Tramite para la inscripción de la constitución, modificación o disolución en el registro de Pactos Territoriales por el empleo y desarrollo local participativo y sostenible de la Comunidad valenciana, como herramienta que permita el conocimiento y seguimiento de cuantos pactos se constituyan, asi como de las modificaciones que acontezcan. - GVA.ES
Tramite para la inscripción de la constitución, modificación o disolución en el registro de Pactos Territoriales por el empleo y desarrollo local participativo y sostenible de la Comunidad valenciana, como herramienta que permita el conocimiento y seguimiento de cuantos pactos se constituyan, asi como de las modificaciones que acontezcan.
LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación
Qué es
Regular la adopción y el reconocimiento de los Pactos Territoriales por el empleo y desarrollo local participativo y sostenible de la Comunitat Valenciana y la creación del Registro de Pactos territoriales como herramienta que permita el registro, conocimiento y seguimiento de la creación,...
- DECRETO 235/2022, de 30 de diciembre, del Consell, por el cual se regulan la adopción y el reconocimiento de los pactos territoriales por la ocupación y desarrollo local participativo y sostenible de la Comunitat Valenciana, y se crea su registro (DOGV 9509 de 11/01/2023)
- ORDEN 12/2016, de 29 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de fomento de los acuerdos territoriales en materia de empleo y desarrollo local en la Comunitat Valenciana.
A quién va dirigido
La persona solicitante de la inscripción del Pacto territorial en el registro del Pactos sera su legal representante.
Como contenido mínimo figurará en el Registro: el nombre del Pacto Territorial, domicilio y datos de contacto del Pacto, datos de la persona representante legal, las Entidades integrantes, su ámbito de actuación y sus fines y objetivos.
Cómo se tramita
Será la Dirección General de LABORA competente en materia de fomento del empleo, la que resolverá, una vez presentada la solicitud, sobre la inscripción de la creación, modificación y baja de los Pactos territoriales.
Para la adopción del Pacto Territorial se exige la participación de varias entidades locales del territorio, incluidas las Mancomunidades, que representen un número mínimo de cinco municipios, o de una única entidad local siempre que aglutine una población de al menos 100.000 habitantes. En...
46004 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
La inscripción de un nuevo Pacto Territorial o cualquier modificación de los datos que constan en el Registro de Pactos se realizará en el plazo de los 3 meses siguientes a la fecha de adopción o de modificación del Pacto, mediante el formulario normalizado suscrito por la persona legal representante del Pacto Territorial.
En el plazo de 6 meses desde la publicación del Decreto 235/2022, los Pactos ya existentes habrán de solicitar la inscripción del Pacto en el Registro de Pactos Territoriales por el empleo y el desarrollo local participativo y sostenible y ofrecer previamente la participación a aquellos municipios del ámbito de actuación que todavía no formen parte del mismo, haciendo constar esta circunstancia en el documento de solicitud de inscripción en el Registro.
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Acuerdo de creación firmado por todas las entidades integrantes del Pacto territorial.
b) Estatutos de la persona jurídica, en caso de creación de una persona jurídica independiente.
c) En caso de modificación del acuerdo o sus integrantes, documento de modificación del acuerdo o estatutos.
d) En caso de que se incorpore una nueva entidad, documento de adhesión suscrito por su legal representante.
e) En caso que cause baja una entidad, documento comunicando la baja suscrito por su legal representante.
f) En caso de disolución o liquidación, documentación acreditativa de la disolución o liquidación de la entidad.
Enlace en esta guía. Se necesario disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad o mediante certificado de representante de entidad. Para cualquier información adicional (normativa, notas aclaratorias, etc) se puede consultar el Decreto en el apartado de...
Resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución sobre la inscripción de creación de nuevo pacto, modificación y baja de los Pactos territoriales será de XXXXXXX a contar desde el día siguiente de presentación de la solicitud.
Transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se entenderá la pretensión desestimada por silencio administrativo.
No procede.
a.- Facilitar cuantos datos e información relacionados con la solicitud sean requeridos por LABORA.
b.- Utilizar el sistema de registro y almacenamiento de datos que pueda habilitar LABORA.
Las resoluciones que se dicten agotaran la vía administrativa y contra ellas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de LABORA, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud.
Transcurrido el plazo indicado en el párrafo haya dictado y notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la pretensión por silencio administrativo.
46004 - València/Valencia
La inscripción en el Registro será preceptiva para poder optar a subvenciones y otros instrumentos de fomento que LABORA y otros departamentos del Consell puedan articular para mejorar y promover la concertación territorial en el ámbito de las políticas de empleo y el desarrollo socio-economicos...
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