Solicitud de autorización de nuevo cuadro de tarifas de una concesión de servicio público de transporte de viajeros

Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio

Código SIA: 210778
|
Código GVA: 829
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Solicitud de revisión anual de tarifas de los servicios públicos de transporte de viajeros para su adaptación a los costes de cada servicio.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Normativa
  • Reglamento (CE) nº 1370/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 1191/69 y (CEE) nº 1107/70 del Consejo.
  • Reglamento (CE) nº 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y por el que se deroga la Directiva 96/26/CE...
  • Ley 16/1987, de 30 de julio, de la Jefatura del Estado, sobre Ordenación del Transporte Terrestre
  • Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE nº 241, de 8/11/1990)
  • Real Decreto 1544/2007 de 23 de noviembre por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los medios de transporte para personas con discapacidad (BOE Nº 290 de 4/12/2007).
  • Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las comunidades autónomas en materia de transporte por carretera y por cable (BOE nº 182, de 31/07/87)
  • Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunidad Valenciana (BOE nº 98, DE 25/04/2011)
  • Ley 9/2009, de 20 noviembre, de la Generalitat de accesibilidad universal del sistema de transportes de la Comunidad Valenciana (DOCV Nº. 6152 de 25/11/2009).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2/10/2015)
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
  • Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española. (BOE núm. 77, de 31 de marzo de 2015)
  • Real Decreto 75/2018, de 19 de febrero, por el que se establece la relación de componentes básicos de costes y las fórmulas tipo generales de revisión de precios de los contratos de transporte regular de viajeros por carretera. (BOE núm. 53, de 1 de marzo de 2018)

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

- Las empresas concesionarias de servicios públicos de transporte de viajeros, cuando la Administración dentro del segundo trimestre de cada año y una vez realizada la revisión general anual, haya dictado Resolución actualizando la Tarifa Partícipe Empresa de la concesión.

 

- Aquellas empresas cuando las partidas que integran su estructura de costes hayan sufrido una variación que altere significativamente, al alza o a la baja, el equilibrio económico de la concesión.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Revisión anual:

- Presentación de la solicitud y documentación requerida

- Una vez comprobada la documentación y la existencia de los datos estadísticos, el servicio competente emitirá los nuevos cuadros de tarifas máximas que deberán estar expuestos al público. En los cuadros de tarifas estará reflejada la fecha de entrada en vigor de la nueva tarifa.

 

Alteración del equilibrio económico de la concesión:

- Presentación de la solicitud y documentación requerida

- Estudio de la documentación presentada

- Resolución

Entidades colaboradoras de certificación

Formularios

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

- Revisión anual: Una vez recibida Resolución de la Administració actualizando la tarífa partícipe empresa de la concesión.

 

- Alteración del equilibrio económico de la concesión: Durante todo el año.

Documentación

La presentación presencial de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio obtenga directamente los datos relativos de identificación personal, según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizarse, se deberá aportar:

 

**DNI o documento equivalente en caso de extranjeros

 

Revisión anual:

- Impreso de solicitud normalizado

- Justificante de haber abonado la tasa correspondiente

- Datos estadísticos de la concesión, según lo establecido en el artículo 7 de la Orden FOM/1230/2013, de 31 de mayo, por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera, si no se han presentado aún.

 

Alteración del equilibrio económico de la concesión:

- Impreso de solicitud normalizado

- Justificante de haber abonado la tasa correspondiente

- Estudio de viabilidad económico-financiera

- Magnitudes básicas del servicios

- Estructura de costes

 

- Declaración de veracidad de la documentación aportada.

Tasa o pago

El importe actual de la tasa es:

 

C 24: 17,45 euros

 

FORMAS DE PAGO, IMPORTES Y MODELOS:

 

Tanto las formas de pago como los importes y los modelos de tasa se pueden descargar desde la dirección de Internet que se indica a continuación:

Forma de presentación
Telemática

Pinchando en el icono superior "Tramitar con Certificado" de esta misma página. Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico. También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma...

Saber más
Presencial

Este trámite únicamente se puede realizar de manera telemática ya que está destinado a personas jurídicas, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 15 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resolución

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Infraestructuras y transportes
      • Transporte de viajeros

TEMA

  • Administración pública
  • Movilidad y transporte
    • Transporte público
    • Transporte terrestre. Transportistas
    • Transportes

PERFILES

  • Empresa
    • Pequeña y mediana empresa
    • Gran empresa

SECTOR

  • Transporte y tecnología
    • Transporte por carretera

TEMÁTICA

  • Financiación y gestión económica

CICLO VITAL

  • Crecer y consolidarse

TIPO

  • Tributos