Detalle de procedimiento

Solicitud de admisión y matrícula del alumnado en centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos para el curso 2023-2024. (Educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato en centros públicos y centros privados concertados, en los ámbitos competenciales de las provincias de Alicante, Castellón y Valencia).

Código SIA : 210569
Código GUC : 236
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 20-04-2023
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

1. Proceso de solicitud de admisión del alumnado en los centros públicos y en las enseñanzas concertadas de los centros privados de la Comunidad Valenciana que impartan enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato. 2. Aportación de la documentación sobre los requisitos y las circunstancias alegadas en el proceso de solicitud de admisión. 3. Proceso de matrícula.

Observaciones

Observaciones

PRIORIDADES La preferencia de acceso a los centros se efectuará de acuerdo con la orden de prelación siguiente: 1. El alumnado procedente del mismo centro escolar. 2. El alumnado procedente de los centros adscritos. 3. El alumnado que haya de cambiar de residencia por causa de violencia de género o de terrorismo. 4. El alumnado que se encuentre en situación de acogida familiar o en guarda con fines de adopción. Este alumnado tendrá preferencia para acceder, a elección de la familia, al centro donde estén escolarizados los hijos o las hijas de las familias acogedoras u otros menores a cargo suyo, o en un centro situado en el área de influencia de su domicilio familiar o laboral. 5. El alumnado en acogida residencial. 6. El alumnado que tenga que cambiar de residencia por desahucio familiar. 7. El alumnado deportista de élite, de alto nivel y el de alto rendimiento así como el personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana tendrá preferencia para acceder al centro situado en la zona de influencia del lugar donde realice el entrenamiento. 8. La conselleria que tenga atribuidas las competencias en materia educativa podrá determinar los centros de educación secundaria en los cuales tendrán prioridad en la admisión los alumnos y las alumnas que cursan simultáneamente enseñanzas de educación secundaria, enseñanzas regladas de música y danza y el alumnado deportista de élite, de alto nivel y el de alto rendimiento. 9. El alumnado del centro tendrá preferencia para acceder a las plazas vacantes ofertadas en su propio centro cuando se trate de las plazas de primer curso de bachillerato de aquellas modalidades que el centro tenga autorizadas a impartir, a excepción de la modalidad artística. En el caso de que el número de alumnos y alumnas que opte por acceder al primer curso de bachillerato de dichas modalidades exceda de las vacantes del centro, se garantiza un puesto escolar en otro instituto de educación secundaria o centro de su localidad, lo más próximo posible a su centro de origen, teniendo en cuenta la petición de centros del alumnado o sus representantes legales en el proceso de admisión y respetando el orden de baremación.

Requisitos

Requisitos

Requisitos de edad y académicos exigidos por la normativa vigente para el nivel educativo y curso a que se pretenda acceder. https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/estudiantes/portada.html

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Los padres/madres/tutores legales de las personas menores de edad que vayan a cursar educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato. Las mismas personas interesadas, en caso de ser mayores de edad, cuando deseen cursar Bachillerato.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Plazo

Plazo

PROCESO ÚNICO DE ADMISIÓN PARA EL CURSO 2023-2024 (DOGV nº 9552, de 07/03/2023) a) PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE SOLICITUDES DE ADMISIÓN - Educación infantil y educación primaria: desde las 09.00 h. del 20 de abril hasta las 23:59 h. del 28 de abril. - ESO y bachillerato: desde las 09:00 h del 4 de mayo hasta las 23:59 h del 12 de mayo. b) PLAZO DE FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA TELEMÁTICA PARA EL ALUMNADO QUE HA PARTICIPADO EN ADMISIÓN - Educación infantil y educación primaria: del 14 al 30 de junio. - ESO: del 19 al 24 de julio. - Bachillerato: del 24 al 27 de julio. c) PLAZO DE FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA PRESENCIAL (EN EL CASO DE NO HABERSE FORMALIZADO TELEMÁTICAMENTE) PARA EL ALUMNADO QUE HA PARTICIPADO EN ADMISIÓN - Educación infantil y educación primaria: del 22 de junio al 5 de julio. - ESO: del 20 al 25 de julio. - Bachillerato: del 25 al 28 de julio. d) SÓLO PARA EL ALUMNADO QUE PASE ENTRE CENTROS ADSCRITOS, que no haya solicitado plaza en otro centro en el proceso de admisión, se formalizará la matrícula de manera presencial: - Educación infantil y educación primaria: del 14 al 21 de junio. - ESO: del 22 de junio al 5 de julio. e) PLAZO DE FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA PRESENCIAL PARA CUBRIR LAS PLAZAS VACANTES RESULTANTES, PRODUCIDAS POR RENUNCIA, ABANDONO, BAJA U OTRAS CAUSAS DEBIDAMENTE JUSTIFICADAS, DEL ALUMNADO QUE SIGA EN EL ORDEN DE PUNTUACIÓN DE LA LISTA DE ADMITIDOS EN OTROS CENTROS: - Educación infantil y educación primaria: del 6 al 11 de julio. - ESO: del 26 al 31 de julio. - Bachillerato: el 31 de julio y del 1 al 5 de septiembre.

Formularios y documentación

AL REALIZAR LA SOLICITUD: Al formular la solicitud de admisión no se presentará ningún documento. Se realizará una declaración responsable sobre los requisitos y circunstancias que permiten la baremación de la solicitud. Cuando conozca el resultado de la admisión, se le requerirá aportar la documentación sobre los requisitos y circunstancias alegadas para realizar la matrícula y correcta escolarización. EN EL MOMENTO DE LA FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA: Se deberán aportar documentalmente los requisitos y circunstancias alegadas para realizar la matrícula y correcta escolarización. Estas circunstancias, según el capítulo XI de la Orden 7/2016 de 19 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte (https://dogv.gva.es/datos/2016/04/21/pdf/2016_2652.pdf), son: - Domicilio - Discapacidad - Familia numerosa - Familia monoparental - Resultados académicos (en caso de acceder a bachillerato) - Acreditación de otras situaciones tales como (acogida familiar o guarda con finalidad de adopción; acogimiento residencial; situación de víctima de violencia de género, terrorismo o desahucio; condición de deportista de élite; condición de persona destinataria de la Renta Valenciana de Inclusión).

Tasa o pago

Tasa o pago

No hay tasas para la matrícula de educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria. Sólo para el alumnado de bachillerato deberá ser abonada la tasa por servicios administrativos derivados de la actividad académica de nivel no universitario.

Presentación

Presentación

Telemática
Para el curso 2023-2024, la solicitud de admisión se tramitará de manera electrónica. https://portal.edu.gva.es/telematricula/es/inicio/ Los siguientes pasos se realizarán dentro del mismo portal. Solo se podrá presentar electrónicamente una solicitud por alumno o alumna y enseñanza que estará asociada a la «clave de admisión» que también será única. Esta solicitud podrá ser rellenada en más de una ocasión durante el periodo en que esté operativa la aplicación para formular solicitudes de admisión. En este caso se tendrá en cuenta la última solicitud presentada electrónicamente, según establece el apartado 9 de la Resolución de 7 de marzo de 2023. https://dogv.gva.es/datos/2023/03/13/pdf/2023_2551.pdf Esa «clave de admisión» será requerida en los siguientes pasos: aportación de documentación o formular reclamaciones. TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DEL PROCESO DE ADMISIÓN: 1. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 40/2016 y en la Orden 7/2016, el procedimiento de admisión a las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en el curso 2023-2024 debe tramitarse de forma electrónica. 2. El formato válido y oficial de todos los documentos será únicamente el que esté disponible en el espacio habilitado para la admisión del alumnado en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y el que se genere a través de la aplicación informática correspondiente. 3. Las personas interesadas deberán acceder a la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte www.telematricula.es para rellenar el formulario electrónico de solicitud de admisión, según la enseñanza que corresponda. TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE LA MATRÍCULA: Existe la posibilidad de realizar la matrícula de forma telemática, conforme a las fechas establecidas en el calendario y recogidas en los anexos de la Resolución de 7 de marzo de 2023. Para cuestiones relacionadas con el trámite: https://gvasai.edu.gva.es/plugins/formcreator/front/formdisplay.php?id=104

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

CALENDARIO EN EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA 2023-2024 - Publicación inicial de las vacantes existentes en los centros educativos para el proceso de admisión del alumnado, así como de la información pública a que se refiere el artículo 29 de la Orden 7/2016: 19 de abril. -Presentación telemática de solicitudes de admisión: desde las 9.00 h. del 20 de abril hasta las 23.59 h. del 28 de abril. -Publicación de las vacantes provisionales existentes en los centros educativos para el proceso de admisión del alumnado, así como de la información pública a la que se refiere el artículo 29 de la Orden 7/2016: 31 de mayo. -Resultado provisional del procedimiento y consulta individualizada de la puntuación obtenida: 31 de mayo. -Presentación telemática de reclamaciones al resultado provisional: desde la publicación del resultado provisional hasta las 23.59 h. del 2 de junio. -Publicación de las vacantes definitivas existentes en los centros educativos para el proceso de admisión del alumnado, así como de la información pública a la que se refiere el artículo 29 de la Orden 7/2016: 14 de junio. -Resultado definitivo del procedimiento y consulta individualizada de la puntuación obtenida: 14 de junio. -Presentación telemática de reclamaciones al resultado definitivo: del 14 al 16 de junio en centros públicos y hasta el 14 de julio en centros concertados. -Plazo de formalización de la matrícula telemática para alumnado que ha participado en el procedimiento de admisión, de acuerdo con las instrucciones recibidas: del 14 al 30 de junio. -Plazo de formalización de la matrícula presencial, en caso de no haberse formalizado telemáticamente, para alumnado que ha participado en el procedimiento de admisión: del 22 de junio al 5 de julio. -El alumnado procedente de centros adscritos que no haya solicitado plaza en otro centro en el proceso de admisión formalizará la matrícula presencial: del 14 al 21 de junio. -Plazo de formalización de la matrícula para cubrir las plazas vacantes resultantes producidas por renuncia, abandono, baja u otras causas debidamente justificadas, del alumnado que siga en el orden de puntuación de la lista de admitidos en otros centros: del 6 al 11 de julio. CALENDARIO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA 2023-2024 -Publicación inicial de las vacantes existentes en los centros educativos para el proceso de admisión del alumnado, así como de la información pública a la que se refiere el artículo 29 de la Orden 7/2016: 3 de mayo. -Presentación telemática de solicitudes de admisión: desde las 9.00 h. del 4 de mayo hasta las 23.59 h. del 12 de mayo. -Publicación de las vacantes provisionales existentes en los centros educativos para el proceso de admisión del alumnado, así como de la información pública a la que se refiere el artículo 29 de la Orden 7/2016: 10 de julio. -Resultado provisional del procedimiento y consulta individualizada de la puntuación obtenida: 10 de julio. -Presentación telemática de reclamaciones al resultado provisional: desde la publicación de resultado provisional hasta las 23.59 h. del 12 de julio. -Publicación de vacantes definitivas existentes en los centros educativos para el proceso de admisión del alumnado, así como de la información pública a la que se refiere el artículo 29 de la Orden 7/2016: 19 de julio. -Resultado definitivo del procedimiento y consulta individualizada de la puntuación obtenida: 19 de julio. -Presentación telemática de reclamaciones al resultado definitivo: del 19 al 21 de julio en el caso de los centros públicos y hasta el 19 de agosto si los centros son concertados. -Plazo de formalización de la matrícula telemática, para alumnado que ha participado en el procedimiento de admisión, de acuerdo con las instrucciones recibidas: del 19 al 24 de julio. -Plazo de formalización de la matrícula presencial, en caso de no haberse formalizado telemáticamente, para alumnado que ha participado en el procedimiento de admisión: del 20 al 25 de julio. -El alumnado procedente de centros adscritos que no haya solicitado plaza en otro centro en el proceso de admisión formalizará la matrícula presencial: del 22 de junio al 5 de julio. -Plazo de formalización de la matrícula para cubrir las plazas vacantes resultantes producidas por renuncia, abandono, baja u otras causas debidamente justificadas, del alumnado que siga en el orden de puntuación de la lista de admitidos en otros centros: del 26 al 31 de julio. CALENDARIO EN BACHILLERATO 2023-2024 -Publicación inicial de las vacantes existentes en los centros educativos para el proceso de admisión del alumnado, así como de la información pública a que se refiere el artículo 29 de la Orden 7/2016: 3 de mayo. -Presentación telemática de solicitudes de admisión: desde las 9.00 h. del 4 de mayo hasta las 23.59 h. del 12 de mayo. -Publicación de las vacantes provisionales existentes en los centros educativos para el proceso de admisión del alumnado, así como de la información pública a la que se refiere el artículo 29 de la Orden 7/2016: 13 de julio. -Resultado provisional del procedimiento y consulta individualizada de la puntuación obtenida: 13 de julio. -Presentación telemática de reclamaciones al resultado provisional: desde la publicación de resultado provisional hasta las 23.59 h. del 17 de julio. -Publicación de las vacantes definitivas existentes en los centros educativos para el proceso de admisión del alumnado, así como de la información pública a la que se refiere el artículo 29 de la Orden 7/2016: 24 de julio. -Resultado definitivo del procedimiento y consulta individualizada de la puntuación obtenida: 24 de julio. -Presentación telemática de reclamaciones al resultado definitivo: del 24 al 26 de julio en centros públicos y hasta el 24 de agosto en los concertados. -Plazo de formalización de la matrícula telemática para alumnado que ha participado en el procedimiento de admisión: del 24 al 27 de julio. -Plazo de formalización de la matrícula presencial, en caso de no haberse formalizado telemáticamente, para alumnado que ha participado en el procedimiento de admisión: del 25 al 28 de julio. -Plazo de formalización de la matrícula para cubrir las plazas vacantes resultantes producidas por renuncia, abandono, baja u otras causas debidamente justificadas, del alumnado que siga en el orden de puntuación de la lista de admitidos en otros centros: 31 de julio y del 1 al 5 de septiembre.

Criterios de valoración

Criterios de valoración

Criterios para la valoración de las solicitudes de puesto escolar: La admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, cuando no existan en ellos plazas suficientes para atender todas las solicitudes de ingreso, se regirá por los siguientes criterios: PUNTUACIONES (Resolución de 7 marzo de 2023. ANEXO V) 1. HERMANOS O HERMANAS Por cada hermano o hermana matriculado en el centro solicitado, que haya de continuar asistiendo al mismo curso escolar para el que se solicita plaza: 15 puntos. 2. PADRES, MADRES O TUTORES TRABAJADOR/A, EN ACTIVO, DEL CENTRO: 5 puntos 3. PROXIMIDAD DEL DOMICILIO: Área de influencia: 10 puntos. Área limítrofe: 5 puntos. 4. RENTA VALENCIANA DE INCLUSIÓN: 4 puntos. 5. RENTA FAMILIAR (SIN SER BENEFICIARIO/A DE LA RVI) DE ACUERDO CON EL IPREM, CORRESPONDIENTE A 14 PAGAS, EN RELACIÓN AL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR EN 2 AÑOS AL AÑO NATURAL EN QUE SE SOLICITA LA PLAZA (2021) Renta anual per cápita igual o inferior a la mitad del IPREM: 3,5 puntos. Renta anual per cápita superior a la mitad del IPREM e inferior o igual al IPREM: 3 puntos. Renta anual per cápita superior al IPREM e inferior o igual al resultado de multiplicar el IPREM por 1,5: 2,5 puntos. Renta anual per cápita superior al resultado de multiplicar el IPREM por 1,5 e inferior o igual al resultado de multiplicar el IPREM por 2: 2 puntos. 6.FAMILIA NUMEROSA Especial: 5 puntos. General: 3 puntos. 7. DISCAPACIDAD Discapacidad del alumno o la alumna: Igual o superior al 65%: 7 puntos. Igual o superior al 33% e inferior o igual al 64%: 4 puntos. Discapacidad de los padres, madres, tutores, hermanos o hermanas del alumno o la alumna: Igual o superior al 65%: 5 puntos. Igual o superior al 33% e inferior o igual al 64%: 3 puntos. 8. FAMILIA MONOPARENTAL: Especial: 5 puntos. General: 3 puntos. 9. ACCESO A BACHILLERATO Se agregará la nota media obtenida en ESO o en un ciclo formativo de grado medio. EMPATES Apartado decimosexto de la Resolución de 7 marzo de 2023: De acuerdo con lo establecido en el artículo 38 del Decreto 40/2016 y en el artículo 43 bis de la Orden 7/2016, en las situaciones de empate que se produzcan después de aplicar los criterios de desempates, se realizará un sorteo público siguiendo el siguiente procedimiento: se elegirán 2 letras por las cuales se ordenará el primer apellido; también otras 2 letras por las cuales se ordenará el segundo apellido, y que se aplicarán cuando exista coincidencia con el primero. En caso de no disponer de un segundo apellido, se considerará que este empieza con «AA». Las dos letras determinarán, de forma conjunta, el punto de partida para ordenar alfabéticamente los apellidos del alumnado. El resultado del sorte realizado, ante notario, el día 1 de marzo de 2023, en la sede de la Conselleria de Educación, Cultura y Deport, que también se ha publicado en la página web de dicha conselleria, y que se debe tener en cuenta para el curso 2023-2024, ha sido: Letras para ordenar el primer apellido: SP (en este orden) Letras para ordenar el segundo apellido, y que se aplicarán cuando exista coincidencia con el primero: PS (en este orden) De acuerdo con el artículo 29 del Decreto 40/2016: -El alumnado nacido de parto múltiple se valorará como una solicitud que ocupará tantas vacantes como nacidos del parto múltiple haya, siempre que así lo solicite el padre, la madre o la persona tutora legal. En el supuesto de que alguno de los integrantes del parto múltiple cumpla los requisitos para acceder a una plaza reservada para alumnado con necesidades educativas especiales, la administración educativa adoptará las medidas necesarias, por razones especiales, para que la admisión se realice de manera conjunta. -En los supuestos de admisión inicial, considerando esta la primera vez que se solicita plaza en centros de la Comunitat Valenciana o los cambios de centro docente realizados por cambio de localidad de residencia, en el caso de que existan dos o más solicitudes de admisión de hermanos o hermanas en un mismo centro docente sostenido con fondos públicos, en las etapas de infantil o primaria, cuando uno de ellos obtenga plaza escolar, se concederá 15 puntos al resto de los hermanos o hermanas solicitantes. Igualmente tendrá la consideración de hermano o hermana el alumnado en situación de acogimiento familiar o en guarda con fines de adopción. -Será requisito indispensable que el hermano o hermana vaya a continuar asistiendo al mismo centro en el curso escolar para el que se solicita plaza.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Centro educativo de elección Consejo Escolar Municipal o de Distrito Dirección Territorial de Educación, Cultura y Deporte Dirección General de Centros Docentes

Observaciones

Observaciones

El recurso de reposición, dentro del mismo tramitador

Órganos resolución

Órganos resolución

Dirección Territorial de Educación, Cultura y Deporte Dirección General de Centros Docentes

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

Sanciones

Sanciones

Para la persona solicitante, la falsedad en los datos declarados, o no suficientemente acreditados, dará lugar a la anulación de la solicitud, escolarizando al alumno o alumna en alguno de los centros en los que queden plazas vacantes, una vez finalizado el proceso de admisión. Para los centros públicos, la infracción de las normas sobre admisión del alumnado por los centros públicos dará lugar a la apertura del correspondiente expediente administrativo, a fin de determinar las posibles responsabilidades en que hubiera podido incurrirse. Para los centros privados concertados, la infracción de las normas sobre admisión del alumnado por los centros concertados dará lugar a las sanciones previstas en el artículo 62 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, según la redacción dada al mismo en la disposición final primera, núm. 10, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.