Subestaciones y centros de transformación (instalaciones de titularidad privada excluyendo las líneas eléctricas de alta tensión): alta, baja, ampliación, modificación y cambio de titularidad . Industria - GVA.ES
Subestaciones y centros de transformación (instalaciones de titularidad privada excluyendo las líneas eléctricas de alta tensión): alta, baja, ampliación, modificación y cambio de titularidad . Industria
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
Procedimiento para el alta, baja, ampliación, modificación y cambio de titularidad de instalaciones eléctricas de alta tensión, que no son propiedad de entidades de producción, transporte y distribución de energía eléctrica. QUEDAN EXCLUIDAS LAS LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN DE TITULARIDAD...
- Las subestaciones transformadoras de tensión igual o superior a 220 kV y los transformadores 400/220 kV, los autoriza el Ministerio con competencias en materia de Industria.
- Las subestaciones transformadoras con tensiones superiores o iguales a 132 kV, o de potencia superior o igual a 75 MVA, las autoriza la Dirección General que ostenta las competencias en materia de Seguridad Industrial (esto sólo en energía, Decreto 88/2005, no en las liberalizadas).
- Las instalaciones de alta tensión, que pertenezcan a establecimientos industriales liberalizados podrán proceder a su puesta en funcionamiento, según el artículo 20 del Real Decreto 2135/1980, de 26 de septiembre.
- Decreto 88/2005, de 29 de abril, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competencia de la Generalitat (DOGV nº 4999,de 5/05/2005).
- Decreto 141/2012, de 28 de septiembre del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales (DOCV núm. 6873, de 01/10/2012).
- Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23. (BOE núm. 139, de 09/06/2014).
- Reglamento (UE) no 548/2014 de la Comisión, de 21 de mayo de 2014, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los transformadores de potencia pequeños, medianos y grandes ( DOUE, L 152,22 de mayo de 2014)
A quién va dirigido
La persona interesada titular de la instalación o su representante legal.
Cómo se tramita
ALTA, BAJA, AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN
- Presentación de la solicitud y documentación (de forma presencial o telemática).
- Si la documentación está completa, se procederá a diligenciar la documentación de puesta en servicio de la instalación. A continuación se grabarán los correspondientes datos en el registro de instalaciones de alta tensión.
- Visita de inspección, en su caso.
- Si la documentación no está completa, se requerirá a la persona interesada la documentación a presentar. De no aportarse la documentación requerida, transcurrido el plazo correspondiente, se archivará el expediente.
CAMBIO DE TITULARIDAD
- Presentación de la solicitud y documentación (de forma presencial o telemática).
- Si la documentación está correcta, se modificarán los datos en el registro o registros correspondientes, procediéndose a diligenciarse la documentación de puesta en servicio de la instalación, que se envía sellada (en su caso).
- Si la documentación no está correcta, se concederá un plazo de diez días a los interesados para subsanar las deficiencias. De no producirse la subsanación, se enviará la resolución de archivo del expediente.
03001 - Alacant/Alicante
Formularios
- (SOINEAT) SOLICITUD DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN QUE NO SEAN PROPIEDAD DE ENTIDADES DE PRODUCCIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (RD 337/2014)
- (CERFOAT) CERTIFICADO FINAL DE OBRA DE INSTALACIÓN DE ALTA TENSIÓN
- (DECRESTE) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS TÉCNICOS COMPETENTES PROYECTISTA Y DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS
- (CERINSAT) CERTIFICADO DE INSTALACIÓN DE ALTA TENSIÓN
- (AUTNOT) DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN
Solicitud
Durante todo el año
Formularios
- (SOINEAT) SOLICITUD DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN QUE NO SEAN PROPIEDAD DE ENTIDADES DE PRODUCCIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (RD 337/2014)
- (CERFOAT) CERTIFICADO FINAL DE OBRA DE INSTALACIÓN DE ALTA TENSIÓN
- (DECRESTE) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS TÉCNICOS COMPETENTES PROYECTISTA Y DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS
- (CERINSAT) CERTIFICADO DE INSTALACIÓN DE ALTA TENSIÓN
- (AUTNOT) DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN
Esta opción solo es válida para personas físicas:
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la
de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones
Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la
Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
La Atención Presencial para Información General y REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN (solo para Personas físicas) Será Únicamente MEDIANTE CITA PREVIA, consulte la información en el siguiente enlace : http://www.indi.gva.es/es/cita-previa
La INFORMACIÓN SOBRE EXPEDIENTES EN TRAMITE se ofrecerá Únicamente mediante CITA PREVIA CON el PERSONAL TÉCNICO O ADMINISTRATIVO, consulte la información en el siguiente enlace: http://www.indi.gva.es/es/cita-previa
Dónde dirigirse
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Resolución
La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General competente en materia de industria o ante la persona titular de la Conselleria con competencias en materia de industria, dependiendo del órgano al que corresponda emitir...
46018 - València/Valencia
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
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