Solicitud general de iniciación y tramitación TELEMÁTICA de procedimientos del CENTRO DE ARTESANÍA DE LA COMUNITAT VALENCIANA (Tramite a utilizar EXCLUSIVAMENTE cuando no exista uno específico en la Sede electrónica de la Generalitat). - GVA.ES
Solicitud general de iniciación y tramitación TELEMÁTICA de procedimientos del CENTRO DE ARTESANÍA DE LA COMUNITAT VALENCIANA (Tramite a utilizar EXCLUSIVAMENTE cuando no exista uno específico en la Sede electrónica de la Generalitat).
CENTRO DE ARTESANÍA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Qué es
En la relación administración/ciudadano se hace necesario que el interesado se dirija a los órganos administrativos:
- en la iniciación de un procedimiento
- en la instrucción del mismo: subsanación de errores, presentación de pruebas, documentación anexa, alegaciones,...
- en la renuncia de derechos, en el desistimiento de solicitud
- en la fase de ejecución del procedimiento
- en la interposición de recursos
Este trámite TELEMÁTICO de solicitud general puede utilizarse por los interesados cuando, habiendo un modelo normalizado de solicitud para la presentación presencial, los interesados quieran o deban presentarla de manera electrónica (artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) y todavía no se haya habilitado un procedimiento electrónico específico para ello.
Si existe un procedimiento específico de presentación telemática deberá necesariamente utilizar esta vía para relacionarse con la administración.
- Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell, por el que se regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat (DOGV nº 7406, de 19/11/2014)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015)
A quién va dirigido
Personas físicas y jurídicas, titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos, con capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, con arreglo a lo establecido por la ley.
En caso de personas jurídicas deberán estar inscritas obligatoriamente en el Registro de Representantes. Este registro posibilita la representación de personas jurídicas en los procedimientos administrativos de carácter electrónico.
Cómo se tramita
46001 - València/Valencia
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46001 - València/Valencia
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