Declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por expedientes de expropiación forzosa de las corporaciones locales.

Presidencia de la Generalitat

Código SIA: 210499
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Código GVA: 67
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A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

Las Entidades Locales interesadas

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Remisión del expediente expropiatorio por la Entidad Local.

 

- Requerimiento en su caso de información complementaria o subsanación de deficiencias observadas (art. 64 LBRL, art. 154.2 LRLCV y 71 LRJPAC).

 

- Acuerdo por el Consell (artículos 29 y 50 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, así como el artículo 21 y la Disposición Final 2ª de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre del Consell).

 

- El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de tres meses a contar desde la recepción de la documentación completa. Transcurridos tres meses sin que se dicte resolución, los expedientes se entenderán desestimados.

 

 

- Publicación enel DOGV.

 

- Notificación a los interesados/as.

Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año

Documentación
1.- Certificación (emitida por el Secretario) de la aprobación definitiva del Proyecto de Obra por el órgano competente (artículo 52.1 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 -L.E.F., 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa R.E.F., 23.1 d) del Real Decreto Legislativo...
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Forma de presentación
Telemática
1. Antes de iniciar la tramitación electrónica se recomienda consultar el apartado de "documentación a presentar". 2. A continuación inicie el trámite telemático pinchando en el icono superior " Tramitar con certificado" de esta misma página, que le llevará al trámite telemático general de...
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Resolución

Plazo máximo
El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de tres meses a contar desde la recepción de la documentación completa. Transcurridos tres meses sin que se dicte resolución, los expedientes se entenderán desestimados.
Observaciones

Contra el Acuerdo del Consell, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer los siguientes recursos: a) Directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, en su caso, en el...

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Órganos resolución
El Consell de la Generatitat Valenciana.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Administraciones
    • Ordenación territorial
    • Trámites y servicios
      • Administraciones locales
        • Demarcación territorial