Detalle de procedimiento

Inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de EMPRESAS instaladoras y conservadoras de aparatos elevadores: GRÚAS-TORRE. Alta, modificación y cese. Industria.

Código SIA : 210751
Código GUC : 719
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

- Se inscribirán a través de este trámite aquellas empresas instaladoras que tengan la sede social en la comunidad valenciana, teniendo a partir de la inscripción validez en todo el territorio nacional. - Inscripción en el Registro Integrado Industrial de empresas instaladoras o conservadoras de grúas-torre. - Alta - Modificación. - Cese.

Observaciones

Observaciones

INCIDENCIAS INFORMÁTICAS (sólo errores o problemas técnicos de carácter informático durante el proceso de tramitación telemática) - Dispone de una lista de preguntas frecuentes sobre tramitación telemática en la Generalitat Valenciana en: https: //sede.gva.es/es/preguntes-frequents - Si pese a ello sigue necesitando ayuda informática, puede enviar su duda, problema o consulta: . Bien rellenando el FORMULARIO DE PROBLEMAS TÉCNICOS (ver enlace directo a él disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite). . O bien enviando un correo electrónico a la dirección generalitat_en_red@gva.es * IMPORTANTE: se trata de un correo exclusivamente para atender incidencias informáticas, no para otro tipo de cuestiones o problemas. En el correo electrónico que envíe a esa dirección debe indicarse: razón social, NIF, usuari@ (nombre, apellidos, DNI, correo electrónico y teléfono de contacto) con el que se conecta a la aplicación, captura de la pantalla donde se ha producido el error, así como la descripción del problema que se haya producido. 3. RENOVACIÓN: - La renovación del certificado empresarial de las empresas instaladoras y/o conservadoras se realizará cada cinco años. - La renovación deberá realizarse antes de que caduque la inscripción, si se pasa el plazo la empresa no podrá pasar los boletines por Industria.

Requisitos

Requisitos

Para realizar TRÁMITES TELEMÁTICOS ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa o sin un certificado electrónico de representante NO puede realizarse el trámite telemático en representación de otra persona. No obstante, en esos casos puede utilizarse la BANDEJA DE FIRMAS, que es una funcionalidad integrada en la Carpeta Ciudadana para posibilitar que la persona en nombre de la cual se quiere realizar el trámite telemático firme el/los formulario/s web, el/los documento/s a anexar (en su caso) y su presentación final en registro. En la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana dispone de ayuda con preguntas frecuentes sobre la Carpeta Ciudadana, que incluye un tutorial de funcionamiento de la Bandeja de Firmas (ver también en el apartado "Enlaces" de este trámite) y, además, en el propio trámite telemático se le irán indicando los pasos a seguir.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

La persona titular de la empresa o su representante legal.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año

Formularios y documentación

Tanto para el ALTA, la MODIFICACIÓN o el CESE deberán presentar, telemáticamente y marcando la opción correspondiente, la declaración responsable que corresponda a su caso concreto según modelo normalizado específico disponible como FORMULARIO WEB en el trámite telemático. Esos modelos de declaraciones responsables son, respectivamente (en función de lo que se establezca en el primer formulario relativo a la PROCEDENCIA DE LA EMPRESA): a) El correspondiente a las empresas de servicios en materia de seguridad industrial, legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en España. b) El correspondiente a las empresas de servicios en materia de seguridad industrial, legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea que deseen realizar la actividad en régimen de libre prestación en territorio español. NOTA IMPORTANTE: 1. De acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, esta declaración responsable habilita a la empresa de servicios en materia de seguridad industrial, por tiempo indefinido y desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales. 2. Aunque junto con la declaración responsable estas empresas no han de presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que les son exigibles, esta documentación deberá estar disponible para su presentación inmediata ante la Administración competente, cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control.

Presentación

Presentación

Telemática
1. La declaración responsable ha de presentarse por medios electrónicos MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO correspondiente. 2. Para esa presentación telemática, la persona declarante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten el DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT y por la ACCV, el sistema Clave-firma del Estado (únicamente para las personas fisicas) y, en general, todos los aceptados por la Plataforma @firma Más información en: https://sede.gva.es/es/sistemes-d-identificacio-i-signatura-acceptat 3. Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado Enlace de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora. Alternativamente puede utilizarse la denominada Bandeja de Firmas 4. Clickando en el en el botón rojo SOLICITUD PRESENTACIÓN AUTENTICADA , accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar y firmar los formularios web y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que posteriormente estará también disponible, junto al número de expediente abierto, en su Carpeta Ciudadana (ver apartado enlaces) 5. Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en: https://sede.gva.es/es/preguntesfrequents En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a: - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es Cita previa (ver apartado enlaces) - Para incidencias informáticas: rellenando el FORMULARIO DE PROBLEMAS TÉCNICOS (ver apartados de Información complementaria y Enlaces de este trámite), o enviando un correo electrónico generalitat_en_red@gva.es

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. Presentación DE FORMA TELEMÁTICA de la declaración responsable ante el Servicio Territorial competente en materia de Industria de la provincia de la Comunitat Valenciana donde se establezca la empresa (en caso de alta) o donde esté establecida (en caso de modificación o cese). 2. Si lo solicitado es correcto, el referido Servicio Territorial competente: - En caso de alta asignará, de oficio, un número de identificación a la empresa y la inscribirá en el Registro Integrado Industrial (RII). El número de RII podrá consultarse en la página web de dicho Registro estatal (ver enlace directo al RII en el apartado "Enlaces" del presente trámite). - En el resto de casos realizará la inscripción que corresponda en el Registro Integrado Industrial (RII). 3. Si lo solicitado NO es correcto o es incompleto, se emitirá un requerimiento de subsanación a la empresa declarante. * La subsanación también deberá realizarse por vía telemática, utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite). * Tras ello: - Si la empresa subsana, se procede según se ha descrito en el punto 2. - Si NO subsana, transcurrido el plazo correspondiente se resuelve declarándole desistida y se archiva el expediente