en el Anexo II de la resolución de convocatoria. Podrán contratar a dos personas destinatarias finales.

b) Ayuntamientos o sus organismos autónomos, de municipios a partir de 2.000 habitantes, recogidos en el Anexo III de la presente resolución (según datos del Instituto Nacional de Estadística a 1 de enero de 2021). Los ayuntamientos o sus organismos autónomos de municipios entre 2.000 y 5.000 habitantes contratarán a una persona destinataria final; los ayuntamientos o sus organismos autónomos de municipios a partir de 5.000 habitantes podrán contratar dos personas destinatarias finales.

 

Solo podrá presentarse una solicitud por entidad local, de manera que se inadmitirá la presentada por organismos autónomos si las entidades locales a las que están vinculadas o de las que dependen presentan igualmente solicitud. Si la entidad local no presentara solicitud, solo se admitirá la solicitud del organismo autónomo que se presente en primer lugar.

Requisitos

No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Las personas trabajadoras objeto de contratación se seleccionarán de acuerdo a los criterios y el procedimiento establecido en las instrucciones que dictará al respecto la persona titular de la Dirección General de LABORA, y cuya publicación deberá tener lugar antes del inicio de los procesos de cobertura de los puestos de trabajo.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Pasos:

 

1. Presentación de las solicitudes y la documentación requerida.

2. La concesión de estas subvenciones se tramitará en el siguiente régimen:

a) Para las Mancomunidades, recogidas en el Anexo II de la presente resolución, la concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva. Se dictarán las resoluciones de concesión por orden de presentación de solicitudes hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado al efecto. En caso de que distintos expedientes tuvieran la misma fecha, se priorizará por hora de presentación.

b) Para los ayuntamientos o sus organismos autónomos de municipios a partir de 2.000 habitantes, recogidos en el Anexo III de la presente resolución, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, siendo el criterio aplicable para la selección de las solicitudes, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado al efecto, el menor número de habitantes por municipio.

3. La instrucción corresponderá a las Direcciones Territoriales de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación competentes en materia de Empleo.

4. Examinadas las solicitudes, el órgano instructor emitirá informe donde hará constar que las entidades beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para la concesión de las ayudas.

5. El órgano colegiado a que hace referencia el artículo 10 de la Resolución por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca para el ejercicio 2022, el "Programa de contratación de personal técnico para la captación y gestión de fondos europeos", emitirá informe donde se concrete el resultado de la evaluación efectuada respecto los municipios a partir de 2.000 habitantes, que se tramitan en régimen de concurrencia competitiva

6. Tras el informe del órgano colegiado, el órgano instructor formulará las propuestas de concesión al órgano concedente.

7. La competencia para resolver sobre las solicitudes presentadas corresponde por delegación a la persona titular de la Dirección General de LABORA u órgano en que esta delegue.

Criterios de valoración

Para los ayuntamientos o sus organismos autónomos de municipios a partir de 2.000 habitantes, recogidos en el Anexo III de la presente resolución, . El órgano colegiado propondrá la distribución de la dotación presupuestaria de aplicando como criterio el menor número de habitantes por municipio.

Órganos de tramitación
La instrucción corresponderá a las Direcciones Territoriales de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación.

Solicitud

Plazo
Plazo cerrado

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV. núm. 9363, de 16 de junio de 2022).

 

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 17 de junio 2022 y finalizará el día 8 de julio de 2022, ambos inclusive.

Documentación
3. Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación: a) Anexo a la solicitud. b) Datos de domiciliación bancaria, según modelo normalizado. En el caso de que no hubiera variado respecto de la última solicitud presentada ante LABORA por la entidad solicitante, se deberá...
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Forma de presentación
Telemática
Enlace de esta guía "Tramitar con certificado" De forma telemática en la Sede electrónica de la Generalitat Valenciana, a través del procedimiento GUC habilitado al efecto y denominado ERTEFE 2022- "Programa de contratación de personal técnico para la captación y gestión de fondos europeos". En...
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    Normativa

    Resolución

    Plazo máximo
    El plazo para resolver y notificar la resolución será dos meses contados a partir de la fecha final de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se producirá el silencio administrativo y la solicitud se entenderá desestimada.
    Cuantía y cobro
    La concesión de la subvención se realizará a través de régimen de módulos. El módulo ascenderá a 2.558,58 € por persona contratada/mes, que necesariamente tendrá que ser dada de alta en el grupo 1 de cotización de la Seguridad Social. Módulo B, por un importe de 2.215,19 € por persona/mes de...
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    Obligaciones
    Además de las establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones son obligaciones de los beneficiarios: a) Facilitar cuantos datos e información relacionados con la subvención concedida les sean requeridos por LABORA. b) Comunicar a LABORA el detalle de otros ingresos o...
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    Observaciones

    Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido...

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    Órganos resolución
    La competencia para resolver sobre las solicitudes presentadas corresponde a la persona titular de la Dirección General de LABORA u órgano en que esta delegue.
    Sanciones
    Los incumplimientos que puedan calificarse como infracción administrativa darán lugar a la incoación del procedimiento sancionador, de acuerdo con los artículos 52 y siguientes de la Ley General de Subvenciones, y los artículos 173 y siguientes de la Ley 1/2015.