Detalle de procedimiento

Obtención directa, duplicado y renovación del carné de operador de grúa móvil autopropulsada, categorías A y B. Industria.

Código SIA : 211084
Código GUC : 2489
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

- Obtención directa del carné de operador de grúa móvil autopropulsada, categorías A y B, con expedición de carné profesional acreditativo de tal condición. - Renovación del carné. - Duplicado.

Observaciones

Observaciones

1 - Además de la obtención directa del carné profesional de operador de grúa móvil autopropulsada, categorías A y B, por cumplir los requisitos antes descritos en el apartado "Requisitos", también podrá obtenerse ese carné mediante la SUPERACIÓN DE UN EXAMEN TEÓRICO-PRÁCTICO ante la Comunidad Autónoma, sobre los conocimientos objeto del Reglamento de Aparatos de elevación y manutención de los mismos (aprobado por el Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre) y de la Instrucción Técnica Complementaria «MIE-AEM-4». La información relativa a ese examen teórico-práctico puede consultarse la página web https://cindi.gva.es/web/industria-e-i-d-i/carnes-de-instaladores y está también disponible en el trámite de la Guía PROP denominado "Presentación a las pruebas para la obtención del carné de operador de grúa móvil autopropulsada, categorías A y B. Solicitud del certificado de experiencia (GMA y GMB).". 2 - CADUCIDAD Y RENOVACIÓN DEL CARNÉ - El carné tendrá una validez de cinco años, transcurridos los cuales podrá ser objeto de renovación por iguales períodos, previa superación de un examen médico, psicotécnico y físico, específico para este tipo de actividades, que incluye examen sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva. - La inscripción en los registros tendrá validez en todo el ámbito de la Comunitat Valenciana; sin embargo, la renovación del carné deberá realizarse siempre en la provincia en que fue expedido por primera vez, salvo que se justifique el cambio de domicilio de la actividad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 de la Orden de 23 de abril de 1997. 3 - PÉRDIDA DEL CARNÉ PROFESIONAL - El carné profesional se pierde por resolución administrativa o jurisdiccional que así lo establezca, por muerte del profesional o por su no renovación en plazo. - Los carnés profesionales, como documentos cuya posesión habilita para el ejercicio de la correspondiente actividad profesional, están sometidos a la condición de que el titular mantenga las condiciones que dieron lugar a su expedición y que cumpla las obligaciones de seguridad básicas de su actividad. - El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones dará lugar a la pérdida del carné, mediante resolución motivada del jefe del órgano competente, previa audiencia del titular.

Requisitos

Requisitos

Para la OBTENCIÓN DIRECTA del carné profesional de operador de grúa móvil autopropulsada, así como para su RENOVACIÓN, las personas físicas deberán cumplir los siguientes requisitos: - Tener cumplidos 18 años. - Disponer de un título de Formación Profesional o de un certificado de profesionalidad incluido en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, cuyo ámbito competencial coincida con las materias objeto del Reglamento de Aparatos de elevación y manutención de los mismos (aprobado por el Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre) y de la Instrucción Técnica Complementaria «MIE-AEM-4». - Y superar un examen médico, psicotécnico y físico, específico para este tipo de actividades, que incluye examen sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Podrán solicitar y obtener directamente (sin examen) el carné profesional operador de grúa móvil autopropulsada, categorías A y B, las personas que acrediten el cumplimiento de las condiciones establecidas en el apartado "Requisitos" de este trámite.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

A) PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL CARNÉ: * SOLICITUD del carné según modelo normalizado que figura como impreso asociado "SOLRECGR" (solicitud para la obtención directa , renovación y duplicado del carné de operador de grúa). * DOCUMENTACIÓN a presentar junto a la solicitud: - Copia del título de Formación Profesional o del certificado de profesionalidad. - Examen médico, psicotécnico y físico, específico para este tipo de actividades, que incluya examen sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva, actualizado (antigüedad no superior a tres meses). - Justificante del pago de la tasa. B) PARA LA RENOVACIÓN DEL CARNÉ: * SOLICITUD de renovación del carné según modelo normalizado que figura como impreso asociado "SOLRECGR" (solicitud para la obtención directa , renovación y duplicado del carné de operador de grúa). * DOCUMENTACIÓN a presentar junto a la solicitud: - Examen médico, psicotécnico y físico, específico para este tipo de actividades, que incluya examen sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva, actualizado (antigüedad no superior a tres meses). - Justificante del pago de la tasa. c) DUPLICADO: * SOLICITUD del carné según modelo normalizado que figura como impreso asociado "SOLRECGR" (solicitud para la obtención directa , renovación y duplicado del carné de operador de grúa). - Justificante del pago de la tasa.

Tasa o pago

Tasa o pago

Tasas 2024: 4.5.2 - Certificados técnicos: 14,58 euros 4.3 - Renovaciones y prórrogas : 7,15 euros 4.10 - Expedición de duplicados de documentos oficiales: 9,45 euros

Presentación

Presentación

Presencial
La INFORMACIÓN SOBRE EXPEDIENTES EN TRAMITE se ofrecerá Únicamente mediante CITA PREVIA CON el PERSONAL TÉCNICO O ADMINISTRATIVO, consulte la información en el siguiente enlace: http://www.cindi.gva.es/es/cita-previa
Telemática
1.- La presentación telemática de la solicitud y de la documentación requerida se realizará MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. Para ello deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten: - El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana). - Y el sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas fisicas (por tanto, quedan excluidas las personas juridicas: empresas, ayuntamientos, entidades ....). Más información respecto a los sistemas admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en: https://sede.gva.es/es/sede_certificados 2.- Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica), deberá inscribirse previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la carpeta ciudadana de la persona presentadora. 3.- Clickando en el enlace directo indicado en "¿Cómo se tramita telemáticamente?" o en el enlace "TRAMITAR CON CERTIFICADO" (en color rojo al inicio de este trámite), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web, anexar la solicitud y demás documentación cumplimentada y firmada digitalmente que deba aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4.- Respecto a los DOCUMENTOS A ANEXAR, en su caso: - Es recomendable que, en primer lugar, los reúna todos y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las FIRMAS DIGITALES de la/s persona/s o entidad/es que lo/s suscriba/n. - En este trámite de la Guía Prop: * En el apartado denominado "¿Qué documentación se debe presentar?" aparece el listado de documentos a presentar. * Y en el apartado "IMPRESOS ASOCIADOS"(además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso. Si existe modelo normalizado el documento deberá presentarse en él. Sin embargo, aquellos documentos para los que no exista modelo normalizado deberán ser creados o recabados por la persona solicitante para poderlos adjuntar. - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos. 5.- Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion Revise esa información y si, pese a ello, sigue necesitando ayuda, por favor, notifíquelo a través de: - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

A) PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL CARNÉ: - Presentación de la solicitud SOLRECGR y de la documentación (incluido el justificante de pago de la tasa) en los Servicios Territoriales de Industria, o de forma telemática. - Se rellenarán los datos de la actividad del carné solicitado, imprimiéndose un documento que deberá firmar el solicitante. - Si la documentación es correcta, se procederá a la INSCRIPCIÓN en LA BASE DE DATOS DE INSTALADORES (que tendrá validez en todo el ámbito de la Comunitat Valenciana) y posteriormente se remitirá el carné por correo certificado, junto con la Resolución. - Si la documentación no está correcta, se concederá al interesado un plazo de diez días para subsanar las deficiencias, archivándose el expediente en caso contrario. B) PARA LA RENOVACIÓN DEL CARNÉ: - PLAZO DE RENOVACIÓN: cada cinco años. - Presentación de la solicitud SOLRECGR y de la documentación (incluido el justificante de pago de la tasa) en el Servicio Territorial de Industria de la provincia en que fue expedido el carné por primera vez, salvo que se justifique el cambio de domicilio de la actividad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 de la Orden de 23 de abril de 1997. - Se rellenarán los datos de la actividad del carné solicitado, imprimiéndose un documento que deberá firmar el interesado. - Si la documentación es correcta se expedirá el carné, que se remitirá por correo. - Si la documentación no es correcta, se concederá al interesado un plazo de diez días para subsanar las deficiencias, archivándose el expediente en caso contrario. - Si por cualquier motivo se deniega la renovación, se emitirá la Resolución correspondiente y se notificará al interesado.

Observaciones

Observaciones

La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General competente en materia de industria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

No