Detalle de procedimiento

Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y cuerpo de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas (acceso). Inscripción en el procedimiento selectivo.

Código SIA : 2895760
Código GUC : 22824
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Plazo de solicitud: CERRADO
(27-10-2022
28-10-2022)
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Trámite para la inscripción en el procedimiento selectivo de acceso a los cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas

Observaciones

Observaciones

La solicitud se considerará presentada y registrada ante la administración en el momento que sea completado todo el proceso telemático y las personas aspirantes deberán guardar el justificante generado de registro y pago, en su caso, como confirmación de la presentación telemática. Aquellas solicitudes cumplimentadas o registradas por otros medios diferentes a la vía telemática indicada en la base 3.1 de la convocatoria, se entenderán como no presentadas. No podrá presentarse más de una solicitud, salvo que se opte a más de una especialidad. En este caso, se deberán presentar tantas solicitudes como número de especialidades a las que se opta. En caso que se presente más de una solicitud por especialidad, será válida la última. Podrán presentarse tantos trámites complementarios al de inscripción, para aportar documentación acreditativa de méritos, como sea necesario. Se tendrán en cuenta TODOS los trámites presentados y no el último como en el caso de la inscripción en el procedimiento. Este trámite se vinculará al de inscripción, por lo que será necesario tener un trámite de inscripción registrado para poder aportar nueva documentación a través de este trámite. No obstante, si tuviera que realizar una nueva inscripción en la misma especialidad, la nueva inscripción anulará la anterior y por tanto también se anularán todos los trámites de aportación de documentación que se hayan realizado asociados a la primera inscripción. Si se está inscrito en varias especialidades y se desea aportar la misma documentación nueva sobre solicitudes de distinta especialidad, será necesario realizar tantas veces el mismo trámite para aportar documentación como especialidades en las que se esté inscrito, seleccionando en cada vez el número de registro y la especialidad sobre la que aportar la documentación. La falta de pago de la tasas o el adeudo fuera de plazo determinará la exclusión de la persona aspirante. CIRCUNSTANCIAS O SITUACIONES EN LAS QUE HAY QUE CUMPLIMENTAR EL TRÁMITE TELEMÁTICO ADICIONAL PARA PRESENTAR DOCUMENTACIÓN SENSIBLE Las personas aspirantes que deban aportar documentación sensible (violencia de género, certificación de diversidad funcional y reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género), deberán cumplimentar, además, un trámite telemático adicional, para justificar dichas circunstancias. a) Las personas en circunstancias de violencia de género que deseen acogerse a la tasa reducida y/o deseen ser tratadas durante el procedimiento selectivo con una identidad ficticia para proteger su intimidad, deberán cumplimentar el trámite adicional para la presentación de documentación sensible aportando alguno de los medio de prueba previstos en el artículo 9.1 o 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de diciembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana. b) Las personas que deseen ser tratados durante el procedimiento selectivo con la identidad que figura en su tarjeta de reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 102/2018, de 27 de julio, del Consell, de desarrollo de la Ley 8/2017, integral de reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana, deberán aportar dicha tarjeta a través del trámite telemático adicional a los efectos previstos en dicho decreto. c) Las personas con un grado de diversidad funcional igual o superior al 33%, que quieran acogerse a la tasa reducida, deberán cumplimentar el trámite telemático adicional al de inscripción para aportar la documentación que acredite dicha circunstancia expedida por los órganos competentes en materia de diversidad funcional de la Generalitat Valenciana (Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas), del Estado o de otras comunidades autónomas. No será necesario cumplimentar este trámite adicional si la documentación ha sido expedida en la Comunitat Valenciana y la persona interesada no se ha opuesto a la consulta telemática.

Requisitos

Requisitos

a) No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionariado. En el caso de ser nacional de otro estado, no encontrarse en situación de inhabilitación o equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. b) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto, título de grado correspondiente, o titulación equivalente a efectos de docencia. c) Acreditar el conocimiento de los dos idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana de la manera que indica la base 6 de la convocatoria. d) Tener destino en un puesto de trabajo dependiente de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana. En el caso de funcionarios en situación administrativa de excedencia, servicios especiales, en puestos de trabajo de la Inspección de Educación y los adscritos en plazas en el exterior o circunstancias análogas, el cumplimiento de este requisito se entenderá referido en el centro donde tuvo su último destino. No reúnen este requisito de participación las personas funcionarias dependientes de otras administraciones educativas que prestan servicios temporalmente en régimen de comisión de servicios en puestos de trabajo dependientes de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana. f) No haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa. g) Pertenecer al cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria para acceder al cuerpo de catedráticos de Enseñanza Secundaria; y pertenecer al cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas para acceder al cuerpo de catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas. h) Acreditar una antigüedad mínima de ocho años como funcionario o funcionaria de carrera en el cuerpo desde el cual se aspira y ser titular de la especialidad o especialidades a que se concursa. Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo de catedráticos correspondiente, a excepción de lo previsto en la base 6.2 de la convocatoria.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa de méritos será desde el día 12 de septiembre de 2022 al día 26 de septiembre de 2022 (ambos incluidos). La no presentación de la misma en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

Formularios y documentación

Para inscribirse en el procedimiento selectivo es necesario realizar y finalizar (registrar) el trámite telemático de inscripción. Se recomienda leer previamente la guía de usuario donde se explica paso a paso todos los apartados de los que consta el trámite telemático de inscripción. Es importante tener en cuenta lo siguiente: a) Hacer constar el cuerpo, el código y el nombre de la especialidad por el que se participa. b) Indicar la certificación alegada para el cumplimiento del requisito lingüístico de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con la base 6 de la convocatoria. Acreditan el conocimiento de valenciano quienes estén en posesión de alguno de los certificados de nivel C1 o C2 previstos en el anexo II de la orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. El título alegado en la inscripción como requisito no podrá puntuarse como mérito. Las personas que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, no estén en posesión del certificado de nivel C1 de conocimientos de valenciano, deberán participar en la prueba extraordinaria que se convocará. Las personas aspirantes que estén en posesión de un certificado de nivel C2 de valenciano, del certificado de capacitación de enseñanza en valenciano o del diploma de maestro de valenciano, pero que no tengan la certificación de nivel C1 de conocimientos en valenciano, podrán solicitar en la inscripción telemática realizar la prueba de nivel C1, y si suspenden este examen podrán presentarse a la convocatoria con el certificado de nivel C2 de valenciano, el certificado de capacitación de enseñanza en valenciano o el diploma de maestro de valenciano. Las personas que no reúnan este requisito en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y que posteriormente no obtengan el certificado de nivel C1 de valenciano en la prueba prevista en la presente base no serán admitidas a participar en este procedimiento. Todos los certificados de conocimiento del valenciano, tanto si son para acreditar el requisito como para alegar como mérito, deberán estar registrados obligatoriamente en el Servicio de Acreditación y Asesoramiento de la Dirección General de Política Lingüística i Gestión del Multilingüismo. El registro puede realizarse telemáticamente a través del siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=21382 c) Aquellas personas aspirantes que deseen ser evaluadas en su actividad docente deberán solicitarlo en la inscripción. d) La documentación acreditativa de méritos deberá adjuntarse en la solicitud de inscripción al procedimiento, si bien por algún motivo se deseara añadir más documentación al expediente y siempre dentro del "plazo de presentación de solicitudes y documentación" se podrá cumplimentar y registrar un trámite independiente al de inscripción. Este trámite para aportar documentación acreditativa de los méritos se podrá cumplimentar tantas veces como sea necesario para aportar toda la documentación deseada. La hoja de servicios se valorará de oficio. e) En la inscripción podrá expresar su oposición a que esta conselleria pueda consultar por medios telemáticos los datos de identidad, de titulaciones y de condena por sentencia firme por algún delito contra la libertad e identidad sexual. Aquellas personas que necesiten adjuntar documentación catalogada como sensible según la LOPD, para acreditar las condiciones declaradas en la inscripción, necesitarán realizar un trámite adicional al de inscripción. Los casos en los que hay que rellenar este trámite complementario a la inscripción, se detallan en el apartado INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA. Este trámite por sí solo, NO SUPONE la inscripción en el procedimiento selectivo.

Tasa o pago

Tasa o pago

El ingreso del importe se deberá realizar mediante tarjeta bancaria o cargo en cuenta dentro del plazo de presentación de solicitudes. La falta del pago o el pago fuera de plazo determinará la exclusión de la persona aspirante. De conformidad con lo dispuesto en los artículos, 14 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas, y el Decreto Ley 2/2022, de 22 de abril, del Consell, los derechos de los derechos de examen y formación de expediente son los siguientes: · Ingreso al cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas: Grupo A1: 31,02 € Situaciones específicas: · Personas que formen parte de familias numerosas y monoparentales de categoría general. Grupo A1: 11,63 € · Personas que formen parte de familias numerosas y monoparentales de categoría especial. Grupo A1: 0 € · Personas con grado de diversidad funcional igual o superior al 33%. Grupo A1: 1,13€ · Personas víctimas de actos de violencia sobre la mujer. Grupo A1: 3,02 € Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de ésta, deberán acreditar dicha circunstancia con la documentación pertinente o no oponerse a la consulta telemática de los datos por parte de la Administración. En el caso de acogerse a la tasa de familia numerosa o monoparental, si la documentación ha sido expedida en la Comunidad Valenciana, la Administración podrá realizar la consulta telemática si la persona aspirante no se opone. De esta manera no será necesario que se aporte documentación. Si la documentación ha sido expedida fuera de la Comunidad Valenciana o la persona aspirante se opone a la consulta telemática, será necesario que aporte la documentación en el mismo trámite de inscripción. En el caso de acogerse a la reducción en la tasa por circunstancias de diversidad funcional y la documentación que acredite dicha circunstancia haya sido expedida en la Comunidad Valenciana, la Administración podrá realizar la consulta telemática de la documentación si la persona aspirante no se opone. En el caso de que haya oposición a la consulta, o la documentación haya sido expedida fuera de la Comunidad Valenciana, será necesario cumplimentar el trámite adicional para la presentación de documentación sensible aportando la documentación justificativa. En el caso de acogerse a la reducción en la tasa por circunstancias de víctimas de violencia de género , será necesario cumplimentar el trámite adicional para la presentación de documentación sensible aportando alguno de los medio de prueba previstos en el artículo 9.1 o 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de diciembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana. El simple pago electrónico de la tasa dentro del plazo no equivale a la inscripción en el proceso selectivo, ya que deberán efectuarse todos los pasos hasta finalizar el registro electrónico. DEVOLUCIÓN DE TASAS (consultar base 3.4 de la convocatoria) Siempre que se den los requisitos establecidos el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas, se podrá solicitar la devolución de la tasa por medios telemáticos indicados en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/dii-rectautoliq-756 De conformidad con lo que establece el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, no se procederá a la devolución de las tasas por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las personas aspirantes de los procedimientos selectivos por causas imputables exclusivamente a ellas.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Las personas que deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán cumplimentar telemáticamente la solicitud que estará disponible en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana (https://sede.gva.es) o a través del apartado de Inscripción del cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas del siguiente enlace: https://ceice.gva.es/es/web/rrhh-educacion/oposiciones

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa