Solicitud de plaza en la residencia de tiempo libre de El Puig de Santa Maria. Trabajo - GVA.ES
Solicitud de plaza en la residencia de tiempo libre de El Puig de Santa Maria. Trabajo
Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad
Qué es
Posibilitar la solicitud de plaza en la residencia de tiempo libre de El Puig de Santa Maria, de acuerdo con el régimen de funcionamiento y estancias de las residencias de tiempo libre dependientes de la Generalitat Valenciana y las relaciones que se establezcan entre éstas y sus usuarios.
Las fechas en las que debe regir la temporada especial correspondiente a las Fallas y a la Semana Santa de 2025 son las siguientes:
- Semana de Fallas: Comprende del 13 al 19 de marzo.
- Semana Santa: Comprende desde el viernes santo al lunes de pascua (del 18 al 21 de abril).
Las fechas que comprenden las temporadas altas son las siguientes:
- Navidad: se establece desde el día 24 de diciembre hasta el día 6 de enero.
- Verano: se establece entre los días 1 de junio y 30 de septiembre.
El período de temporada alta de verano se distriburiá en dos modelos, atendiendo a la duración de los turnos:
- Para los períodos comprendidos entre los días 1 y 30 de junio, y del 11 y al 30 de septiembre, se establece una estancia con duración mínima de 3 días y máxima de 15.
- El período comprendido entre el día 1 de julio y el día 11 de septiembre, se distribuirá en turnos de 10 días, según la tabla siguiente:
Turno 1. Del 1 al 10 de julio.
Turno 2. Del 11 al 20 de julio.
Turno 3. Del 21 al 31 de julio.
Turno 4. Del 1 al 10 de agosto
Turno 5. Del 11 al 20 de agosto.
Turno 6. Del 21 al 31 de agosto.
Turno 7. Del 1 al 10 de septiembre.
- Decreto 41/1998, de 31 de marzo, del Gobierno Valenciano, sobre Residencias de Tiempo Libre de la Generalitat Valenciana (DOGV núm. 3218, de 06/04/1998). DOGV núm. 3218 de 06-04-1998
- Orden de 8 de abril de 1998, de la Conselleria de Empleo, Industria y Comercio, por la que se establece el régimen de funcionamiento y estancias en residencias de tiempo libre de la Generalitat Valenciana (DOGV núm. 3223, de 16/04/1998). DOGV núm. 3223 de 16-04-1998
- Orden 5/2021, de 23 de junio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 1998, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el régimen de funcionamiento y estancias de las...
- Resolución de 24 de febrero de 2025, por la que se fijan los precios máximos para el año 2025 de los servicios de residencia de tiempo libre de la Generalitat, se determinan los periodos de funcionamiento, fechas de las temporadas altas y especiales, y turnos de la temporada alta de verano. DOGV...
A quién va dirigido
Pueden solicitar plaza en la residencia las siguientes personas:
- Los trabajadores afiliados a cualquier régimen de la Seguridad Social, cualquiera que sea su situación laboral y los parientes de éstos hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
- Los funcionarios públicos, cualquiera que sea su situación administrativa y los parientes de éstos hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
- Los pensionistas de los distintos regímenes de la Seguridad Social y del de Clases Pasivas de los funcionarios y los parientes de éstos hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
- Los emigrantes españoles en el extranjero y los parientes de éstos hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
- Las personas nacionales o residentes legalmente en cualquiera de los restantes países de la Unión Europea, siempre que en su país de origen se encuentre en una situación análoga a las descritas anteriormente.
- Las asociaciones sindicales y las entidades no lucrativas, españolas o del resto de la Unión Europea, en favor de sus socios, asociados o miembros.
- Las organizaciones no gubernamentales siempre que el motivo de la solicitud sea de carácter humanitario o ésta se efectúe en el marco de la cooperación internacional.
Cómo se tramita
Recibida la solicitud en el Servicio de Ordenación Laboral de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, se remite íntegramente a la Residencia de tiempo libre de El Puig, donde resolverán la petición presentada.
a) En TEMPORADA ALTA de VERANO:
En temporada alta de verano tendrán preferencia para ocupar las plazas disponibles en una residencia, los grupos familiares de tres o más miembros que no hayan disfrutado de estancias en esa misma residencia, durante el período de los dos años anteriores a la fecha del inicio del período solicitado.
En el caso de que el número de solicitudes de este tipo rebase el total de plazas disponibles, la adjudicación de las mismas entre dichos grupos se efectuará por sorteo.
Las plazas que tras la adjudicación por el sistema de preferencia descrito queden libres, se adjudicarán por sorteo entre las restantes solicitudes.
Como norma general, se notificará a las personas solicitantes, tanto si se le ha adjudicado la plaza, como si no.
b) En las RESTANTES TEMPORADAS:
Se adjudican las plazas por riguroso orden de registro de entrada, siempre que haya capacidad disponible.
Si la solicitud se ha realizado mediante instancia, se notificará a la persona interesada por escrito.
Las plazas que, una vez adjudicadas, sean objeto de cancelación de la correspondiente reserva se volverán a adjudicar por riguroso orden de solicitud, entre aquellas solicitudes que no hubieran resultado todavía adjudicatarias de plaza alguna.
c) PAGO
En la notificación de la adjudicación de la plaza a la persona interesada, se indicará el plazo para proceder al ingreso de la cantidad total del período que vaya a disfrutar, según los precios máximos fijados por resolución de la persona titular de la conselleria competente en materia de trabajo.
46004 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
- En SEMANA SANTA: con una antelación mínima de un mes al inicio del periodo que se solicita.
- En TEMPORADA ALTA de VERANO: antes del día 30 de abril de cada año.
- En los RESTANTES CASOS: con una antelación mínima de quince días al inicio del período que se solicita.
Las personas solicitantes deben presentar la siguiente documentación:
- SOLICITUD de plaza en la residencia (según modelo normalizado SOLRESID, que figura como impreso asociado a este trámite y también está disponible en el trámite telemático), debidamente cumplimentada con los datos requeridos y dirigida al/a la director/a de la residencia, en la que únicamente podrá solicitarse un turno.
- Fotocopia del DNI de la persona solicitante (únicamente en el supuesto de no autorizar la consulta interactiva de sus datos).
1. Si se opta por la presentación telemática de la solicitud y de la documentación requerida se realizará MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO cuyo enlace directo acaba de indicarse. 2. Para esa presentación telemática, la persona (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica...
Presencialmente, por teléfono, por fax o por correo en las direcciones siguientes:
RESIDENCIA DE TIEMPO LIBRE EL PUIG DE SANTA MARÍA
Camino de la Mar, s/n
Fax: 96 1461670
Tfno. 96 1461150
46540 EL PUIG (Valencia)
O en cualquiera de las formas que establece el artículo 66 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Resolución
- En TEMPORADA BAJA:
Una vez se le notifica al interesado la adjudicación de plazas, dispone de un plazo máximo de 30 días para proceder al ingreso de la cantidad total del período vacacional que se vaya a disfrutar.
- En TEMPORADA ALTA:
Como norma general durante el mes de mayo se notificará a los adjudicatarios.
Desde esta notificación de adjudicación dispondrán de un plazo de 30 días para proceder al ingreso de la cantidad correspondientes, según periodo.
Precios por servicios de estancias en régimen de pensión completa:
1. Precios que regirán en la temporada baja/media:
- 44,43 euros, por persona y día, en habitación de dos o más plazas ocupadas.
- 62,02 euros, por persona y día, en habitación de ocupación individual.
2. Precios que regirán en las temporadas altas y especiales establecidas:
- 57,55 euros, por persona y día, en habitación de dos o más plazas ocupadas.
- 78,31 euros, por persona y día, en habitación de ocupación individual.
3. Precios por los demás servicios:
Servicios de restauración a no residentes:
- Abono semanal: 184,08 euros.
- Abono diario: 28,67 euros.
- Desayuno: 3,01 euros.
- Comida: 15,20 euros.
- Cena: 13,34 euros.
Servicio de lavandería: 8,25 euros.
Garaje: 6,14 euros.
Los precios fijados según la relación anterior no incluyen las consumiciones de cafetería, servicios discrecionales de animación, ni otras actividades de ocio en que participen voluntariamente los residentes, organizadas por estos, o concertadas por los mismos con el concesionario de la residencia, o con empresas turísticas. A todos los precios se les repercutirá el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) correspondiente al tipo impositivo vigente en el momento del nacimiento de la obligación de pago del servicio.
4. Descuentos a aplicar a los precios anteriores: En todas las temporadas:
- Niños y niñas menores de 2 años cumplidos, en habitación con sus responsables: exentos.
- Niños y niñas de 2 hasta 12 años (incluidos), en habitación con sus responsables: 50%. En temporada media/baja:
- Grupos de 25 o más personas, adultas o mayores de 12 años: 10%.
- Personas mayores de 60 años, o con diversidad funcional: 15%.
5. Recargos:
- Servicios de restauración en domingos y festivos, a no residentes que carezcan de bono: 10 %.
- Estancias de duración inferior a tres días, en temporada media-baja y Navidad: 20 %
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
46003 - València/Valencia
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