Inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de EMPRESAS conservadoras de ASCENSORES. Alta, modificación y cese. Industria

Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo

Código SIA: 210636
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Código GVA: 393
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Se inscribirán a través de este trámite aquellas empresas instaladoras que tengan la sede social en la comunidad valenciana, teniendo a partir de la inscripción validez en todo el territorio nacional.

 

A través de este trámite se posibilitan las siguientes acciones:

 

A) ALTA (inscripción en el Registro Integrado Industrial y habilitación para el ejercicio de la actividad)

 

- La inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de empresas conservadoras de ascensores legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en España, así como su habilitación para el ejercicio de esa actividad.

 

- La inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de empresas conservadoras de ascensores legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea que deseen realizar la actividad en régimen de libre prestación en territorio español.

 

 

De acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, la presentación de la correspondiente declaración responsable ante la Administración competente habilita, desde ese momento y por tiempo indefinido, a la empresa conservadora para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.

 

 

B) MODIFICACIÓN y CESE

 

También posibilita la inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de los datos de las referidas empresas que hayan sido objeto de modificación, así como del cese de sus actividades.

Plazos
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Observaciones

 

ASCENSORES

 

Se denomina «ascensores» a todos los aparatos de elevación a los que se refiere la ITC-AEM 1 (Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores", aprobada por Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero).

 

 

EMPRESA CONSERVADORA DE ASCENSORES

 

Se considera empresa conservadora de ascensores la persona natural o jurídica que desarrolla las actividades de mantenimiento, reparación y modificaciones importantes de los ascensores objeto de la referida ITC-AEM 1 y de acuerdo con las prescripciones que se indican en dicha ITC, habiendo presentado previamente la correspondiente declaración responsable de inicio de actividad.

 

Existen diversos trámites y servicios relativos a actividades desarrolladas por empresas conservadoras de ascensores en la Guía Prop de la Generalitat Valenciana, algunos de los cuales pueden consultarse a través del enlace directo disponible en el apartado "Enlaces y Procedimientos relacionados" de este trámite.

 

 

CONSERVADOR/A de ascensores

 

El/la conservador/a de ascensores es la persona física que:

 

- Tiene conocimientos suficientes para desempeñar las actividades de mantenimiento y modificaciones importantes a que se refiere la citada ITC-AEM 1.

 

- Debe desarrollar su actividad en el seno de una empresa conservadora de ascensores habilitada.

 

- Y debe cumplir y poder acreditar ante la Administración competente cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control, una de las situaciones de obtención de la condición de conservador/a de ascensores previstas en la normativa vigente.

 

La empresa conservadora, en su declaración responsable para el ejercicio de la actividad, acreditará que la documentación o titulación del personal cualificado de que dispone, le capacita para el desempeño de la actividad.

 

Todo ello puede consultarse en el servicio existente al respecto en la Guía Prop (ver enlace en el apartado "Enlaces" de este trámite).

Normativa

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

La persona titular de una empresa conservadora de ascensores, o su representante.

Requisitos

1) Requisitos para el ejercicio de la actividad: los previstos en el Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención y en el Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria AEM 1, "Ascensores" (ver enlace a estas normas en el apartado "Lista de normativa").

 

 

2) Para realizar TRÁMITES TELEMÁTICOS ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite.

 

Sin esa inscripción previa o sin un certificado electrónico de representante NO puede realizarse el trámite telemático en representación de otra persona. No obstante, en esos casos puede utilizarse la BANDEJA DE FIRMAS, que es una funcionalidad integrada en la Carpeta Ciudadana para posibilitar que la persona en nombre de la cual se quiere realizar el trámite telemático firme el/los formulario/s web, el/los documento/s a anexar (en su caso) y su presentación final en registro. En la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana dispone de ayuda con preguntas frecuentes sobre la Carpeta Ciudadana, que incluye un tutorial de funcionamiento de la Bandeja de Firmas (ver también en el apartado "Enlaces" de este trámite) y, además, en el propio trámite telemático se le irán indicando los pasos a seguir.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. Presentación DE FORMA TELEMÁTICA de la declaración responsable ante el Servicio Territorial competente en materia de Industria de la provincia de la Comunitat Valenciana donde se establezca la empresa (en caso de alta) o donde esté establecida (en caso de modificación o cese).

 

2. Si lo solicitado es correcto, el referido Servicio Territorial competente:

 

- En caso de alta asignará, de oficio, un número de identificación a la empresa y la inscribirá en el Registro Integrado Industrial (RII).

El número de RII podrá consultarse en la página web de dicho Registro estatal (ver enlace directo al RII en el apartado "Enlaces" del presente trámite).

 

- En el resto de casos realizará la inscripción que corresponda en el Registro Integrado Industrial (RII).

 

3. Si lo solicitado NO es correcto o es incompleto, se emitirá un requerimiento de subsanación a la empresa declarante.

 

* La subsanación también deberá realizarse por vía telemática, utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite).

 

* Tras ello:

 

- Si la empresa subsana, se procede según se ha descrito en el punto 2.

 

- Si NO subsana, transcurrido el plazo correspondiente se resuelve declarándole desistida y se archiva el expediente.

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año, de acuerdo con los siguientes plazos:

 

a) En caso de ALTA, estas empresas deberán presentar la declaración responsable ANTES DE COMENZAR SUS ACTIVIDADES.

 

b) En caso de MODIFICACIÓN de alguno de los datos incluidos en la declaración responsable originaria, así como en caso de CESE de las actividades, estas empresas deberán presentar la declaración responsable comunicándolo en el plazo de UN MES desde que se produzcan.

Documentación

Tanto para el ALTA, la MODIFICACIÓN o el CESE deberán presentar, telemáticamente y marcando la opción correspondiente, la declaración responsable que corresponda a su caso concreto según modelo normalizado específico disponible como FORMULARIO WEB en el trámite telemático.

 

Esos modelos de declaraciones responsables son, respectivamente:

 

a) El correspondiente a las empresas conservadoras de ascensores legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en España.

 

b) El correspondiente a las empresas conservadoras de ascensores legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea que deseen realizar la actividad en régimen de libre prestación en territorio español.

 

 

NOTAS:

 

1. De acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, esta declaración responsable habilita a la empresa conservadora por tiempo indefinido y desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.

 

2. Aunque junto con la declaración responsable estas empresas no han de presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que les son exigibles, esta documentación deberá estar disponible para su presentación inmediata ante la Administración competente, cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control.

Forma de presentación
Telemática
1. La declaración responsable ha de presentarse por medios electrónicos MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO correspondiente. 2. Para esa presentación telemática, la persona declarante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en...
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