Detalle de procedimiento

Certificado de ingresos.

Código SIA : 210458
Código GUC : 9
Organismo: AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA ATV
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Certificación del justificante de pago.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, del Ministerio de Economía y Hacienda, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (BOE nº 3, de 3/01/91).
  • Corrección de errores del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, del Ministerio de Economía y Hacienda, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (BOE nº 28, de 1/02/91).
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE nº 302, de 18/12/03).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año

Formularios y documentación

Solicitud del interesado en la que conste: - El concepto tributario, el importe del ingreso, el número de liquidación y ejercicio, el nombre del contribuyente y la fecha del ingreso, lugar de ingreso (caja, conselleria, entidad bancaria). - Caso de solicitarse por persona distinta del contribuyente, autorización debidamente firmada por éste y por su representante.

Presentación

Presentación

Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en:

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Presentada la solicitud en el Registro General se comprueba la efectividad del ingreso que en su día se realizó y los datos aportados, procediéndose a la expedición del certificado de ingreso correspondiente, dicho certificado se recoge en el Registro General del Servicio Territorial.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa