Detalle de procedimiento

Aportación de documentación de JUSTIFICACIÓN a un expediente abierto de ayudas o subvenciones de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. (* IMPORTANTE: de momento SOLO disponible PARA ayudas INPYME)

Código SIA : 2892826
Código GUC : 22676
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Este trámite permite la aportación por vía telemática de datos y documentos de JUSTIFICACIÓN a un expediente de ayudas o subvenciones abierto en la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. * IMPORTANTE: de momento este trámite SOLO puede utilizarse PARA la justificación de ayudas INPYME La aportación se puede realizar: - Por iniciativa de la persona interesada por determinarlo así la normativa aplicable al expediente de ayudas o subvenciones de que se trate (bases reguladoras, convocatoria, resolución de concesión, etc.). - Como consecuencia de un requerimiento (de subsanación o de otro tipo) de documentación justificativa de la citada Conselleria.

Observaciones

Observaciones

* IMPORTANTE: de momento este trámite SOLO puede utilizarse PARA la justificación de ayudas INPYME (ver información sobre ellas en el apartado "Enlaces"). Para consultas sobre dichas ayudas enviar correo a: dgie_convocatorias@gva.es

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las personas beneficiarias, o sus representantes, de ayudas o subvenciones con expediente/s abierto/s (y no archivado/s) en la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. * IMPORTANTE: de momento este trámite SOLO puede utilizarse PARA la justificación de ayudas INPYME

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

* IMPORTANTE: de momento este trámite SOLO puede utilizarse PARA la justificación de ayudas INPYME A) Si la normativa aplicable al expediente de ayudas o subvenciones de que se trate fija un plazo de presentación para la justificación de la ayuda concedida, la documentación deberá aportarse en dicho plazo. B) Si se ha recibido un requerimiento (de subsanación o de otro tipo), la documentación justificativa deberá aportarse en el plazo que la Conselleria haya establecido en dicho requerimiento. C) En otro caso, la aportación se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a la resolución del expediente, mientras no se le haya requerido y el expediente no esté archivado.

Formularios y documentación

1. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA A APORTAR: a) Si es por iniciativa de la persona interesada por determinarlo así la normativa aplicable al expediente de ayudas o subvenciones de que se trate (bases reguladoras, convocatoria, resolución de concesión, etc.), debe presentarse la documentación justificativa que determine esa normativa. b) Si es como consecuencia de un requerimiento (de subsanación o de otro tipo), deben aportarse los documentos justificativos que se soliciten en el mismo. 2. Respecto a la PRESENTACIÓN TELEMÁTICA de esa documentación: - Es recomendable que, en primer lugar, reúna todos los documentos justificativos a presentar y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador o dispositivo, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el Paso DOCUMENTAR de este trámite telemático. - Según proceda, en el requerimiento recibido o en la normativa aplicable al expediente de ayudas o subvenciones de que se trate (bases reguladoras, convocatoria, resolución de concesión, etc.) y en el trámite de la Guía Prop de solicitud de ayudas o subvenciones al que corresponda el expediente abierto al que se realiza la aportación, estará disponible el listado de documentos a presentar en su fase de justificación. - Si en el apartado "Impresos Asociados" de ese trámite de la Guía Prop de solicitud existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de los documentos justificativos, deben presentarse en ellos. Y si no existen modelos, los documentos deben ser creados o recabados por la persona beneficiaria de la ayuda o subvención para poderlos adjuntar a este trámite telemático. - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar a él y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos. 3. La documentación justificativa aportada se incorporará al expediente abierto de ayudas y subvenciones y será analizada por el personal de la Conselleria que lo gestione, quien procederá en consecuencia.

Presentación

Presentación

Telemática
1. La PRESENTACIÓN de documentación en la fase de JUSTIFICACIÓN a un expediente abierto de ayudas o subvenciones de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo SOLO puede realizarse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO cuyo enlace directo acaba de indicarse. 2. Para esa presentación telemática, la persona (física o jurídica) que realiza la aportación de documentación justificativa debe disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten: - El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana). - El sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas físicas (por tanto, quedan excluidas las personas jurídicas: empresas, ayuntamientos, entidades). - Y, en general, todos los aceptados por la Plataforma @firma Más información en: https://sede.gva.es/es/sistemes-d-identificacio-i-signatura-acceptat 3. Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora. 4. Haciendo clic en el enlace directo indicado en "¿Cómo se tramita telemáticamente?" o en el enlace "TRAMITAR CON CERTIFICADO" (en color rojo al inicio de este trámite), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar y firmar el formulario web de justificación de la ayuda o subvención, anexar la documentación justificativa que deba aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que posteriormente estará también disponible en su Carpeta Ciudadana (ver apartado "Enlaces"). 5. Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en: https://sede.gva.es/es/preguntes-frequents Si sigue necesitando ayuda, notifíquelo a: - Para consultas sobre el contenido del trámite: al e-mail indicado a este efecto en el trámite de la Guía Prop de solicitud de ayudas o subvenciones al que corresponda el expediente abierto al que se realiza la aportación, o alternativamente a prop@gva.es * IMPORTANTE: de momento este trámite SOLO puede utilizarse PARA la justificación de ayudas INPYME (ver apartado "Enlaces"). Para consultas sobre dichas ayudas enviar correo a: dgie_convocatorias@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Los competentes en el expediente abierto de ayudas o subvenciones al que aporta la documentación en la fase de justificación.

Órganos resolución

Órganos resolución

Los competentes en el expediente abierto de ayudas o subvenciones al que aporta la documentación en la fase de justificación.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

No