Solicitud de ayudas compensatorias por los costes de prevención y erradicación de salmonelosis en avicultura - GVA.ES
Solicitud de ayudas compensatorias por los costes de prevención y erradicación de salmonelosis en avicultura
Qué es
Se establece una ayuda de carácter compensatorio por los costes de prevención, control y erradicación en el sector avícola de la Comunitat Valenciana de determinados serotipos de salmonella de importancia para la salud pública, tal como se definen en la normativa estatal y comunitaria, en el marco de los siguientes programas:
1. Programa Nacional de Vigilancia, Control y Erradicación de determinados serotipos de Salmonella en manadas de gallinas reproductoras de la especie Gallus gallus.
2. Programa Nacional de Vigilancia y Control de determinados serotipos de Salmonella en gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus.
3. Programa Nacional de Vigilancia de determinados serotipos de Salmonella en pollos de carne, broilers, de la especie Gallus gallus.
4. Programa Nacional de Vigilancia y Control de determinados serotipos de Salmonella en pavos.
* GASTOS SUBVENCIONABLES Tendrán la consideración de gastos subvencionables los servicios que la asociación o agrupación de productores presten, desde el 16 de octubre del año anterior del ejercicio presupuestario en cuestión hasta el 15 de octubre de cada ejercicio presupuestario para el que hayan sido concedida la subvención y que queden englobados en los servicios expuestos para los grupos A o B siguientes:
1. Grupo A. Autocontroles y medidas de bioseguridad: - Controles sanitarios derivados de los autocontroles efectuados en cumplimiento de los diferentes programas nacionales, estos incluirán la toma de muestras y las pruebas de detección de la enfermedad.
- Gastos de sacrificio o destrucción de animales positivos a Salmonella zoonótica de reproductoras o ponedoras, en el caso de no poder acogerse a las ayudas contempladas en la Orden 10/2011, de 24 de marzo, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aplican los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de animales sospechosos o enfermos o con riesgo a ser afectados como medida provisional, como medida amparada en la declaración oficial de una enfermedad, o formando parte de las campañas de control o erradicación de enfermedades en la Comunitat Valenciana.
- Limpieza, desinfección, desinsectación y desratización de las instalaciones y utillaje, mediante la utilización de productos autorizados y métodos adecuados o el servicio realizado por terceros de limpieza y desinfección en caso de foco hasta asegurar la ausencia de Salmonella acreditada mediante analíticas.
2. Grupo B. Compra y administración de vacunas de determinados serotipos de Salmonella:
- Compra y administración de vacuna destinadas a la vacunación de las futuras ponedoras en explotaciones de cría de la Comunitat Valenciana.
- Compra y administración de vacunas destinadas a la vacunación de futuras reproductoras en explotaciones de cría de la Comunitat Valenciana.
- Compra y administración de vacunas destinadas a la vacunación de ponedoras o reproductoras en explotaciones de puesta de la Comunitat Valenciana. En el caso de adquisición de futuras ponedoras o reproductoras vacunadas destinadas a explotaciones de la Comunitat Valenciana se entenderá como gasto subvencionable, aquellos gastos derivados de la vacunación de estas, conforme al plan vacunal establecido. Se subvencionarán solo las vacunas administradas que dispongan de la previa autorización de comercialización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos sanitarios o por la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento (CE) Nº 726/2004 del Parlamento y Consejo.
A quién va dirigido
Las asociaciones o agrupaciones de productores que desarrollen su actividad en el sector avícola de la Comunitat Valenciana, y que presten servicios de controles sanitarios y medidas de prevención frente a Salmonelosis de importancia para la salud pública, así como sacrificio y destrucción de animales afectados a las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana que tengan la condición de PYME según los criterios establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, si cumplen las condiciones previstas en la convocatoria.
La ayuda debe trasladarse a las explotaciones avícolas beneficiarias finales de las ayudas contempladas en la presente Orden, de acuerdo con el párrafo anterior, a través de los servicios subvencionados o actividad prestada por la asociación o agrupación.
La ayuda se abonará a las asociaciones o agrupación de productores a la que pertenezcan dichas explotaciones avícolas. No podrá concederse la ayuda cuando se establezca que la enfermedad fue causada deliberadamente o por negligencia de la persona beneficiaria final.
Las personas beneficiarias finales están obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en la normativa materia de medidas frente a la Salmonella y en los Programas Nacionales del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y autonómicos respectivos, el Plan Anual Zoosanitario autonómico en vigor, así como al cumplimiento de la normativa general y especifica en materia de bienestar y sanidad animal en las explotaciones ganaderas. Las explotaciones avícolas beneficiarias finales deben estar inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Valenciana en activo y de acuerdo con el censo que figure en REGA a fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud.
Cómo se tramita
1. Presentación de la solicitud y la documentación requerida.
2. La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde al Servicio con competencias en materia de sanidad animal, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la Propuesta de Resolución, remitiendo al órgano colegiado un informe de evaluación de las solicitudes.
3. El órgano colegiado emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, y en base aéste será el encargado de realizar la propuesta de resolución de concesión de las ayudas, a la vista del informe de evaluación de las solicitudes.
4. A la vista de la documentación aportada y la propuesta del órgano colegiado, el órgano competente resolverá la concesión de estas ayudas. La Resolución incluirá la concesión o denegación expresa de la subvención, de la que estarán excluidos todos los impuestos.
5. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 6 meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria anual.
6. Transcurrido este plazo sin que se haya notificado resolución expresa, los interesados podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Estas ayudas se establecen en régimen de concurrencia competitiva. Si el conjunto de ayudas solicitadas superase los fondos disponibles, se ordenarán las solicitudes según el número de animales afectados por el programa, atendiéndose en primer lugar las solicitudes a las que afecte un mayor número de animales de la especie Gallus gallus y Meleagris gallopavo.
Para aplicar este criterio se tendrá en cuenta la suma de los animales de ambas especies. En caso de empate en la puntuación final obtenida por los solicitantes, tendrán preferencia aquellas agrupaciones o asociaciones que acrediten ocupar mayor porcentaje de trabajadores discapacitados en relación con sus respectivas plantillas o se comprometan a contratar un porcentaje mayor durante el ámbito temporal de la ayuda. En caso de persistir el empate, se tendrá en cuenta la fecha y hora de entrada de la solicitud.
Formularios
Solicitud
El plazo de presentación de las solicitudes para el ejercicio 2024 será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV Num. 9870, de 13.06.2024).
- Simulación de Tramitación Telemática en la Generalitat Valenciana (Cl@ve-firma)
- Sistemas de Firma Electrónica admitidos y/o usados en la Sede
- Sistemas de verificación de Firma
- El trámite para dar de alta una nueva cuenta bancaria, modificarla o darla de baja se puede realizar telemáticamente, consulte: PROPER. Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias (Domiciliación bancaria). Trámite automatizado:
- Resolución de 28 de mayo de 2024, del director general de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el ejercicio 2024, las ayudas compensatorias por los costes de prevención y erradicación de salmonelosis en avicultura, en el ámbito de la Comunitat Valenciana (DOGV. N.º 9870/...
- Extracto de la Resolución de 28 de mayo de 2024, del director general de Producción Agrícola y Ganadera, por la cual se convocan para el ejercicio 2024, las ayudas compensatorias por los costes de prevención y erradicación de salmonelosis en avicultura, en el ámbito de la Comunidad Valenciana...
Alegación / Aportación
Resolución
Ante la resolución procederá el recurso de reposición ante el titular de la Conselleria competente en materia de ganadería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 y 124 de la Ley...
Justificación
El plazo de justificación de las inversiones para la convocatoria del ejercicio 2024 finaliza el día 15 de octubre de 2024.
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