Solicitud de pruebas de madurez para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y de grado superior y a las formaciones deportivas en periodo transitorio, para personas sin requisitos académicos, en el curso académico 2024/2025 - GVA.ES
Solicitud de pruebas de madurez para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y de grado superior y a las formaciones deportivas en periodo transitorio, para personas sin requisitos académicos, en el curso académico 2024/2025
Qué es
-La prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas de grado medio de Técnico o Técnica Deportivos o a las formaciones deportivas de nivel I, tiene como objeto demostrar los conocimientos y las habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento las enseñanzas de este grado. Los contenidos de la prueba versarán sobre los saberes básicos de la Educación Secundaria Obligatoria.
- La prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas de Técnico o Técnica Deportivos Superiores o formaciones deportivas de nivel III, tiene como objeto demostrar la madurez en relación con los objetivos formativos del Bachillerato. Esta prueba versará sobre los saberes básicos del Bachillerato.
- Los contenidos de las materias comunes sobre el cual versarán las diferentes partes de las pruebas de madurez para el acceso a los ciclos de grado medio y de grado superior y las formaciones deportivas de periodo transitorio son los que determina la Resolución de 2 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la cual se modifica el currículum de las materias que forman parte de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional y de los cursos preparatorios de estas en la Comunitat Valenciana.
- Los contenidos de la materia de Educación Física de la prueba de grado medio y de grado superior será el establecido en los anexos X y XI de la Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Centros Docentes (DOGV.9997/02.12.2024).
INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN
La convocatoria de las pruebas podrá ser consultado en el sitio web oficial de información a la ciudadanía de la Generalitat Valenciana. (http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=2287).
FECHA, LUGAR Y HORARIO DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS:
Las pruebas se realizarán el viernes 17 de enero de 2025 en los centros públicos autorizados de la Comunitat Valenciana indicados para cada prueba:
Prueba de madurez para el acceso al Grado Medio/Nivel I:
LUGAR: IES CONSELLERIA. Monestir de Poblet s/n 46015, Valencia.
DESARROLLO DE LAS PRUEBAS:
- Horario:
- 15:00 horas: constitución de la comisión de evaluación. La presidencia adoptará las medidas necesarias que garanticen la organización y el buen desarrollo de las pruebas.
- 16:00 horas: primer ejercicio. Duración: un tiempo máximo de 2 horas.
- 18:30 horas: segundo ejercicio. Duración: un tiempo máximo de 2 horas.
Prueba de madurez para el acceso al Grado Superior/Nivel III:
LUGAR: IES MARíA ENRÍQUEZ. Literato Azorín, 1 46702 Gandía.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes para la prueba de madurez para el acceso al Grado Superior o formaciones deportivas de nivel III y en el caso de superar las limitaciones de aforo del IES María Enríquez, el alumnado será derivado al IES Didín Puig.
IES DIDÍN PUIG. Paseo Enric Valor, 1 46610 Guadassuar.
El centro receptor enviará las solicitudes y documentación al centro designado. La asignación definitiva de la sede de realización de la prueba será comunicada a las personas aspirantes y publicada en las listas provisionales.
DESARROLLO DE LAS PRUEBAS:
Horario:
- 8:00 horas: constitución de la comisión de evaluación. La presidencia adoptará las medidas necesarias que garanticen la organización y el buen desarrollo de las pruebas.
- 9:00 horas: primer ejercicio (apartado A). Duración: 1 h 30 min.
- 11:00 horas: primer ejercicio (apartado B). Duración: 1 h 30 min.
- 13:00 horas: segundo ejercicio. Duración: 2 h 30 min.
A propuesta de la presidencia, y siempre que todas las personas aspirantes hayan acabado alguna prueba antes del tiempo máximo, se podrá modificar la duración anteriormente indicada.
- Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las Enseñanzas Deportivas de régimen especial (BOE nº 268, de 08/11/07).
- Decreto 132/2012, de 31 de agosto, del Consell, por el que se regulan las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6853, de 03/09/12).
- Orden de 10 de mayo de 2004, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se regulan las pruebas de madurez para el acceso a las Enseñanzas Deportivas en la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4771, de 09/06/04).
- Orden de 17 de noviembre de 2006, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, que modifica la Orden de 10 de mayo de 2004, por la que se regulan las pruebas de madurez para acceder a las enseñanzas deportivas en la Comunitat Valenciana (DOGV nº 5411, de 20/12/06).
- Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
- RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Centros Docentes por la cual se convocan las pruebas de madurez para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y de grado superior y a las formaciones deportivas en periodo transitorio, para personas...
A quién va dirigido
Personas que no disponen los requisitos académicos para acceder a las enseñanzas deportivas de grado medio y grado superior y a las formaciones deportivas en periodo transitorio.
GRADO MEDIO DE TÉCNICO o TÉCNICA DEPORTIVOS Y FORMACIONES DEPORTIVAS EN PERIODO TRANSITORIO DE NIVEL I:
a) No estar en posesión del título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos ni de titulaciones equivalentes a efectos de acceso según se indica en la disposición adicional quinta del Decreto 132/2012, de 31 de agosto, del Consell.
b) Tener, como mínimo, 17 años cumplidos dentro del año natural de realización de la prueba.
IMPORTANTE: La prueba de acceso a la Formación Profesional de grado medio podrá sustituir a la prueba de madurez al mismo grado de las enseñanzas deportivaS.
GRADO SUPERIOR DE TÉCNICO O TÉCNICA DEPORTIVOS SUPERIORES Y FORMACIONES DEPORTIVAS EN PERIODO TRANSITORIO DE NIVEL III:
a) Estar en posesión del título de Técnico o Técnica Deportivos o nivel II, en la modalidad o especialidad deportiva que se determine por vía reglamentaria.
b) No estar en posesión del título de Bachillerato o equivalente a efectos académicos, ni de titulaciones equivalentes a efectos de acceso, según lo indicado en la disposición adicional quinta del Decreto 132/2012, de 31 de agosto, del Consell.
c) Tener una edad mínima de 19 años, cumplidos dentro del año natural de realización de la prueba.
IMPORTANTE: La parte común de la prueba de acceso a la Formación Profesional de grado superior podrá sustituir a la prueba de madurez al mismo grado de las enseñanzas deportivas.
Cómo se tramita
La presentación de las solicitudes podrá efectuarse de manera presencial en el centro asignado a cada prueba, por correo postal certificado, o bien por cualquiera de los medios establecidos en la legislación básica de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
INSCRIPCIÓN:
1. Al final del periodo establecido para la formalización de la inscripción se publicará, en el tablón de anuncios y en los canales oficiales de los centros donde se realizarán las pruebas, una lista diferenciada de las personas solicitantes admitidas para cada prueba y, en su caso, excluidas. En la lista de excluidas se indicará expresamente el motivo de exclusión y el plazo para enmendar el defecto.
a) Publicación de la lista provisional de personas admitidas/excluidas: 9 de enero de 2025.
b) Plazo de reclamación de la lista provisional: Del 10 al 14 de enero de 2025.
c) Publicación lista definitiva de personas admitidas/excluidas: 15 de enero de 2025.
2. Finalizado el plazo de enmienda, se remitirá una copia de las listas de admitidos y excluidos al correspondiente inspector o inspectora de educación designado para supervisar las mencionadas pruebas.
3. En el anexo I de esta convocatoria se indica el calendario de la convocatoria y el plazo para las inscripciones en las pruebas de acceso para el curso 2024/2025.
PRUEBAS:
- Se constituirá una comisión de evaluación en el centro designado para realizar las pruebas de madurez.
- La Comisión de Evaluación tendrá las siguientes funciones:
a) Organización y realización de las pruebas de madurez para el acceso a las formaciones deportivas de grado medio y superior y a las formaciones en periodo transitorio.
b) Corrección y calificación de estas pruebas.
c) Cumplimentación de las actas de evaluación según los modelos de los anexos IV y V de la resolución del 26 de noviembre de 2024 y publicación de los resultados en los canales oficiales.
d) Cumplimentación de las actas de la nota de acceso a enseñanzas de grado superior de Técnico o Técnica Deportivos Superiores o a las formaciones deportivas en periodo transitorio de nivel III, según los modelos de los anexos VI y VII de esta resolución y publicación de los resultados en los canales oficiales.
e) Resolución de las reclamaciones de calificaciones estimadas incorrectas.
f) Expedición de los certificados acreditativos de superación de la correspondiente prueba de madurez para el acceso a las formaciones deportivas de grado medio y superior y a las formaciones en periodo transitorio según los modelos de los anexos VIII y IX de la resolución.
g) Elaboración del informe de las reclamaciones, si se da el caso.
h) Remisión a la Dirección Territorial de Educación de las actas de evaluación y, en su caso, los informes de reclamaciones.
La calificación de las pruebas se hará de conformidad con el artículo 23 del Decreto 132/2012, del Consell:
1. Para las pruebas de madurez para el acceso a los ciclos de enseñanzas deportivas de grado medio o a las formaciones deportivas en periodo transitorio de nivel I se seguirán las siguientes indicaciones:
a) Primer ejercicio: contenidos de los ámbitos de conocimiento social y lingüístico.
b) Segundo ejercicio: saberes básicos de las materias de Educación Física y contenidos de Matemáticas y del Ámbito Científico.
c) La nota final de la prueba para el acceso al grado medio o nivel I, expresada en la escala numérica de 1 a 10, con dos decimales, será la media aritmética de las notas conseguidas en los dos ejercicios, siempre que estos sean superiores o iguales a cuatro.
2. Para las pruebas de madurez para el acceso a los ciclos de enseñanzas deportivas de grado superior o a las formaciones deportivas en periodo transitorio de nivel III, se seguirán las siguientes indicaciones:
a) Primer ejercicio Apartado A: sobre contenidos de las asignaturas comunes del Bachillerato de Castellano: Lengua y Literatura e historia.
b) Primer ejercicio Apartado B: contenidos de Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I y II de Bachillerato.
c) Segundo ejercicio: Educación Física. Sobre los saberes básicos de la asignatura de Educación Física del Bachillerato.
d) Las calificaciones de cada uno de los dos apartados del primer ejercicio se expresarán por medio de la escala numérica de 0 a 5 puntos. La calificación del primer ejercicio será la correspondiente a la suma de las calificaciones de estos dos apartados (A y B). La calificación del segundo ejercicio se expresará por medio de la escala numérica de 0 a 10 puntos. La nota final de la prueba de madurez, que se expresará con la escala numérica de 0 a 10 puntos y con dos decimales, será la correspondiente a la media aritmética de las calificaciones de los dos ejercicios.
Se considerará aprobada la prueba de madurez cuando se consigan al menos 5 puntos.
e) La nota final para el acceso al grado superior, expresada en la escala numérica de 1 a 10, con dos decimales, constará de:
- Para los aspirantes que hayan cursado enseñanzas de grado medio de Técnico o Técnica Deportivos: la media aritmética de la nota de la prueba de madurez, siempre que esta sea igual o superior a 4, y la nota final de las enseñanzas de Técnico o Técnica Deportivos.
- Para los aspirantes que hayan cursado formaciones deportivas en periodo transitorio: la nota de la prueba de madurez.
f) Cuando se haya realizado el curso preparatorio de la prueba de madurez reconocido oficialmente por la administración competente, a la nota de la prueba se le sumará la puntuación que resulte de multiplicar por 0,15 la calificación obtenida en el curso preparatorio, siempre que esta sea cinco o superior. En ningún caso la nota resultante será mayor a 10. La acreditación de la nota de este curso será aportada por la persona candidata mediante certificación oficial del centro donde se cursó.
g) En todos los casos serán positivas las calificaciones finales iguales o superiores a 5 y negativas las inferiores a 5.
46015 - València/Valencia
Formularios
- (ANEXO II) INSCRIPCIÓN A LA PRUEBA DE MADUREZ PARA EL ACCESO A LAS ENSEÑANZAS DE TÉCNICO O TÈCNICA DEPORTIVO Y FORMACIONES DEPORTIVAS EN PERIODO TRANSITORIO NIVEL I
- (ANEXO III) INSCRIPCIÓN A LA PRUEBA DE MADUREZ PARA EL ACCESO A LAS ENSEÑANZAS DE TÉCNICO O TÈCNICA DEPORTIVOS SUPERIOR Y FORMACIONES DEPORTIVAS EN PERIODO TRANSITORIO NIVEL III.
Solicitud
El período de inscripción a las pruebas que se convocan mediante esta resolución, estará comprendido entre los días 4 de diciembre de 2024 al 8 de enero de 2025, ambos incluidos.
Para efectuar la inscripción, las personas interesadas deberán presentar de manera presencial en el centro donde se realizará la prueba del nivel asignado, la siguiente documentación:
Para la inscripción a la prueba de madurez para el acceso al Técnico o Técnica Deportivos o formaciones deportivas en periodo transitorio de nivel I:
a) Solicitud, de acuerdo con el correspondiente modelo que se indica en el anexo II de la Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Centros Docentes (DOGV.9997/02.12.2024).
b) Fotocopia del NIF o NIE o, en su defecto, pasaporte, permiso de residencia o visado de estudios.
c) Justificante de pago de las tasas correspondientes.
Para la inscripción a la prueba de madurez para el acceso al Técnico o Técnica Deportivos Superiores o formaciones deportivas en periodo transitorio de nivel III:
a) Solicitud, de acuerdo con el correspondiente modelo que se indica en el anexo III de la Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Centros Docentes (DOGV.9997/02.12.2024).
b) Fotocopia del NIF o NIE o, en su defecto, pasaporte, permiso de residencia o visado de estudios.
c) Justificante de pago de las tasas correspondientes.
d) Aspirantes que hayan cursado el ciclo medio de Técnico o Técnica Deportivos:
- Fotocopia compulsada del título o fotocopia compulsada del resguardo acreditativo del título.
- Certificación académica que acredite estar en posesión del título de Técnico o Técnica Deportivos donde aparezca la nota media en los ciclos LOGSE o la nota media ponderada en los ciclos LOE.
e) Aspirantes que hayan cursado formaciones en periodo transitorio:
- Diploma o certificación que acredite estar en posesión del nivel II en la misma modalidad o especialidad deportiva. Esta acreditación tendrá que ir diligenciada por el organismo autonómico competente en materia de formación deportiva.
f) En el caso de haber realizado el curso preparatorio, certificación oficial del centro reconocido por la Administración donde se realizó el curso con la nota final de este.
Formularios
- (ANEXO II) INSCRIPCIÓN A LA PRUEBA DE MADUREZ PARA EL ACCESO A LAS ENSEÑANZAS DE TÉCNICO O TÈCNICA DEPORTIVO Y FORMACIONES DEPORTIVAS EN PERIODO TRANSITORIO NIVEL I
- (ANEXO III) INSCRIPCIÓN A LA PRUEBA DE MADUREZ PARA EL ACCESO A LAS ENSEÑANZAS DE TÉCNICO O TÈCNICA DEPORTIVOS SUPERIOR Y FORMACIONES DEPORTIVAS EN PERIODO TRANSITORIO NIVEL III.
En el momento de la presentación de las solicitudes de las pruebas de madurez para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y de grado superior y a las formaciones deportivas en periodo transitorio, deberá acreditarse haber abonado la tasa
correspondiente.
Para realizar el pago se tiene que utilizar el modelo 046, disponible en el sitio web:
https://sara-frontend.gva.es/sara-frontend/modelo?ID_SIMUL=SIMU046-9773&LANG=va
Resolución
Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer un recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
46015 - València/Valencia
Recurso de alzada
En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer un recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación.
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Ciudadanía
- Educación y formación
- Enseñanzas artísticas, de idiomas y deportivas
- Bachillerato y Formación Profesional