Detalle de procedimiento

Trámite para la aportación o subsanación de documentación en el procedimiento de subvención a entidades sin ánimo de lucro para programas de promoción de derechos de la infancia y la adolescencia.

Código SIA : 2929937
Código GUC : 22678
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: CERRADO
(31-01-2023
31-12-2023)
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Posibilitar la aportación de documentación a las entidades sin ánimo de lucro que tengan un expediente de solicitud de subvención abierto. La aportación se puede realizar: - Como consecuencia de un requerimiento. - Por iniciativa de la entidad interesada. - Para justificar la subvención

Observaciones

Observaciones

La entidad deberá acceder con el mismo certifiicado electrónico con el que se presentó la solictud y seleccionar el número de expediente que figure en el requerimiento de subsanación o que corresponda a su solictud.

Requisitos

Requisitos

Haber presentado solicitud de subvención para programas de promoción de derechos de la infancia y la adolescencia, en un procedimiento en curso.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades sin ánimo de lucro solicitantes de la subvención.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Orden 2/2021, de 11 de marzo, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a programas de promoción de los derechos de la infancia y la adolescencia y de prevención, protección e inserción de personas menores de edad en situación de riesgo o con medidas jurídicas de protección. (DOGV núm. 9041, de 15.03.2021).
  • Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas de promoción de derechos de la infancia y la adolescencia, para 2022, en ejecución de una propuesta de los presupuestos participativos de la Generalitat para este ejercicio. (DOGV Num. 9422 de 07.09.2022)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

- En caso de aportación por requerimiento, el plazo de presentación de la documentación será el indicado en la notificación. - Para la justificación de la subvención, el plazo de presentación de la documentación justificativa es hasta el 31 de enero de 2023. - En cualquier otro caso, la aportación se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a la propuesta de resolución del expediente, siempre y cuando no se haya archivado el expediente.

Formularios y documentación

Se deberá aportar la documentación indicada en el requerimiento de subsanación notificado o cualquier otra que se estime oportuna. Para la justificación de la subvención se deberá presentar: a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión, indicando las actividades realizadas y los resultados obtenidos. b) Una relación clasificada de los gastos, con identificación del acreedor del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, según el modelo RELACIÓN DE GASTOS DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA que figura entre los impresos asociados a este trámite. c) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia, que se incluirá también en el documento anterior. Si tales ingresos fueran otras subvenciones, deberá hacerse constar, tal como prevé el artículo 32.4 de la orden de bases, las facturas o documentos probatorios que han sido presentados para justificarlas de estas, y acreditar este extremo mediante la declaración responsable que figura en el formulario. d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos

Presentación

Presentación

Presencial
En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, la documentación se presentará exclusivamente por medios electrónicos, en la sede electrónica de la Generalitat.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

- Servicio de Infancia y Adolescencia de las Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de Castellón. - Servicio de Infancia y Adolescencia de las Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de Valencia. - Servicio de Infancia y Adolescencia de las Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de Alicante.

Órganos resolución

Órganos resolución

- La Dirección General de Infancia y Adolescencia: resolverá la concesión o denegación de las subvenciones. - La Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de Castellón, Valencia o Alicante: resolverá tener por desistidas a las entidades que no subsanen su solicitud.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

Documentación

Documentación