Detalle de procedimiento

Memoria resumen del archivo cronológico de transportistas, negociantes y agentes de residuos peligrosos

Código SIA : 3014812
Código GUC : 24945
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 26-06-2023
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Atender a las obligaciones de información ante el órgano competente en materia de residuos de la Comunitat Valenciana que se establecen en el artículo 65 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, para las entidades y empresas que transporten residuos peligrosos con carácter profesional o actúen como negociantes y agentes de residuos peligrosos, así como dar cumplimiento a lo regulado en el artículo 37 del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, para los negociantes de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).

Observaciones

Observaciones

Los transportistas, negociantes y agentes de residuos peligrosos y no peligrosos, tal y como se regula en el artículo 64 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, tienen la obligación de disponer de un archivo electrónico que se conformará a partir de la información contenida en las acreditaciones documentales exigidas en la producción y gestión de residuos. De acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 7/2022, las entidades que transporten residuos peligrosos con carácter profesional o actúen como negociantes y agentes de residuos peligrosos, enviarán una memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico a la comunidad autónoma en la que hayan presentado la comunicación, antes del 1 de marzo del año posterior respecto al cual se hayan recogido los datos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, los negociantes registrados para operar con RAEE, elaborarán una memoria anual con el contenido previsto en el anexo XVIII del citado real decreto. Para los transportistas y agentes de residuos no peligrosos no existe la obligación de la remisión de la memoria resumen. Los negociantes de residuos no peligrosos solo deberán remitir la memoria si los residuos con los que operan son RAEE. Este procedimiento se utilizará para la elaboración de la memoria correspondiente al año 2023, que se presentará en el año 2024, y para la confección y presentación de las memorias de los siguientes ejercicios.

Requisitos

Requisitos

Las personas físicas o jurídicas que presenten las memorias deberán estar inscritas en el Registro General de Gestores Autorizados de Residuos de la Comunitat Valenciana, como transportistas de residuos peligrosos, agentes de residuos peligrosos o negociantes de residuos peligrosos o de RAEE.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las entidades o empresas que transporten residuos peligrosos con carácter profesional, actúen como agentes de residuos peligrosos o como negociantes de residuos peligrosos o de RAEE y tengan el domicilio social en la Comunitat Valenciana.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Los transportistas, negociantes y agentes de residuos peligrosos y no peligrosos, tal y como se regula en el artículo 64 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, tienen la obligación de disponer de un archivo electrónico que se conformará a partir de la información contenida en las acreditaciones documentales exigidas en la producción y gestión de residuos. De acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 7/2022, las entidades que transporten residuos peligrosos con carácter profesional o actúen como negociantes y agentes de residuos peligrosos, enviarán una memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico a la comunidad autónoma en la que hayan presentado la comunicación, antes del 1 de marzo del año posterior respecto al cual se hayan recogido los datos. Por tanto, para los transportistas, negociantes y agentes de residuos no peligrosos no existe esta obligación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, los negociantes registrados para operar con RAEE (residuos de aparatos eléctricos y electrónicos), elaborarán una memoria anual con el contenido previsto en el anexo XVIII del citado real decreto.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Antes del 1 de marzo del año posterior respecto al cual se hayan recogido los datos.

Formularios y documentación

El contenido de la memoria resumen anual se formalizará según los formularios que se adjuntan en los siguientes enlaces:

Presentación

Presentación

Telemática
De acuerdo con la disposición adicional octava de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la tramitación de los procedimientos administrativos y de las obligaciones de información previstas en esta ley, tanto para las personas físicas como para las personas jurídicas, se deberá llevar a cabo por vía electrónica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para acceder de forma telemática al procedimiento, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado cualificado de representante de entidad (si es persona jurídica) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (si es persona física), ambos emitidos por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV). Asimismo, se podrá utilizar cualquier otro sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es/es/sede_certificados). Cuando se quiera tramitar un procedimiento en representación de otras personas físicas o jurídicas, se podrá otorgar dicha representación a través del Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/). El acceso a dicho registro por parte de los representados puede realizarse utilizando un certificado cualificado de ciudadano (si es persona física) o de representante de entidad (si es persona jurídica). Los documentos que se anexen al trámite telemático, cuando proceda, deberán ir firmados electrónicamente por quienes sean competentes para ello. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado “cómo va lo mío”-> “solicitudes en creación” (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Se tramita telemáticamente con la presentación de la hoja de cálculo cumplimentada.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

No