Detalle de Procedimientos - GVA.ES
Depósitos fijos de gas licuado de petróleo (GLP) SIN PROYECTO (ITC-3). Nueva instalación, modificación (incluye alta y baja de tanques), cambio de titular y baja. Industria
Organismo: CONSELLERIA DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO
Plazo de solicitud:
Plazo abierto
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
Objeto
Comunicar la puesta en servicio de nuevas instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos, modificación, cambio de titular y baja.
Observaciones
PRUEBAS PREVIAS:
Ver apartado 5.4 ITC-ICG 03
Interesados
Las personas titulares de la instalación y sus representantes.
Normativa del procedimiento
- Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11 (BOE núm. 211, de 04.09.2006).
- Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.(BOE núm. 125, de 22/05/2010).
- Decreto141/2012, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales.DOCV nº, 6873, de 01/10/2012).
- Real Decreto 542/2020, de 26 de mayo, por el que se modifican y derogan diferentes disposiciones en materia de calidad y seguridad industrial (BOE nº 172, de 20/06/2020)
- Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, por el que se modifican diferentes disposiciones en materia de calidad y seguridad industrial (BOE nº 101, de 28/04/2021)
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones
- Ver Real Decreto 542/2020, de 26 de mayo
- Ver el Real Decreto 919/2006.
- Ver Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo,
- Ver Decret 141/2012, de 28 de septiembre, del Consell,
- Ver Orden 14/2022, de 5 de diciembre
- Ver Real Decreto 298/2021, de 27 de abril
Plazo
ALTA/MODIFICACIÓN:
Una vez finalizada la ejecución o la modificación de la instalación y previo al primer llenado.
BAJA DE LA INSTALACIÓN:
En el supuesto de baja de la totalidad de la instalación, deberá ser comunicado por la persona titular, una vez realizado el inertizado o desgasificado de todos los depósitos.
CAMBIO DE TITULARIDAD:
En el caso de cambio de titular de la instalación, deberá ser comunicado por el nuevo titular.
Documentación
A) En el supuesto de ALTA
(se indican los formularios normalizados existentes en el trámite):
- Formulario web de datos generales
- Formulario web de datos específicos de la instalación
- Comunicación de instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos
(COMUFIJO).
- Certificado de instalación de almacenamiento
(CERINSFI).
- Certificado de inspección del organismo de control (CEROCADF).
- Memoria técnica
(MEMGLPFI).
- Certificado de un técnico facultativo competente, al que se refiere la norma UNE 60250 para depósitos instalados en azotea
.
- Contrato de mantenimiento
.
B) MODIFICACIÓN :
Para tramitar tanto las altas de nuevos tanques como las anulaciones, en instalaciones existentes, se utilizará el trámite de modificación. La obligatoriedad en la presentación de los diferentes documentos será la que a continuación se indica:
- Formulario web de datos generales
_ Formulario web de datos específicos de la instalación
1. ALTA DE NUEVOS TANQUES:
- Certificado de instalación de almacenamiento (CERINSFI).
- Certificado de inspección del organismo de control (CEROCADF).
- Memoria técnica (MEMGLPFI).
- Certificado de un técnico facultativo competente, al que se refiere la norma UNE 60250 para depósitos instalados en azotea
- Contrato de mantenimiento
2. ANULACIÓN DE TANQUES (SIN BAJA DE LA INSTALACIÓN)
- Certificado de inertizado de tanques.
C) CAMBIO DE TITULARIDAD:
- Formulario web de datos generales
- FOrmulario web de datos específicos de la instalación: cambio de titular
D) BAJA
DE LA INSTALACIÓN
- Formulario web de datos generales
- Formulario web de datos específicos de la instalación: baja de la instalación
- Certificado de inertización de la totalidad de los tanques de la instalación.
Impresos asociados
- (CERINSFI) CERTIFICADO DE INSTALACIÓN DE ALMACENAMIENTO DE GLP EN DEPÓSITOS FIJOS (RD 919/2006, de 28 de julio, ITC-ICG 03)
- (CEROCADF) CERTIFICADO DE INSPECCIÓN DE CENTRO DE ALMACENAMIENTO DE GLP EN DEPÓSITOS FIJOS POR ORGANISMO DE CONTROL (RD 919/2006, de 28 de julio, apartado 5.5 de la ITC-ICG 03)
- (MEMGLPFI) MEMORIA TIPO: INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE GLP EN DEPÓSITOS FIJOS (RD 919/2006, de 28 de julio, ITC-ICG 03)
Forma presentación
Telemática
1. La presentación se realizará de MANERA EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA. La persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (personas físicas), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados).
Le recomendamos compruebe la validez del certificado en la siguiente dirección:
https://valide.redsara.es/valide.inicio.html
2. Pinchando en el enlace directo que acaba de indicarse al principio de este apartado o en el enlace "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación que corresponda y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro.
El trámite telemático le irá guiando en la presentación, y le indicará la documentación a presentar en cada caso, en función de la petición realizada.
3. En el supuesto que el representante no figure inscrito en el registro correspondiente, el sistema le irá indicando los pasos a seguir a través de la bandeja de firmas/carpeta ciudadana, con el fin de que las solicitudes y demás documentación sean firmados por quien corresponda, hasta llegar a la fase final de registro.
4.- Respecto a los documentos a anexar:
- Es recomendable que, en primer lugar, reúna todos los documentos a presentar y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático.
- IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente y tendrán que incorporar las firmas digitales de la/s persona/s o entidad/es que los suscriban.
* En el apartado denominado "¿Qué documentación se debe presentar?" aparece el listado de documentos a presentar
* Y en el apartado "Impresos Asociados" (además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso.
- En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos.
5.- Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección:
http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion
- Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es
- Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es
Donde consultar dudas sobre el trámite
- Correo para dudas técnicas: generalitat_en_red@gva.es
Normativa
Enlaces
- Registro Electrónico de Apoderamientos (REA)
- Consulta instalaciones industriales.
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
- Carpeta ciudadana
- Cita previa
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
- Sede electrónica
Información tramitación
- Presentación de la documentación requerida (de forma exclusivamente telemática).
- Asignación de número de registro a la instalación.
- Visita de inspección, en su caso
- Subsanación de documentación, en su caso
- Iniciación de expediente sancionador, en su caso
NOTA:
En el supuesto de necesitar algún tipo de información técnica, le recomendamos solicite cita previa a través del correspondiente enlace (ver enlaces)
órganos de tramitación
Organismos
- SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS - ALICANTE
- SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS - CASTELLÓN
- SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS - VALENCIA
C/ CHURRUCA, 29
03003 - Alacant/Alicante
C/ CAVALLERS, 8
12001 - Castelló/Castellón
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
Órganos resolución
Organismos
- CONSELLERIA DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2
46018 - València/Valencia