Solicitud de inscripción de una sociedad agraria de transformación en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) de la Comunidad Valenciana

Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca

Código SIA: 210695
|
Código GVA: 559
Descargar información
Plazo de solicitud abierto

Desde 10-09-2018 00:00:00h

  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Procedimientos relacionados
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Alegación / Aportación
  • Resolución
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés

Qué es

Qué es y para qué sirve

La inscripción en el Registro de SAT de la Comunidad Valenciana, gozando desde ese momento de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 10-09-2018 00:00:00h
Alegación / AportaciónPlazo abierto

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

Podrán asociarse para promover la constitución de una SAT quienes cumplan cualquiera de los requisitos establecidos a tales efectos.

 

Requisitos

1.- Ser titular de explotación agraria inscrita en el REGEPA, o de una explotación forestal, o titular de explotación ganadera inscrita en el REGA, bien como propietario o como arrendatario.

2.- Ser trabajador agrario, bien sea autónomo o por cuenta ajena, inscritos en el Sistema Especial para Trabajadores

Agrarios o en el Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Agrarios, respectivamente, de la Seguridad Social.

3.- Ser persona jurídica que persigue fines agrarios. Además de los requisitos anteriores, se deberá cumplir:

- El mínimo de socios necesario para la constitución de una SAT será de tres.

- En todo caso, el número de las personas referidas a los apartados 1) y 2) habrá de ser siempre superior a los restantes.

- Las personas jurídicas deberán otorgar apoderamiento suficiente a sus representantes que les faculte y habilite para intervenir como tales.

- La suma de las aportaciones de las personas jurídicas que persiguen fines agrarios (las referidas en el apartado 3), tiene que ser inferior al 50% del capital social, si no son titulares de explotación agrícola y/o ganadera y/o forestal.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Para la tramitación del procedimiento se debe seguir el siguiente orden:

Se solicitará la reserva de denominación por el socio-promotor que vaya a ser el presidente de la SAT, quien lo tramitará con su certificado electrónico de ciudadano por el trámite telemático correspondiente (Solicitud de reserva de denominación de sociedad agraria de transformación (SAT) https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G22346).

Efectuada la notificación por el Registro de SAT de la reserva de denominación dispondrá de SEIS MESES para presentar el expediente de constitución de la pretendida SAT, cuya documentación se relaciona en el siguiente punto. Con el código de reserva de denominación notificado por el Registro de SAT se deberá solicitar en la administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que por razón del domicilio social le corresponda, la Tarjeta del Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional, así como abrir la cuenta bancaria donde se ingresarán las aportaciones dinerarias al capital social de los socios. Una vez notificada la reserva de denominación, dispondrá de SEIS MESES para tramitar el expediente, que se compone la documentación que se indica a continuación. Transcurrido dicho plazo sin haber efectuado trámite alguno o, en su caso, no haber subsanado las deficiencias notificadas, se procederá al archivo sin más trámites por caducidad del procedimiento.

Dentro del plazo indicado de seis meses, a contar de la notificación efectuada, se presentará el expediente de constitución de la SAT, que estará integrado por la siguiente documentación:

- Copia de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal provisional (NIF).

- Acta fundacional y estatutos sociales firmado electrónicamente por el presidente y el secretario.

- Declaración-liquidación a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelo 600), del que goza de exención.

- Certificado bancario acreditativo del ingreso en la cuenta abierta a nombre de la SAT en constitución, acreditativo del ingreso de, al menos, el 25 por ciento del capital suscrito y con identificación del socio que ha efectuado el ingreso. En el supuesto de que el desembolso se efectúe con aportaciones no dinerarias (maquinaria agrícola, utensilios agrícolas, etc.), se adjuntará informe pericial de tasación actualizado y emitido por profesional colegiado y visado por el correspondiente colegio oficial.

- Memoria, mínimo de dos páginas, de las actividades proyectadas por la SAT en constitución.

- Si le constitución de la SAT se efectúa en escritura pública por aportación de bienes inmuebles, se deberá acompañar copia de la misma, con independencia de que posteriormente se le requiera que aporte la copia autorizada (la escritura original, no la copia simple), sin perjuicio de su posterior devolución.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 10-09-2018 00:00:00h

Durante todo el año.

Documentación

Previamente a la presentación del expediente de solicitud de inscripción de una SAT, el socio promotor que vaya a desempeñar el cargo de presidente de la primera junta rectora, deberá solicitar la reserva de denominación al Registro de SAT de la Comunidad Valenciana mediante el modelo adecuado donde figurará un domicilio, teléfono de contacto y cuenta de correo electrónico. Con la notificación del código de reserva de denominación se solicitará en la administración de la AEAT, que por razón del domicilio social de la pretendida SAT le corresponda, la Tarjeta del Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional. Posteriormente, con este número fiscal provisional y la reserva de denominación se abrirá una cuenta bancaria a nombre de la SAT en constitución y donde se efectuarán los ingresos de las aportaciones dinerarias de los socios.

Posteriormente se formalizará el expediente de constitución de la SAT que estará integrado por la siguiente documentación:

 

- Impreso Inscripción de la constitución de una sociedad agraria de transformación en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Valenciana.

 

- Acta fundacional y estatutos sociales, firmados en la última página por todos los socios y el resto de páginas rubricadas por la persona electa que ostente la presidencia y la secretaría. Esta se hará mediante escritura pública y en el caso de aportación de bienes inmuebles haciendo constar el valor de dichos inmuebles.

 

- Declaración-liquidación a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

(modelo 600), por la creación de la sociedad (acta fundacional).

 

- Certificación bancaria relativa a la cuenta abierta a nombre de la pretendida SAT en la que figure relación nominal y de importes ingresados a los efectos de la aportación al capital social y/o en caso de aportaciones no dinerarias (maquinaria agrícola, aperos, etc) adjuntando informe pericial de tasación actualizado emitido por profesional colegiado y visado por el correspondiente colegio oficial.

 

- Memoria descriptiva del objeto social y actividades sociales, con un contenido mínimo de dos páginas, firmada en la última página por el presidente.

 

- Ficha de cada uno de los socios de la entidad, según modelo, debidamente cumplimentada y firmada.

 

Más información en:

https://portalagrari.gva.es/es/industria-i-alimentacio/societats-agraries-de-transformacio

Forma de presentación
Telemática

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía,...

Más

Alegación / Aportación

Plazo
Plazo abierto
Forma de presentación

Resolución

Plazo máximo

El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes de inscripción será de tres meses.

Se entenderán desestimadas las solicitudes no inscritas en dicho plazo.

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Agricultura, ganadería y pesca
      • Autorizaciones, registros y licencias
      • Explotaciones agrarias
      • Organizaciones y corporaciones agrarias

TEMA

  • Asociacionismo y participación
  • Agricultura, ganadería y pesca
    • Desarrollo rural
    • Agricultura

PERFILES

  • Empresa
    • Cooperativas
    • Profesionales y autónomos

SECTOR

  • Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
    • Agricultura

CICLO VITAL

  • Planificar un negocio
  • Comenzar un negocio

TIPO

  • Registros