Solicitud de autorización de mezcla de materiales forestales de reproducción. - GVA.ES
Solicitud de autorización de mezcla de materiales forestales de reproducción.
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
- Solicitar la autorización para la mezcla de lotes de materiales forestales de reproducción con el fin de obtener el correspondiente certificado patrón de identidad.
Observaciones
Observaciones
- Se autorizará la mezcla de lotes de materiales forestales de reproducción sólo en las categorías identificada o seleccionada y en los siguientes casos:
a. Cuando los lotes hayan sido recolectados en diferentes materiales de base dentro de una misma región de procedencia.
b. Cuando los lotes hayan sido recolectados en un mismo material de base en diferentes años.
- No se autorizará la mezcla de materiales recolectados en materiales de base de origen autóctono o indígena con materiales de origen no autóctono o no indígena o de origen desconocido.
Requisitos
Requisitos
- Estar inscrito en el Registro de Recolectores de Materiales Forestales de Reproducción de la Comunitat Valenciana.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Todo proveedor que pretenda efectuar la mezcla de diferentes lotes de materiales forestales de reproducción.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Real Decreto 1945/1983, de 22 de julio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria (BOE nº 168, de 15/07/1983).
- Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción (BOE nº 58, de 06/03/03).
- Decreto 15/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la producción, comercialización y utilización de los materiales forestales de reproducción (DOGV nº 5184, de 25/01/06).
- Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos (BOE nº 178, de 27/07/2006).
- Real Decreto 1220/2011, de 5 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción (BOE nº 228, 22/09/11).
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Como mínimo 15 días hábiles antes de efectuar la mezcla.
Formularios y documentación
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
IMPORTANTE: No debe rellenarse desde el navegador. Hay que descargarse el formulario y rellenarlo con el Acrobat Reader.
Impresos asociados
Presentación
Presentación
Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
- Dirección General de Medio Natural y Animal
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
46018 - València/Valencia
Telemática
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Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico.
Normativa
Normativa
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
- Presentación de la solicitud al menos15 días antes de la fecha prevista para la mezcla.
- Resolución de autorización del Jefe de Servicio competente por razón de la materia, o en caso de no obtener respuesta, la solicitud se entiende estimada por silencio administrativo // Resolución de no autorización del Jefe de Servicio competente por razón de la materia.
- En caso de autorización, emisión de un nuevo certificado patrón de identidad para la mezcla.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- Dirección General de Medio Natural y Animal
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
46018 - València/Valencia
Observaciones
Observaciones
Recurso de alzada ante la Dirección General competente por razón de la materia:
- En caso de resolución expresa, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la misma.
- En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente en que se produzcan los efectos de éste.
Órganos resolución
Órganos resolución
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí
Sanciones
Sanciones
- En caso de incumplimiento de las disposiciones de la normativa, serán de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previstos en la Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos y en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de julio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.