Autorización de la adjudicación del aprovechamiento de bienes comunales, mediante precio. (Art. 181.2 LRLCV, art. 94.3, 95 y 98.1 del Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y arts. 75.3 y 78 TRRL)

Presidencia de la Generalitat

Código SIA: 210505
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Código GVA: 75
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A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

Las Entidades Locales interesadas

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la documentación indicada.

- Requerimiento en su caso de información complementaria o subsanación de deficiencias observadas (art. 64 LBRL, art. 154.2 LRLCV y 68 Ley 39/2015 de 1 de octubre).

-Aprobación por el conseller competente en materia de administración local.

- Notificación al interesado.

Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año

Documentación
- Certificación del acuerdo adoptado por el Pleno con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación al amparo del artículo 47.2.i de la Ley de Bases de Régimen Local y artículo 102 RBEL, por el que se aprueba el pliego de condiciones que han de regir la...
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Forma de presentación
Telemática
1. Antes de iniciar la tramitación electrónica se recomienda consultar el apartado de "documentación a presentar". 2. A continuación inicie el trámite telemático pinchando en el icono superior " Tramitar con certificado" de esta misma página, que le llevará al trámite telemático general de...
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Resolución

Plazo máximo
El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de tres meses a contar desde la fecha de terminación del plazo de presentación de la documentación. Transcurridos tres meses sin que se dicte resolución, los expedientes se entenderán desestimados.
Efecto silencio / Agota vía administrativa
Desestimatorio
/ Sí
Recurso que procede contra la resolución
Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
Observaciones

Contra la resolución de la persona titular del departamento competente de administración local, que pone fin a la via administrativa, los interesados podrán interponer los siguientes recursos: a) Directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en...

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Órganos resolución
Presidencia de la Generalitat (Dirección General de Administración Local)