Declaración responsable para ser considerado centro de recogida de caza a efectos de producción primaria - GVA.ES
Declaración responsable para ser considerado centro de recogida de caza a efectos de producción primaria
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
Desde 31-10-2023 00:00:00h
Qué es
Declaración responsable de explotaciones cinegéticas, espacios cinegéticos o naturales y localizaciones temporales de trampas de caza autorizadas por los responsables de Medio Ambiente para su consideración como centros de recogida de caza, lo que les permite poder comercializar las piezas...
- REGLAMENTO (CE) Nº 853/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal
- REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2021/1374 DE LA COMISIÓN de 12 de abril de 2021 que modifica el anexo III del Reglamento (CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre requisitos específicos de higiene de los alimentos de origen animal.
A quién va dirigido
Toda persona física o jurídica que realiza la caza en espacios cinegéticos o naturales, que disponen de número de registro REGA o autorizaciones temporales de medio ambiente, y quieren comercializar la caza obtenida en ellos para consumo humano.
Deben de disponer, como espacio cinegético o natural, de número de registro de explotaciones ganaderas, o de autorización temporal para la colocación de trampas por los responsables de Medio Ambiente.
Debe disponer de un responsable, con la formación y capacitación exigida, en materias de patología de la caza, producción y manipulación de la caza silvestre y riesgos sanitarios y ambientales.
Cómo se tramita
- Presentación de la declaración.
- Una vez facilitados los datos, y realizadas las comprobaciones oportunas, se procederá a la consideración de la explotación REGA comunicada o la/s trampa/s temporal/es autorizada/s por Medio Ambiente como CENTRO DE RECOGIDAD DE CAZA, lo que les permite poder incorporar los productos cazados al circuito de comercialización para consumo humano.
Procedimientos relacionados
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Todo el año.
- Formulario normalizado de declaración responsable, dirigido a la Dirección General de la Industria y Cadena Agroalimentaria, debidamente firmado por la persona solicitante, o en su caso, por la persona representante.
- Documentación acreditativa de la identidad del solicitante y, en su caso, de su representante legal, cuando sean personas jurídicas y no autoricen su consulta por la Administración.
- Acreditación de la representación (en su caso).
Tasas 2025:
En aplicación del Art. 3.7-5 de la Ley 20/2017, de 28 diciembre, de la Generalitat, de Tasas.
Modelo 046-9792
Tasa por servicios administrativos relativos a ganadería.
4.3 Para inscripción en otros registros zoosanitarios y expedición de libro.: 25,48 euros.
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía,...
a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
(https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros).
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
- REGLAMENTO (CE) Nº 853/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal
- REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2021/1374 DE LA COMISIÓN de 12 de abril de 2021 que modifica el anexo III del Reglamento (CE) n.o 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre requisitos específicos de higiene de los alimentos de origen animal.
Resolución
- Ejercer la actividad cinegética con todas las autorizaciones administrativas exigidas por las distintas legislaciones sectoriales.
- Proveer lo necesario para que se cumplan las condiciones higiénicas y sanitarias impuestas, con el objeto de evitar riesgos y peligros para la salud de los consumidores, la aparición y difusión de enfermedades epizoóticas y protección del medio ambiente.
- Mantener los registros e identificación que garantice la la trazabilidad de las piezas de caza y sus subproductos.
- Disponer de la persona responsable, con la formación y capacitación exigida, en materias de patología de la caza, producción y manipulación de la caza silvestre y riesgos sanitarios y ambientales.
- Comunicar a la administración las sospechas que pudieran surgir en materia de vigilancia epidemiológica.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones aplicable de acuerdo con lo establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, y en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en...
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