Solicitud de devolución del depósito de fianzas, o su actualización, por arrendamientos de fincas urbanas en régimen general - GVA.ES
Solicitud de devolución del depósito de fianzas, o su actualización, por arrendamientos de fincas urbanas en régimen general
Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
Desde 11-04-2022 00:00:00h
Qué es
A la extinción de un contrato de arrendamiento, la persona arrendadora, o su representante, podrán solicitar la devolución de la fianza, o la actualización de esta, depositada a través de un procedimiento telemático o presencial en la entidad colaboradora, según lo establecido en los siguientes SUPUESTOS:
SUPUESTO A. Si la fianza fue depositada telemáticamente, mediante un modelo 816 u 817, únicamente podrá solicitar la devolución telemática de la fianza.
SUPUESTO B. Si la fianza fue depositada en entidad bancaria colaboradora, con un modelo 806 u 807, hay que distinguir dos supuestos: hay que distinguir dos supuestos:
1) Si la fianza está depositada en CAIXABANK, CAJAMAR O BANCO SABADELL, podrá elegir entre:
A)solicitar la devolución presencial en la misma entidad bancaria donde se depositó
B) solicitar la devolución telemática
2) Si la fianza está depositada en ABANCA, IBERCAJA O BANCO SANTANDER, solamente podrá solicitar la devolución presencial en cualquier sucursal de la entidad bancaria donde se depositó.
SUPUESTO C. Si la fianza fue depositada en entidad bancaria colaboradora y ha extraviado el justificante de ingreso de la fianza, modelo 806 u 807, Hay dos supuestos:
1) Si la fianza extraviada está depositada en CAIXABANK, CAJAMAR o BANCO SABADELL deberá solicitar la devolución telemática de la fianza.
2) Si la fianza extraviada está depositada en ABANCA, IBERCAJA o BANCO SANTANDER, deberá seguir un procedimiento especial para la devolución.
SUPUESTO D. Fianzas depositadas mediante formulario en los bancos BANCAJA o CAM. Dos supuestos:
1) Si la fianza fue depositada en BANCAJA deberá solicitar la devolución ante la Secretaría Territorial de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública.
2) Si la fianza fue depositada en CAM y dispone del justificante original del depósito de la fianza -formulario-, deberá solicitar la devolución presencial de la fianza en cualquier oficina de BANCO SABADELL. Si no dispone del justificante original del depósito, deberá solicitar la devolución ante la Secretaría Territorial de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública.
SUPUESTO E. Si el justificante del depósito de su fianza corresponde con papel fianza original (BILLETES DE PAPEL FIANZA), deberá solicitar la devolución de la fianza ante la secretaría de la Dirección Territorial de València de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública.
Para cualquier consulta sobre fianzas urbanas, es imprescindible adjuntar el número de teléfono o la cuenta de correo electrónico para que podamos contestar la consulta.
- Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria
- Ley 29/1994, de 24 de noviembre
- Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque (BOE núm. 172, de 19.07.1985).
- Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalidad, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana (BOE núm. 281, de 22.11.2004).
- DECRETO 46/2022, de 29 de abril, del Consell, por el que se regula el régimen de depósito, devolución e inspección de las fianzas por arrendamientos de fincas urbanas y por prestaciones de servicios o suministros complementarios en la Comunitat Valenciana
A quién va dirigido
El propietario del bien inmueble arrendado.
Que el contrato de arrendamiento se haya extinguido
Cómo se tramita
46003 - València/Valencia
Solicitud
Una vez haya expirado el contrato de arrendamiento.
SUPUESTO A. Fianza depositada telemáticamente con un modelo 816 u 817. Únicamente podrá solicitar la devolución telemática de la fianza en https://hisenda.gva.es/es/web/tesoreria/fiances-urbanes Necesitará disponer de CERTIFICADO ELECTRÓNICO y conocer el número de su fianza, que aparece en el modelo 816 u 817 como número de fianza y en el justificante de pago como Nº DOCUMENTO: 816590*******. Si desconoce este número de fianza contacte con fianzastelematicas@gva.es
**En el caso de que la solicitud de devolución la realice una persona arrendadora que figura en el contrato pero no es quien realizó el depósito, al rellenar los datos de la persona arrendadora solicitante de la devolución, deberá:
- marcar la casilla “Seleccione esta opción si la persona arrendadora solicitante es diferente a la que depositó la fianza”, y
- adjuntar a la solicitud de devolución el contrato de arrendamiento.
SUPUESTO B. Fianza depositada en entidad bancaria, con un modelo 806 u 807. Hay que distinguir dos supuestos:
3) Si la fianza está depositada en CAIXABANK, CAJAMAR O BANCO SABADELL, podrá elegir entre:
C) solicitar la devolución presencial en la misma entidad bancaria donde se depositó. Necesitará el justificante original del arrendador del modelo 806 u 807.
D) solicitar la devolución telemática de la fianza en https://hisenda.gva.es/es/web/tesoreria/fiances-urbanes
Necesitará disponer de CERTIFICADO ELECTRÓNICO y conocer el número de su fianza, que aparece en el modelo 806 u 807. Si desconoce el número de su fianza contacte con fianzastelematicas@gva.es
**En el caso de que la solicitud de devolución la realice una persona arrendadora que figura en el contrato, pero no es quien realizó el depósito, al rellenar los datos de la persona arrendadora solicitante de la devolución, deberá:
- marcar la casilla “Seleccione esta opción si la persona arrendadora solicitante es diferente a la que depositó la fianza”, y
- adjuntar a la solicitud de devolución el contrato de arrendamiento
4) Si la fianza está depositada en ABANCA, IBERCAJA O BANCO SANTANDER, solamente podrá solicitar la devolución presencial, en cualquier sucursal de la entidad bancaria donde se depositó, si dispone del justificante original del arrendador del modelo 806 u 807. En caso contrario revise el supuesto C.
La aplicación de la GVA rechazará la devolución telemática de las fianzas depositadas en las entidades ABANCA, IBERCAJA O BANCO SANTANDER, hasta que actualicen sus sistemas y se adapten a la aplicación de la GVA.
SUPUESTO C. Por extravío del original del modelo 806 u 807. Hay dos supuestos:
3) Si la fianza está depositada en CAIXABANK, CAJAMAR o BANCO SABADELL deberá solicitar la devolución telemática de la fianza en https://hisenda.gva.es/es/web/tesoreria/fiances-urbanes Necesitará disponer de CERTIFICADO ELECTRÓNICO. Si desconoce el número de su fianza contacte con fianzastelematicas@gva.es
4) Si la fianza está depositada en ABANCA, IBERCAJA o BANCO SANTANDER, deberá solicitar instrucciones para la devolución contactando con fianzastelematicas@gva.es
** Para consultas sobre extravío del 806/807 contacte con fianzastelematicas@gva.es
SUPUESTO D. Fianzas depositadas mediante formulario en los bancos BANCAJA o CAM
1) Si la fianza fue depositada en BANCAJA (hasta el 7 de noviembre de 2007), podrá solicitar la devolución presentando ante la Secretaría Territorial de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, la siguiente documentación:
a. Solicitud de devolución con datos completos y teléfono o email.
b. Formulario de la fianza
c. Rescisión del contrato de arrendamiento
d. Certificado de titularidad de una cuenta bancaria
e. En caso de transmisión del inmueble, nota simple de titularidad.
2) Si la fianza fue depositada en CAM (hasta el 21 de enero de 2008), hay que distinguir dos supuestos:
A) Si dispone del justificante original del depósito de la fianza -formulario-, deberá solicitar la devolución presencial de la fianza en cualquier oficina de BANCO SABADELL, presentando la siguiente documentación:
a. Formulario de la fianza
b. Rescisión del contrato
c. Identificación de la persona arrendadora
d. En caso de transmisión del inmueble, nota simple de titularidad actual
B) Si no dispone del justificante original del depósito, deberá solicitar instrucciones para la devolución de la fianza contactando con fianzastelematicas@gva.es
**Para consultas sobre formularios, contacte con fianarren@gva.es
SUPUESTO E. Fianzas depositadas mediante PAPEL FIANZA.
Si el justificante que dispone del depósito de la fianza es en papel fianza ORIGINAL (BILLETES DE PAPEL FIANZA), para los contratos celebrados con anterioridad al 1/1/1984 o es el justificante ORIGINAL otorgado por la Cámara Oficial de la Propiedad Urbana por los contratos celebrados desde el 1/1/1984 hasta el 28/2/1988, deberá solicitar la devolución de la fianza contactando con la Secretaría Territorial de València de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración pública, al email fianarren@gva.es donde le indicarán el trámite a seguir.
En caso de hurto, extravío o destrucción del papel de fianzas o del resguardo original entregado por la Cámara de la Propiedad Urbana, será de aplicación la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, en su Capítulo VII.
Para devolución presencial, a cualquier sucursal de la entidad bancaria donde se depositó la fianza.
Devolución telemática
Para devolución telemática, siga las instrucciones de los supuestos A, B, C o D, según sea su caso.
Resolución
46003 - València/Valencia
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