Adscripción, sustitución o baja de vehículos en la autorización de transporte regular de viajeros de uso especial (APE)

Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio

Código SIA: 2895016
|
Código GVA: 22780
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Solicitar la modificación del material móvil en la autorización de transporte regular de viajeros de uso especial (APE)

Plazos
SolicitudPlazo abierto
SubsanaciónPlazo abierto
Observaciones

TRANSPORTE ESCOLAR (CONCEPTO GENERAL)

Se considera transporte escolar el traslado de estudiantes desde el lugar de su residencia al respectivo centro de enseñanza, tanto urbano como interurbano, con reiteración de itinerario y mediante vehículos automóviles.

 

- Los servicios de transporte escolar pueden ser:

 

. Transporte público o privado complementario para escolares menores de 16 años.

 

. Transporte público o privado complementario para alumnos de 16 años y mayores.

 

. Transporte público o privado complementario ocasional (excursiones) para estudiantes de 16 años y mayores.

 

VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN

Las autorizaciones para la realización de transportes regulares de uso especial de escolares se otorgarán por el plazo al que se refiera el correspondiente contrato con los usuarios, sin perjuicio de que el órgano en cada caso competente pueda exigir su visado con una determinada periodicidad a fin de constatar el mantenimiento de las condiciones que justificaron su otorgamiento.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Transportistas, personas físicas o jurídicas, que pretenden alguna modificación de la autorización de transporte regular de viajeros de uso especial.

Requisitos

Ser persona física o jurídica señalada en la solicitud como interesada o, en su caso, representante acreditado de la misma en los términos del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este último caso se debe comunicar al órgano competente.

En el caso de haber representaciones, por razones de seguridad y operatividad es necesario que dichas representaciones estén dadas de altaen el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica ACCV (ver URL en el apartado de enlaces)

Vehículos:

- Deben tener una antigüedad inferior a 10 años al inicio del curso escolar, computados desde su primera matriculación, o bien, tener una antigüedad superior a 10 años e inferior a 16, siempre que el vehículo haya estado dedicado al transporte escolar y cumplir con las especificaciones técnicas del Real Decreto 443/2001 sobre condiciones de seguridad del transporte escolar.

 

- Respecto del transporte de estudiantes de 16 años y mayores y ocasional de menores, no existe límite en cuanto a la antigüedad de los vehículos.

 

Se deberá disponer de dirección y firma electrónica al objeto de poder tramitar la solicitud.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

El organo gestor estudiará la solicitud y la documentación recibida y se dictará resolución

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el período de vigencia de la autorización en los expedientes que están autorizados

Documentación

PARA TRANSPORTE ESCOLAR:

- Para altas y aquellas modificaciones de vehículos que lo requieran: Póliza de seguros y último recibo pagado de las pólizas, o bien certificados de la empresa aseguradora con relación de vehiculos

- Ficha de inspección técnica vigente del vehículo, donde conste que cumple los requisitos técnicos del RD 443/2001.

- Contrato de arrendamiento del vehiculo, si fuera arrendado.

- Certificado de la ITV y permiso de circulación, si No se accede a que la Generalitat Valenciana obtenga datos relativos a los vehículos

- Otros documentos que considere justificativos de la petición (opcional).

 

PARA OTROS COLECTIVOS:

- Para altas y aquellas modificaciones de vehículos que lo requieran: Póliza de seguros y último recibo pagado de las pólizas, o bien certificados de la empresa aseguradora con relación de vehículos

- Contrato de arrendamiento del vehiculo, si fuera arrendado.

- Certificado de la ITV y permiso de circulación, si No se eccede a que la Generalitat Valenciana obtenga datos relativos a los vehiculos

- Otros documentos que considere justificativos de la petición (opcional).

Teléfono de información 012

www.gva.es

 

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas, en ausencia de oposición expresa por parte del interesado, el órgano gestor

del procedimiento estará autorizado para obtener directamente los datos de los documentos elaborados por cualquier

administración y que para este procedimiento son los señalados a continuación

Forma de presentación
Telemática

Telemáticamente a través del enlace correspondiente Si tiene dudas respecto al propio procedimiento ver el enlace de dudas en el apartado de enlaces

Subsanación

Plazo
Plazo abierto
Forma de presentación

Resolución

Observaciones

Recurso: alzada.

Plazo: un mes.

Órgano ante el que se interpone y resuelve: Secretaria Autonómica de Infraestructuras y Transporte.

Presentación del recurso: hay que presentarlo en el correspondiente servicio territorial de transporte.

Órganos resolución
Por delegación de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad:
Sanciones

Ley 16/1987, de 30 de julio (BOE de 31.07.1987).

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
    • Infraestructuras y transportes
      • Transporte privado
      • Transportes públicos
  • Empresas
    • Infraestructuras y transportes
      • Transporte de viajeros

TEMA

  • Territorio y paisaje. Urbanismo
  • Movilidad y transporte
    • Vehículos y automóviles
    • Transportes
    • Transporte terrestre. Transportistas

PERFILES

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SECTOR

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TEMÁTICA

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TIPO

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