Presentación del certificado de la reducción de ingresos en cumplimiento de las obligaciones de gratuidad temporal de abonos de transporte, bonos multiviaje y tarjetas monedero de las empresas concesionarias, para jóvenes menores de 31 años - GVA.ES
Presentación del certificado de la reducción de ingresos en cumplimiento de las obligaciones de gratuidad temporal de abonos de transporte, bonos multiviaje y tarjetas monedero de las empresas concesionarias, para jóvenes menores de 31 años
Qué es
Determinación de la indemnización por la reducción de ingresos por la implantación del abono de la compensación por la gratuidad temporal para jóvenes por parte de las empresas concesionarias, para cada concesión de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de competencia de la...
- RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2025, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se establece el procedimiento para el pago de la compensación por los menores ingresos por la gratuidad temporal para jóvenes menores de 31 años entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de enero de 2025,...
- DECRETO LEY 6/2024, de 28 junio, del Consell, por el que se prorrogan las reducciones temporales de tarifas en determinados servicios públicos de transporte que son competencia de la Generalitat, por un periodo de seis meses.
- DECRETO LEY 8/2023, de 28 de julio, del Consell, por el que se establecen obligaciones a los operadores de transporte público colectivo terrestre para la gratuidad temporal para los jóvenes menores de 31 años en los servicios públicos de transporte por carretera competencia de la Generalitat.
- RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2023, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se acuerda la gratuidad temporal para los jóvenes entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2023 de los servicios de transporte público en el TRAM de Castellón y la red del TRAM...
- ORDEN 4/2022, de 13 de junio, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se aprueban las tarifas y condiciones de utilización de los títulos de transporte de la Generalitat del sistema TAM en Alicante y del transporte metropolitano de la Plana en Castellón,...
- LEY 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- REAL DECRETO 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- LEY 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana.
- LEY 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A quién va dirigido
Las empresas concesionarias de los servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general competencia de la Generalitat, cualquiera que sea su situación administrativa.
No obstante, no se requiere presentar solicitud los concesionarios que hayan reducido sus ingresos por aplicación de la gratuidad para personas menores de 31 años en cumplimiento de las resoluciones de 14 de julio de 2023, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad.
Se deberá presentar una solicitud por cada concesión de servicio público.
Haber implantado la gratuidad para jóvenes en las concesiones de transporte regular de uso general por carretera de competencia de la Generalitat entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de enero de 2025, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Ley 6/2024, de 28 de junio, y el Decreto Ley 18/2024, de 23 de diciembre, del Consell.
Cómo se tramita
1. PRESENTACIÓN de FORMA TELEMÁTICA de la solicitud y de toda la documentación requerida en el plazo establecido.
Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento diferente del procedimiento telemático específico habilitado al efecto, será inadmitida.
2. SUBSANACIÓN
- Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados en la legislación vigente de procedimiento administrativo común, o no se acompañe la documentación que resulte exigible, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la legislación en materia de procedimiento administrativo.
3. INSTRUCCIÓN
- La instrucción del procedimiento corresponderá a la Dirección General de Transportes y Logística.
4. RESOLUCIÓN
- Examinadas las solicitudes, el órgano instructor emitirá informe donde hará constar que se cumplen los requisitos necesarios para la concesión de las compensaciones y formulará la propuesta de concesión al órgano competente para resolver.
- La competencia para resolver sobre las solicitudes presentadas corresponde a la persona titular de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio u órgano en que esta delegue.
- La resolución de concesión determinará la cuantía concedida a la persona o entidad jurídica e incorporará, en su caso, las condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a que deban sujetarse la persona o entidad beneficiaria.
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
Del 25 de marzo al 1 de mayo de 2025, ambos incluidos.
1. SOLICITUD de compensación, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB disponible en el trámite telemático.
Se deberá presentar una solicitud por cada concesión de servicio público.
2. DOCUMENTACIÓN que debe presentarse junto con la solicitud:
2.1.- Certificado de la reducción de ingresos y otras ayudas recibidas.
En caso de haber recibido ayudas, subvenciones, ingresos o recursos percibidos que financien los mismos costes subvencionables, de cualquier administración pública, se indicarán dichos importes, entidad concedente y año.
2.2.- Documento excel firmado digitalmente que incluirá la siguiente información:
- Las declaraciones responsables en relación con la gratuidad para personas jóvenes menores de 31 años, que recoja la siguiente información:
a)Datos del abono temporal de transporte: trayecto origen-destino y kilómetros o, en su caso, validez zonal o por concesión.
b)Número de abonos temporales de transporte adquiridos para cada trayecto origen-destino o, en su caso, zona o concesión.
c)El número total de viajes realizados con abonos temporales en cada trayecto origen-destino o, en su caso, zona o concesión.
d)Tarifa del billete sencillo a 31/07/2024 para el trayecto origen-destino o, en su caso, zona.
e) En su caso, información del título multiviaje comercializado a 31/07/2024 (incluido monedero, bono virtual o similar) para el mismo trayecto origen-destino o, en su caso, zona: denominación, número de viajes y tarifa por viaje a 31/07/2024.
La documentación a presentar por los concesionarios estará referida al periodo entre 1 de julio de 2024 y el 31 de enero de 2025, en el que haya estado vigente la gratuidad temporal establecida al amparo del Decreto Ley 6/2024 y el Decreto Ley 18/2024, en relación con el Decreto Ley 8/2023.
El archivo Excel que deben adjuntar al trámite debe ser un archivo firmado digitalmente. Para su firma, una vez cumplimentado el mismo, se debe de firmar con la aplicación "AutoFirma". Una vez firmado se genera un nuevo archivo con la extensión "csig" que es el que deben adjuntar al trámite telemático.
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la...
Subsanación
En caso de aportación documental voluntaria, no se establece plazo, en caso de haber recibido requerimiento de subsanación, el plazo será el que se señala en el requerimiento de enmienda.
Este trámite permite la aportación de múltiples documentos a un expediente de determinación de la compensación por la reducción de ingresos a fin de determinar y ordenar el abono de la compensación por la gratuidad temporal de los abonos y títulos de transporte multiviaje propios de las empresas...
- Formulario telemático de petición.
- Los documentos electrónicos aportados necesarios para el seguimiento de su solicitud, voluntariamente o por requerimiento de subsanación de la administración.
Alegación / Aportación
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede un plazo de DIEZ (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la propuesta de resolución, para...
Saber másEste trámite permite presentar alegaciones y la aportación de múltiples documentos a un expediente de determinación de la compensación por la reducción de ingresos a fin de determinar y ordenar el abono de la compensación por la gratuidad temporal de los abonos y títulos de transporte multiviaje...
En la documentación aportada deberá constar toda la información necesaria que permita una correcta identificación del expediente telemático al que hace referencia. Resto de datos a rellenar como en el GUC de presentación de solicitudes. Los documentos a anexar deben ser los mismos, pero hay que...
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la...
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