Solicitud para beneficiarios de la ayuda a la jubilación anticipada de los agricultores y trabajadores agrícolas de la Comunitat Valenciana mayores de 65 años, cuya edad de jubilación efectiva no haya sido a los 65 años - GVA.ES
Solicitud para beneficiarios de la ayuda a la jubilación anticipada de los agricultores y trabajadores agrícolas de la Comunitat Valenciana mayores de 65 años, cuya edad de jubilación efectiva no haya sido a los 65 años
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
Desde 04-08-2017
Qué es
Convocar a los beneficiarios de la ayuda a la jubilación anticipada de los agricultores y trabajadores agrícolas de la Comunitat Valenciana al amparo con la Orden de 16 de enero de 2008 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentació, mayores de 65 años cuya edad de jubilación efectiva no...
- Orden de 16 de enero de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establece las bases reguladoras de las ayudas destinadas a fomentar la jubilación anticipada de los agricultores y trabajadores agrícolas en la Comunitat Valenciana (DOCV nº 5700, de 11/02/08).
- Orden de 25 de febrero de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación que modifica de la Orden de 16 de enero de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establece las bases reguladoras de las ayudas destinadas a fomentar la jubilación...
- Corrección de errores de la Orden de 25 de febrero de 2008 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, que modifica la Orden de 16 de enero de 2008 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se estalecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a fomentar...
- Resolución de 10 de febrero de 2011, de la directora de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se establece la convocatoria del procedimiento de admisión de solicitudes y concesión de las ayudas destinadas a fomentar la jubilación anticipada de los agricultores y...
- Orden 19/2017, de 20 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desa-rrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 16 de enero de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establecen ...
A quién va dirigido
Beneficiarios de la ayuda al amparo Orden de 16 de enero de 2008 mayores de 65 años cuya edad de jubilación efectiva no haya sido a los 65 años y que accedieron a la ayuda en alguna de las estas modalidades:
a) Titulares de explotaciones que han cesado definitivamente en la actividad agraria, en adelante cedentes.
b) Trabajadores de las explotaciones cuyos titulares hayan cesado definitivamente en la actividad agraria.
REQUISITOS DE LOS CEDENTES:
a) Haber cumplido 65 años de edad y cuya edad de jubilación efectiva no haya sido a los 65 años
b) Haber cotizado a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social un período previo tal que les permita completar, al alcanzar la edad de jubilación efectiva, al menos los años necesarios para tener derecho a percibir la pensión de la Seguridad Social.
c) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES:
Los trabajadores de las explotaciones cuyos titulares cesan en la actividad agraria con fines comerciales para poder ser beneficiarios de las ayudas, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Haber cumplido los cincuenta y cinco años de edad y cuya edad de jubilación efectiva no haya sido a los 65 años
b) Haber cotizado en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social durante un periodo previo que les permita completar, al alcanzar la edad de jubilación efectiva, al menos los años necesarios para tener derecho a percibir la pensión de la Seguridad Social, y de los cuales los dos anteriores al cese, hayan sido ininterrumpidos.
c) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Cómo se tramita
- Presentación de la solicitud y documentación requerida.
- Independiente del lugar de presentación de las solicitudes, la tramitación de cada expediente corresponderá al Servicio con competencias en materia de ayudas estructurales.
- La evaluación de las solicitudes, de acuerdo con los criterios establecidos, será efectuada por el órgano colegiado constituido por el titular del servicio de ayudas estructurales, un jefe de sección y un técnico.
- Tras la valoración del expediente tramitado se dará traslado al órgano competente para resolver sobre la concesión o denegación del pago correspondiente a la ayuda de jubilación anticipada.
- La competencia para resolver la concesión, los pagos, el reintegro y la revocación correspondiente a la ayuda de jubilación anticipada corresponde al titular de la dirección general competente, por delegación del Acuerdo de 26 de abril de 2012 por el que se delegan las funciones de autorización del pago de fondos FEADER entre el organismo pagador y los distintos órganos administrativos de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Formularios
Solicitud
El plazo para la solicitud de estas ayudas será de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación DOGV.
Formularios
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- En las oficinas comarcales de la Conselleria de Agriculturura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica (para cualquier información sobre la ubicación de las mismas, llamar al 012).
- Y preferentemente en las oficinas comarcales y en los siguientes registros:
Dónde dirigirse
Resolución
Ante dicha resolución procederá el recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo...
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