Registro de Entidades Colaboradoras de Protección y Defensa de los Animales de Compañía

Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio

Código SIA: 210795
|
Código GVA: 902
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Plazo abierto
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A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Requisitos

- Estar legalmente constituidas e inscritas por el órgano competente, ser entidades sin ánimo de lucro, y tener como principal finalidad la defensa y protección de los animales.

- Ejercer actividades tendentes a la defensa y protección de los animales.

- Presentar programas específicos en materia de protección animal en la Comunitat Valenciana.

- Tener la sede social y desarrollar la actividad dentro de la Comunitat Valenciana para sus finalidades.

- Cumplir la normativa en lo referente al bienestar y protección animal y no haber sido inhabilitadas para estas funciones.

- Disponer de miembros y voluntarios con la formación adecuada para el ejercicio de sus funciones.

 

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año.

Documentación
- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado digitalmente. - Certificación del registro de asociaciones con fecha actualizada, donde conste la inscripción en el registro, así como las personas integrantes del órgano de representación vigente en la actualidad. - Estatutos de la...
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Forma de presentación
Telemática
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía,...
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Alegación / Aportación

Plazo
Plazo abierto
Forma de presentación
Telemática
Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de...
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Resolución

Plazo máximo
El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la documentación. Transcurridos tres meses sin que se dicte resolución, los expedientes se entenderán estimatorios.
Sanciones
La asociación perderá el reconocimiento oficial: - Por revocación acordada por la autoridad competente para concederla en los casos de incumplimiento sobrevenido de las condiciones en las que se otorgó, y haber dejado de programar actividades durante dos años consecutivos. - Por disolución de...
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Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
    • Medio ambiente
      • Conservación y protección del medio ambiente
  • Empresas
    • Medio ambiente
      • Conservación y protección del medio ambiente

TEMA

  • Agricultura, ganadería y pesca
    • Ganadería
    • Sanidad animal
  • Sociedad, ciudadanía y familias
  • Asociacionismo y participación
    • Voluntariado
  • Medio ambiente
    • Protección de los animales
  • Servicios sociales
    • Cohesión social
  • Administración pública

PERFILES

  • Ciudadanía
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  • Empresa
    • Entidades del tercer sector
    • Fundaciones

SECTOR

  • Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
    • Ganadería

TEMÁTICA

  • Sostenibilidad
    • Medio ambiente

CICLO VITAL

  • Crecer y consolidarse
  • Comenzar un negocio

TIPO

  • Registros