Obtención electrónica del certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, Impuesto sobre Sociedades e IRNR, correspondiente a rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos

Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública

Código SIA: 211107
|
Código GVA: 2593
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Este trámite tiene por objeto acreditar las retenciones e ingresos a cuenta practicados por la Generalitat a los terceros que aparecen recogidos en el apartado "¿quién puede solicitarlo?", incluidos en el resumen anual del modelo 180 “Declaración anual de rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos” presentado ante la AEAT.

 

Mediante este trámite se obtiene, en soporte electrónico, el certificado de renta correspondiente a rendimientos por arrendamiento de inmuebles urbanos sujetos a retención que han sido abonados por la Generalitat y declarados en el modelo tributario 180.

 

 

 

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

En caso de imposibilidad de obtener el certificado, y debidamente acreditada la causa de su no obtención, los

solicitantes podrán comunicar la incidencia a través de:

 

• Formulario de consulta sobre Dudas del Trámite, al que se puede acceder a través del enlace que figura en el

apartado final “Dudas sobre la tramitación telemática”

 

• La cuenta de correo electrónico certificadosrenta@gva.es.

 

La consulta sólo podrá ser atendida si el solicitante facilita los siguientes datos:

a) Identificación completa: nombre completo y NIF.

b) Entidad pagadora de los rendimientos (Generalitat Valenciana, Organismo Autónomo).

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Personas físicas o jurídicas, perceptores de rendimientos obtenidos por el arrendamiento de inmuebles urbanos a la Generalitat, incluidos en el modelo 180.

Cómo se tramita

Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Los certificados electrónicos se pondrán a disposición del contribuyente con anterioridad a la apertura del plazo de declaración de este impuesto y permanecerán disponibles durante el plazo de validez tributaria de los datos.

 

 

Documentación
No se requiere, ya que el trámite se realiza exclusivamente de forma telemática.
Forma de presentación

Resolución

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  • Empresas
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