SUBVENCIÓN destinada al sostenimiento de las MANCOMUNIDADES de municipios de la Comunitat Valenciana, de ÁMBITO COMARCAL.

Presidencia de la Generalitat

Código SIA: 2892859
|
Código GVA: 22660
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Plazo cerrado

Desde 31-10-2022

Hasta 14-11-2022

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Convocar para el ejercicio 2022 las subvenciones destinadas al sostenimiento de los gastos de personal, así como también de los gastos corrientes en bienes y servicios, de las mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana que hayan obtenido la calificación de mancomunidad comarcal, o...

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Plazos
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Desde 31-10-2022 hasta 14-11-2022
SubsanaciónPlazo abierto
JustificaciónPlazo abierto

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana que es encuentren en alguno de los supuestos siguientes:

 

a) Haber obtenido la resolución de calificación de ámbito comarcal conforme al título III de la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana.

b) Haber iniciado el expediente de modificación estatutaria de la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana, para su conversión en mancomunidades de ámbito comarcal antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Requisitos

Los beneficiarios de las subvenciones deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Presentación de las solicitudes y de la documentación requerida.

Criterios de valoración

Para determinar la cuantía de las subvenciones, se tendrán en cuenta como criterios

 

a) Los recursos presupuestarios de la mancomunidad reflejados en los Capítulos I y II del presupuesto de la mancomunidad en vigor.

 

Hasta 1.000.000 €: 1 punto.

De 1.000.001 € a 3.000.000 €: 2 puntos.

De 3.000.001 € en adelante: 3 puntos.

 

b) La población oficial a fecha 1 de enero del ejercicio de la convocatoria publicada en el INE.

 

Hasta 15.000 habitantes: 1 punto.

De 15.001 a 100.000 habitantes: 2 puntos.

De 100.001 habitantes en adelante: 3 puntos.

 

Para la obtención de la cuantía individualizada de la subvención correspondiente a cada mancomunidad beneficiaria, se dividirá la cantidad presupuestada para la ayuda establecida en la correspondiente convocatoria, entre el total de los puntos obtenidos por las mancomunidades, atendiendo a los anteriores criterios, resultando un valor por cada punto. El importe de las subvenciones, individualmente consideradas, será el resultado de multiplicar el valor-punto por el total de puntos que obtengan las mancomunidades.

Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Desde 31-10-2022 hasta 14-11-2022

El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 9459, de 28/10/2022).

Documentación
La solicitud deberá formalizarse e ir acompañada de la documentación según los modelos que figuren como anexo en la convocatoria, y se presentarán telemáticamente conforme a lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las...
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Forma de presentación
Telemática
Únicamente se presentarán solicitudes de subvención telemáticamente conforme a lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    Subsanación

    Plazo
    Plazo abierto

    La aportación de documentos se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución, mientras no se le haya requerido y el expediente no esté archivado. Si ya se le ha requerido, la documentación se aportará en el plazo que la Administración establezca.

    Descripción

    Subsanación o aportación de documentación de subvenciones destinadas al sostenimiento de gastos de personal y de gastos corrientes en bienes y servicios de mancomunidades de ámbito comarcal de municipios de la Comunitat Valenciana.

    Documentación
    Cuando sea por iniciativa del interesado, aportará la documentación que estime pertinente. Si se trata de requerimiento administrativo, la que se le solicite en el mismo.

    Resolución

    Plazo máximo
    El plazo máximo para resolver y notificar la resolución procedente será de seis meses contados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, transcurrido el cual sin que se haya notificado resolución expresa podrán entenderse desestimadas las correspondientes solicitudes por...
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    Cuantía y cobro
    La cuantía del importe global máximo destinado a financiar dichas subvenciones asciende a 700.000,00 € (Setecientos mil euros) con cargo al capítulo IV, línea de subvención S8864000 del programa 05.05.02.125.10, Administración Local y Organización Territorial del Consell, del Presupuesto de la...
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    Obligaciones
    Los beneficiarios de estas subvenciones estarán sujetos a las obligaciones derivadas del contenido de las presentes bases, y de la resolución de concesión de subvenciones y, en general de la normativa vigente que le sea de aplicación. En todo caso son obligaciones de las entidades locales...
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    Observaciones

    Contra la resolución de concesión o contra la desestimación por silencio podrán interponerse los recursos que proceda conforme a la legislación vigente.

    Órganos resolución

    Justificación

    Plazo
    Plazo abierto
    Descripción

    Justificación de las subvenciones destinadas al sostenimiento de gastos de personal y de gastos corrientes en bienes y servicios de mancomunidades de ámbito comarcal de municipios de la Comunitat Valenciana.

    Documentación
    Cuando sea por iniciativa del interesado, aportará la documentación que estime pertinente. Si se trata de requerimiento administrativo, la que se le solicite en el mismo.