Solicitud de compensación económica a los árbitros designados por su participación en impugnaciones en materia de elecciones sindicales.Trabajo

Conselleria de Educación, Universidades y Empleo

Código SIA: 210790
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Código GVA: 862
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Qué es

Qué es y para qué sirve

La concesión de las compensaciones económicas que correspondan a las personas que ejerzan la función arbitral en la Comunitat Valenciana, en los procedimientos de reclamaciones derivados de los procesos electorales a órganos de representación de los trabajadores, previstos en el Real decreto...

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Plazos
SolicitudPlazo abierto
Normativa
  • Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
  • Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las administraciones públicas (BOE nº 144, de 16/6/1987).
  • Ley 18/1994, de 30 de junio, por la que se modifica la normativa de elecciones a los órganos de representación del personal al servicio de las administraciones públicas de la Ley 9/1987, de 12 de junio, modificada por la Ley 7/1990, de 19 de julio (BOE nº 156, de 01/07/1994).
  • Nota: el apartado catorce del artículo único de la Ley 18/1994 da nueva redacción al artículo 28 de la Ley 9/1987.
  • Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa (BOE nº 219, de 13/09/1994).
  • Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado (BOE nº 219, de 13/09/1994).
  • Decreto 63/2018, de 18 de mayo, de indemnizaciones y compensaciones por los procedimientos arbitrales de impugnaciones en materia electoral a órganos de representación laboral (DOGV núm. 8304, de 28/05/2018).
  • Resolución de 17 de diciembre de 2019, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se actualizan las cuantías de las compensaciones derivadas del ejercicio de la función arbitral prevista en el Decreto 63/2018, de 18 de mayo de 2018, de...

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Serán personas beneficiarias de las compensaciones económicas previstas en este decreto, quienes sean designadas al efecto para ejercer la función arbitral en la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores, junto con el artículo 28.3 de...

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Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. Por la persona titular de la dirección general competente en materia de trabajo se resolverá la concesión o denegación de las compensaciones económicas solicitadas, una vez vistas las solicitudes, la documentación aportada, y el informe de la oficina pública competente por razón del territorio, previa propuesta de resolución de la Subdirección General competente en materia de trabajo.

2. La resolución por la que se conceda la compensación indicará la cantidad a que asciende la misma, los procedimientos que incluye, y la forma de pago.

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

El plazo de presentación de las solicitudes de la compensación por el ejercicio de la función arbitral a que se refiere este decreto, será de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización de cada uno de los trimestres del año natural, sin perjuicio de la obligación de comunicar el...

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Documentación
a) Copia del laudo dictado si no obrase en poder de la Administración, en cuyo caso deberá indicar el expediente o actuaciones en los que se encuentre a fin de facilitar su identificación. b) Acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y, en su caso, con la Seguridad Social, o...
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Forma de presentación
Telemática
1.- Las personas solicitantes obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como las no obligadas a ello que opten por esta vía, presentarán su solicitud telemática y la documentación anexa...
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Presencial

- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

- También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

Dónde dirigirse

Resolución

Plazo máximo
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión de la compensación será de dos meses, contados desde la fecha en que se hubiese presentado la solicitud. Transcurrido el referido plazo sin haberse notificado la resolución, la solicitud de compensación económica podrá...
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Cuantía y cobro
1. La cuantía de la compensación económica se establece en los siguientes importes: 1.1. Compensaciones correspondientes a procedimientos arbitrales finalizados entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2019: a) 184,05 euros, si el procedimiento arbitral finalizó mediante laudo. b) 107,36 euros,...
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Observaciones

Contra la resolución que se dicte, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la secretaría autonómica competente en materia de trabajo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, o si no hubiera resolución...

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Órganos resolución