Detalle de procedimiento

Solicitud de informe higiénico-sanitario sobre proyectos de construcción, reforma o adaptación de las piscinas de uso colectivo y de los parques acuáticos.

Código SIA : 2302322
Código GUC : 776
Organismo: Conselleria de Sanidad
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Solicitud de informe higiénico-sanitario sobre proyectos de construcción, reforma o adaptación de las piscinas de uso colectivo y de los parques acuáticos.

Observaciones

Observaciones

La actividad recreativa en relación con las piscinas y parques acuáticos, se encuentra incluida en los apartados 2.3.5, y 2.4.4 del catálogo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, pòr lo que el procedimiento para la nueva apertura de estas actividades será el regulado en la citada ley, de acuerdo con lo dispuesto en su artículos 9 y 10. En este sentido, el titular de piscina o parque acuático deberá iniciar el procedimiento en el ayuntamiento del municipio, donde se pretende ubicar la instalación recreativa. La corporación local será la que, en función de las características del proyecto de la obra, tramiet la solicitud en base a lo establecido en el artículo 9, o bien, según el artículo 10, ambos de la Ley 14/2010.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOCV nº 6414, de 10/12/2010).
  • Ley 2/2012, de 14 de junio, de la Generalitat, de Medidas Urgentes de Apoyo a la Iniciativa Empresaria y los Emprendedores, Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunitat Valenciana (disposición final primera) (DOCV nº 6800, de 20/06/2012).
  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de la Edificación (BOE nº 74, de 28/03/2006).
  • Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (BOE nº 207, de 29/08/2007).
  • Normativa higiénico-sanitaria de la calidad del agua de piscinas:
  • Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnicos-sanitarios de las piscinas (BOE nº 244, de 11/10/2013). (*)
  • Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénicos-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis (BOE nº 171, de 17/07/2003).
  • (*) (Una vez en vigor el Real Decreto 742/2013, los decretos autonómicos de piscinas serán de aplicación en todo lo que no se opongan a los dispuesto en el citado real decreto).
  • Decreto 85/2018, de 22 de junio del Consell, por el que se establecen los criterios higiénicos-sanitarios aplicables a las piscinas de uso público (DOGV nº 8331 de 04/07/2018)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Presentación

Presentación

Telemática
1.- Para acceder de forma telemática el solicitante deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten: - El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana). https://sede.gva.es/es/sede_certificados . - También se admite clave-permanente del Estado como método de autenticación y firma para la tramitación telemática dentro de la sede electrónica de la Generalitat. Este mecanismo únicamente es aceptado para las personas físicas y por tanto quedan excluidas las personas jurídicas (empresas, ayuntamientos, entidades....). Más información en https://sede.gva.es/va/sede_certificados 2 .- Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica), deberá inscribirse previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la carpeta ciudadana de la persona presentadora. 3- Asimismo se debe de tener instalado en su ordenador la aplicación autofirma en el caso de que vaya a realizar la firma con su certificado digital. https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello habrá que tener en cuenta que: 1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo. 2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática. 3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago. 4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación. PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA: a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales atendiendo en especial a los siguientes apartados: - En el apartado Ámbito territorial debe seleccionar donde dirige la solicitud (Servicios Centrales (Dirección General), SSTT Castellón, SSTT Valencia o SSTT Alicante) - En el apartado Materia debe seleccionar la materia objeto del trámite. - En el apartado Exposición se debe indicar el nombre del procedimiento. b) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede. c) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de Su presentación). d) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro. Su presentación telemática habrá finalizado.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Órganos resolución

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Agota vía administrativa

Agota vía administrativa