TECE - Modificación del plazo en la autorización de transporte regular de viajeros de uso especial (APE)

Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio

Código SIA: 2929188
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Código GVA: 22783
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Plazo de solicitud abierto

Desde 28-10-2022 00:00:00h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Solicitar la modificación del plazo en la autorización de transporte regular de viajeros de uso especial (APE)

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 28-10-2022 00:00:00h
SubsanaciónPlazo abierto
Observaciones

TRANSPORTE ESCOLAR (CONCEPTO GENERAL)

Se considera transporte escolar el traslado de estudiantes desde el lugar de su residencia al respectivo centro de enseñanza, tanto urbano como interurbano, con reiteración de itinerario y mediante vehículos automóviles.

 

- Los servicios de transporte escolar pueden ser:

 

. Transporte público o privado complementario para escolares menores de 16 años.

 

. Transporte público o privado complementario para alumnos de 16 años y mayores.

 

. Transporte público o privado complementario ocasional (excursiones) para estudiantes de 16 años y mayores.

 

VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN

Las autorizaciones para la realización de transportes regulares de uso especial de escolares se otorgarán por el plazo al que se refiera el correspondiente contrato con los usuarios, sin perjuicio de que el órgano en cada caso competente pueda exigir su visado con una determinada periodicidad a fin de constatar el mantenimiento de las condiciones que justificaron su otorgamiento.

Normativa
  • Decreto 77/1984, de 30 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana, sobre regulación del transporte escolar (DOGV 186, de 23.08.1984).
  • Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE 182, de 31.07.1987).
  • Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las comunidades autónomas en materia de transporte por carretera y por cable (BOE nº 182, de 31/07/87)
  • Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE 241, de 08.10.1990).
  • Ley 9/2009, de 20 noviembre, de la Generalitat de accesibilidad universal del sistema de transportes de la Comunidad Valenciana (DOCV Nº 6152 de 25/11/2009).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 236, de 02.10.2015).
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE 236, de 02.10.2015).
  • Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores (BOE nº 105, 2.05.2001).

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Transportistas, personas físicas o jurídicas, que pretenden alguna modificación de la autorización de transporte regular de viajeros de uso especial.

Requisitos

Ser persona física o jurídica señalada en la solicitud como interesada o, en su caso, representante acreditado de la misma en los términos del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este último caso se debe comunicar al órgano competente.

En el caso de haber representaciones, por razones de seguridad y operatividad, es necesario que dichas representaciones estén dadas de alta en al Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica ACCV (ver URL en el apartado enlaces).

Se deberá disponer de dirección y firma electrónica al objeto de poder tramitar la solicitud

Además para modificación de plazo

- La modificación no podrá nunca exceder de la duración máxima del contrato

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

El órgano gestor estudiará la solicitud y la documentación recibida y se dictará resolución.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 28-10-2022 00:00:00h

Durante todo el período de vigencia de la autorización

Documentación

Para modificación del plazo:

- Contrato de Transporte y si procede sus prórrogas

- Otros documentos que considere justificativos de la petición (opcional).

Forma de presentación
Telemática

Telemáticamente a través del enlace correspondiente Si tiene dudas respecto al propio procedimiento ver el enlace de dudas en el apartado de enlaces

Subsanación

Plazo
Plazo abierto
Forma de presentación

Resolución

Observaciones

Recurso: alzada.

Plazo: un mes.

Órgano ante el que se interpone y resuelve: Secretaria Autonómica Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible.

Presentación del recurso: hay que presentarlo en el correspondiente servicio territorial de transporte.

Sanciones

Ley 16/1987, de 30 de julio (BOE de 31.07.1987).

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
    • Infraestructuras y transportes
      • Transporte privado
      • Transportes públicos
  • Empresas
    • Infraestructuras y transportes
      • Transporte de viajeros

TEMA

  • Movilidad y transporte
    • Transportes
    • Transporte terrestre. Transportistas
  • Territorio y paisaje. Urbanismo
  • Administración pública
    • Administración electrónica

PERFILES

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  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones