Adaptar a las peculiaridades de la Comunitat Valenciana el procedimiento de notificación telemática de la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y sus copias básicas que prevé el Real Decreto 1424/2002 - GVA.ES
Adaptar a las peculiaridades de la Comunitat Valenciana el procedimiento de notificación telemática de la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y sus copias básicas que prevé el Real Decreto 1424/2002
Organismo: LABORA SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO Y FORMACIÓN
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Usuarios del servicio
Las usuarias del servicio son las empresas, las administraciones públicas y el resto de entidades públicas y privadas sobre las que recae la obligación de presentar la notificación de la comunicación de los contratos de trabajo y sus copias básicas ante el Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
Las personas físicas designadas por las empresas, las administraciones públicas y el resto de entidades públicas y privadas tienen que obtener la autorización de uso de la aplicación mediante la funcionalidad "Solicitud y concesión de autorizaciones de uso", tal como se describe en la aplicación. Las personas físicas designadas con el fin de hacer la presentación telemática de la notificación se tienen que identificar y autenticar cuando accedan a la aplicación de la manera que se indica en la misma.
Observaciones
Observaciones
- Documentos sujetos a notificación
Los documentos que se tienen que notificar son los siguientes:
1.Los empresarios están obligados a comunicar a los Servicios Públicos de Empleo, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su concertación, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito.
2.Los empresarios deberán enviar o remitir a los Servicios Públicos de Empleo, la copia básica de los contratos de trabajo, previamente entregada a la representación de los trabajadores, si la hubiere.
- Sistema de consulta y seguimiento de la tramitación
La aplicación permitirá la impresión de todos los documentos y certificará la validez de los datos mediante la impresión de una huella electrónica de seguridad, a fin de que tenga efectos ante terceros. El usuario de la aplicación está facultado para certificar con sello y firma esta impresión.
Las personas interesadas pueden consultar su expediente administrativo en la misma aplicación informática.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Real Decreto 1424/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de las copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo y el uso de los medios telemáticos en relación con aquella (BOE nº 43, de 19/02/03).
- Orden TAS/770/2003, de 14 de Marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 1424/2002 por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de las copias básicas de los mismos a los Servicios Públicos de Empleo y el uso de los medios telemáticos en relación con aquella (BOE nº 82, de 5/04/03).
- Orden de 6 de julio de 2009, de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el procedimiento de notificación electrónica del contenido de los contratos de trabajo y sus copias básicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6075, de 10/08/09).
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Solicitud
Plazo
Plazo
La comunicación de los contratos de trabajo y sus copias básicas por los medios telemáticos se puede llevar a cabo durante las veinticuatro horas del día y se tiene que hacer con sujeción a los plazos que en cada momento estén establecidos legalmente.
A efectos de cómputo de plazos, la recepción en un día inhábil se entiende llevada a cabo el primer día hábil siguiente.
Formularios y documentación
Impresos asociados
Presentación
Presentación
Telemática
La comunicación telemática de la contratación se realizará accediendo a Contrat@ en la dirección anterior.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LABORA - ALICANTE
- DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LABORA - CASTELLÓN
C/ PINTOR LORENZO CASANOVA, 6
03003 - Alacant/Alicante
C/ HISTORIADOR VICIANA, 8
12002 - Castelló/Castellón
Órganos resolución
Órganos resolución
- DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LABORA - ALICANTE
- DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LABORA - CASTELLÓN
C/ PINTOR LORENZO CASANOVA, 6
03003 - Alacant/Alicante
C/ HISTORIADOR VICIANA, 8
12002 - Castelló/Castellón
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí