Vínculos estrechos y régimen de participaciones significativas en los operadores de banca-seguros y en las corredurías de seguros. Economía

Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública

Código SIA: 211191
|
Código GVA: 2956
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Plazo abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

El objeto de este trámite es:

 

1. Posibilitar que los/las operadores de banca-seguros y las sociedades de correduría de seguros cumplan con la obligación legal de informar al órgano correspondiente de la Conselleria competente en materia de mediación de seguros privados:

- De cualquier relación que pretendan establecer con personas físicas o jurídicas que pueda implicar la existencia de vínculos estrechos.

- Del proyecto de transmisión de acciones o participaciones significativas.

 

2. Permitir que el citado órgano autonómico manifieste, en su caso, su oposición a la transmisión.

Será necesaria la falta de oposición previa de dicho órgano para poder llevar a cabo esas transmisiones.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

A) EL REGISTRO ESPECIAL DE DISTRIBUIDORES DE SEGUROS Y REASEGUROS DE LA COMUNITAT VALENCIANA.

El Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros de la Comunitat Valenciana está adscrito a la Consellería competente en materia de mediación de seguros privados.

 

- En dicho Registro se inscribirán los mediadores cuya competencia corresponda a la Generalitat.

 

- El contenido de ese Registro es el siguiente:

. Número de inscripción

. NIF

. Tipo de mediador

. Situación

. Tipo de persona

. Nombre/razón

. Primer apellido

. Segundo apellido

. Formación

. Fecha de alta

. Fecha de baja

. Capital social

. Número de participaciones

. Valor unitario

. Domicilio

. Atención al cliente

. Responsables de la atención

. Cobertura por anualidad de la responsabilidad civil

. Cobertura por siniestro de la responsabilidad civil

. Entidad aseguradora de la responsabilidad civil

. Capacidad financiera

. Administradores

. Dirección técnica

. Partícipes o cooperativistas

. Actos inscribibles

 

- La información relativa a la inscripción en ese registro está disponible en la Guía PROP en las siguientes direcciones (ver también enlaces en este mismo trámite):

* Si se trata de personas físicas: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=2963&version=amp

* Si se trata de personas jurídicas: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17888&version=amp

B) Conceptos de VÍNCULO ESTRECHO y PARTICIPACIÓN SIGNIFICATIVA

Se entiende por:

 

- Participación significativa en una entidad aseguradora o reaseguradora: la posesión en una entidad aseguradora o reaseguradora, de manera directa o indirecta, de al menos un 10 por 100 del capital o de los derechos de voto o cualquier otra posibilidad de ejercer una influencia notable en la gestión de la entidad.

 

- Vínculos estrechos: toda relación entre dos o más personas físicas o jurídicas si están unidas a través de una participación o mediante un vínculo de control.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Las sociedades de correduría de seguros y los operadores de banca-seguros inscritos en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros de la Comunitat Valenciana.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la solicitud y de la documentación requerida, EXCLUSIVAMENTE DE FORMA TELEMÁTICA, ante el órgano correspondiente de la Conselleria competente en materia de mediación de seguros privados, a quien corresponda la gestión del Régistro administrativo de distribuidores de seguros y...

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Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año.

Documentación

1.- INFORMACIÓN del proyecto de establecer una relación que pueda implicar la existencia de vínculos estrechos (según el modelo que figura como impreso asociado a este trámite Anexo III_ ANEVINES).

 

2.- SOLICITUD de no oposición al proyeco de transmisión de participaciones significativas ( según el modelo que figura como impreso asociado a este trámite denominado SOLDNOP)

 

3.- DOCUMENTACIÓN que debe acompañarse a la solicitud (SÓLO PARA EL CASO DEL PROYECTO DE TRANSMISIÓN DE PARTICIPACIONES SIGNIFICATIVAS):

 

a. Declaración de experiencia y honorabilidad comercial y profesional y de no incurrir en incompatibilidad de los administradores de las sociedades de correduría de seguros (según el modelo que figura como impreso asociado a este trámite denominado ANEXO I- DECHADNOP).

 

b. Declaración de honorabilidad comercial y profesional y de no incurrir en incompatiibilidad de las personas que integran el órgano de dirección responsable de la mediación de los seguros y las que ejercerán la dirección técnica o puesto asimiliado (según el modelo que figura como impreso asociado a este trámite denominado ANEXO II- DECHDRNOP).

Forma de presentación
Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la...
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Resolución

Plazo máximo

El órgano competente dispondrá de una plazo de tres meses, a partir de la presentación del expediente, para oponerse a la adquisición de participación significativa,y en el caso de no pronunciarse en dicho plazo, podrá procederse a la adquisición o incremento de la participación.

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órganos resolución