Solicitud de devolución de cantidades por bonificación no aplicada y/o ingresos indebidos para viviendas de promoción pública que son propiedad de la Generalitat Valenciana.

Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo EVHA

Código SIA: 211061
|
Código GVA: 2317
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Subsanar los errores informáticos relativos a la facturación que deriven de los bancos o la propia Administración.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

- Que la EVHA no se ponga en contacto con el solicitante significa que el expediente está en trámite y sigue su curso normal. Cuando se produzca alguna novedad, ésta se comunicará al interesado por correo certificado en la dirección que figure en la solicitud.

- La EVHA actúa DE OFICIO iniciando un expediente de 'Devolución de Cantidades' cuando hay una resolución favorable a un expediente de 'Renuncia de un Adjudicatario a su vivienda". El saldo resultante se calcula restando a las cantidades aportadas (capital amortizado (en caso de contrato en compra-venta) o fianza inicial (en caso de contrato en arrendamiento)) el coste de adecuar la vivienda para una posterior adjudicación; en caso de saldo positivo (a favor del Adjudicatario), se abonaría dicha cantidad en la cuenta bancaria indicada en la solicitud.

 

Cuando se produzca alguna novedad, ésta se le comunicará por correo certificado en la dirección que figure en la solicitud. Que la EIGE no se ponga en contacto con Ud. significa que el expediente está en trámite y sigue su curso normal.

Normativa
  • Decreto 75/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Protección Pública a la Vivienda (DOGV nº 5517, de 22/05/07).
  • Disposición Adicional novena del Decreto 90/2009, de 26 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Pública.
  • Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012 (DOCV nº 6016, de 19/05/09).

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Puede solicitarla cualquier adjudicatario (o representante del mismo debidamente autorizado) de una vivienda de promoción pública propiedad de la Generalitat Valenciana que considere que le han facturado erróneamente, hecho que posteriormente deberá acreditar.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la documentación.

- Estudio y comprobación de los documentos.

- Informe económico.

- Propuesta por parte de EVHA, que es la unidad que tramita.

- Resolución por parte de la Dirección General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda, que es el órgano que resuelve.

- Notificación de la resolución al interesado.

Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año

Documentación
- Impreso de solicitud (MUY IMPORTANTE NO OLVIDAR INCLUIR EL TELÉFONO DE CONTACTO). - DNI del solicitante. - Recibos en los que se acredite el ingreso indebido (originales). - Documento acreditativo de la concesión de beneficios, en caso de Bonificación no aplicada. - Número de la cuenta...
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Forma de presentación
Telemática
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica...
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Presencial

a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.

 

b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.

 

c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

 

d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

 

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

 

 

Y preferentemente en:

Dónde dirigirse

Resolución

Plazo máximo
El tiempo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de 3 meses, a contar desde la fecha de recepción de la solicitud por el órgano competente para su tramitación (o desde la fecha de la Resolución aceptando, en caso de 'Devolución de Cantidades por Renuncia del Adjudicatario'), sin...
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Observaciones

Recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución.