Declaración responsable para ser considerado centro de recogida de caza a efectos de producción primaria

Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca

Código SIA: 3032831
|
Código GVA: 94686
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Plazo de solicitud abierto

Desde 31-10-2023 00:00:00h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Declaración responsable de explotaciones cinegéticas, espacios cinegéticos o naturales y localizaciones temporales de trampas de caza autorizadas por los responsables de Medio Ambiente para su consideración como centros de recogida de caza, lo que les permite poder comercializar las piezas...

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Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 31-10-2023 00:00:00h

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Toda persona física o jurídica que realiza la caza en espacios cinegéticos o naturales, que disponen de número de registro REGA o autorizaciones temporales de medio ambiente, y quieren comercializar la caza obtenida en ellos para consumo humano.

Requisitos

Deben de disponer, como espacio cinegético o natural, de número de registro de explotaciones ganaderas, o de autorización temporal para la colocación de trampas por los responsables de Medio Ambiente.

Debe disponer de un responsable, con la formación y capacitación exigida, en materias de patología de la caza, producción y manipulación de la caza silvestre y riesgos sanitarios y ambientales.

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la declaración.

- Una vez facilitados los datos, y realizadas las comprobaciones oportunas, se procederá a la consideración de la explotación REGA comunicada o la/s trampa/s temporal/es autorizada/s por Medio Ambiente como CENTRO DE RECOGIDAD DE CAZA, lo que les permite poder incorporar los productos cazados al circuito de comercialización para consumo humano.

 

 

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 31-10-2023 00:00:00h

Todo el año.

Documentación

- Formulario normalizado de declaración responsable, dirigido a la Dirección General de la Industria y Cadena Agroalimentaria, debidamente firmado por la persona solicitante, o en su caso, por la persona representante.

- Documentación acreditativa de la identidad del solicitante y, en su caso, de su representante legal, cuando sean personas jurídicas y no autoricen su consulta por la Administración.

- Acreditación de la representación (en su caso).

 

Tasa o pago

Tasas 2025:

En aplicación del Art. 3.7-5 de la Ley 20/2017, de 28 diciembre, de la Generalitat, de Tasas.

Modelo 046-9792

Tasa por servicios administrativos relativos a ganadería.

4.3 Para inscripción en otros registros zoosanitarios y expedición de libro.: 25,48 euros.

Forma de presentación
Telemática

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía,...

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Presencial

a) En las oficinas de asistencia en materia de registros

(https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros).

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

 

Y, preferentemente, en:

 

Dónde dirigirse

Resolución

Obligaciones

- Ejercer la actividad cinegética con todas las autorizaciones administrativas exigidas por las distintas legislaciones sectoriales.

- Proveer lo necesario para que se cumplan las condiciones higiénicas y sanitarias impuestas, con el objeto de evitar riesgos y peligros para la salud de los consumidores, la aparición y difusión de enfermedades epizoóticas y protección del medio ambiente.

- Mantener los registros e identificación que garantice la la trazabilidad de las piezas de caza y sus subproductos.

- Disponer de la persona responsable, con la formación y capacitación exigida, en materias de patología de la caza, producción y manipulación de la caza silvestre y riesgos sanitarios y ambientales.

- Comunicar a la administración las sospechas que pudieran surgir en materia de vigilancia epidemiológica.

 

Sanciones

En caso de incumplimiento de lo dispuesto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones aplicable de acuerdo con lo establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, y en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en...

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Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Agricultura, ganadería y pesca
      • Autorizaciones, registros y licencias
      • Productores, comerciantes e importadores

TEMA

  • Agricultura, ganadería y pesca
    • Ganadería
    • Sanidad animal
    • Industria agroalimentaria
  • Medio ambiente
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SECTOR

  • Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
    • Ganadería

TEMÁTICA

  • Innovación
  • Sostenibilidad
    • Medio ambiente

CICLO VITAL

  • Crecer y consolidarse
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TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones