Solicitud de inclusión, baja o modificación de datos de una asociación de alumnos no universitarios en el Censo de Asociaciones de Alumnos - GVA.ES
Solicitud de inclusión, baja o modificación de datos de una asociación de alumnos no universitarios en el Censo de Asociaciones de Alumnos
Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Qué es
La inclusión en el censo tendrá como una de las finalidades poder solicitar las ayudas, que con carácter anual convoca la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo.
Este procedimiento abarca otras comunicaciones referidas a modificaciones de la asociación tales como:
-Altas
-Bajas
-Subsanación de solicitudes
-Renovación de juntas directivas
-Modificación de Estatutos.
Estas comunicaciones se tramitarán accediendo a través de este mismo procedimiento.
La inclusión en el censo, que en todo caso tendrá carácter declarativo, se entenderá producida si transcurridos dos meses desde la presentación del acta y de los estatutos no hubiera recaído resolución exprés.
- Decreto 127/1986 de 20 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regula las asociaciones de alumnos en centro docentes no universitarios de la Comunidad Valenciana, (DOGV 10/11/86).
- Orden del 2 de agosto de 1988, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se desarrolla lo dispuesto en el art. 10 del Decreto 127/1986, de 20 de octubre (DOGV nº 886 del 18/8/88).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación
- Ley 14/2008, de 18 de noviembre de 2008, de la Generalitat, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana
A quién va dirigido
Asociaciones de alumnos y alumnas que deseen solicitar la inscripción en el censo de la Comunitat Valenciana, o que ya estando registradas soliciten alguna modificación, realicen alguna comunicación de las contempladas en este procedimiento o deseen darse de baja.
Es requisito imprescindible, tanto para darse de alta/baja en el Censo de asociaciones de alumnos/as de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana de la Conselleria, como para anotar una modificación de estatutos o de junta directiva de una asociación ya censada, que...
Cómo se tramita
Pasos a seguir para la inscripción de una asociación de alumnado de centro docente no universitario en el Censo de Asociaciones de Alumnos:
1. Constitución de la asociación, aprobación de los estatutos y depósito del acta de constitución y de los estatutos en la secretaría del centro docente.
2. Remisión, por parte de la secretaría del centro, de una copia de los estatutos y del acta de constitución de la asociación a la Dirección territorial de Educación y Universidades de València.
3. La Sección de Centros de la Dirección territorial de Educación y Universidades de València inscribe la asociación en el Censo de Asociaciones de Alumnos.
4. La sección de Centros de la Dirección territorial de Educación y Universidades de València notifica al centro la inscripción.
5. La secretaría del centro informa la junta directiva de la asociación de la inscripción en el Censo de Asociaciones de Alumnos.
03007 - Alacant/Alicante
46009 - València/Valencia
12003 - Castelló/Castellón
Solicitud
Durante todo el año
El interesado deberá presentar una solicitud, acompañando la siguiente documentación:
A) ALTA: Documentos 1 y 2
B) BAJA: 5
C) MODIFICACIONES:
C1. Modificación de Estatutos: 6
C2. Cambio órgano de representación: 3
C3. Pertenencia a una federación: 4.
Los documentos a presentar son:
1. Acta fundacional
2. Estatutos
3. Renovación junta directiva
4. Certificado de pertenencia a una federación
5. Certificado del acuerdo de disolución
6. Modificación de Estatutos. Diligencia del Registro de modificación estatutaria.
Todos estos documentos los tiene disponibles en la pestaña formularios.
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica...
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
12003 - Castelló/Castellón
03007 - Alacant/Alicante
46009 - València/Valencia
Alegación / Aportación
Usted puede formular alegaciones y aportar documentos de forma telemática, accediendo a este mismo procedimiento.
Preguntas frecuentes
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