Becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores - GVA.ES
Becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores
Qué es
Se convocan CINCO becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores.
Las becas tendrán una duración máxima de 12 meses, contados desde la fecha que se indique en la resolución de concesión, pudiendo ser prorrogada, sin necesidad de nueva convocatoria, mediante resolución expresa, hasta un periodo máximo de 12 meses adicionales, siempre que exista crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat para los ejercicios a los que afecte la prórroga y que el desarrollo de la actividad que se esté desempeñando así lo requiera o aconseje.
- Orden 1/2021 de 14 de enero de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en las direcciones generales con competencias en materia de servicios...
- DECRETO 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas.(DOGV 6097 de 08.09.2009)
A quién va dirigido
Podrán optar a la obtención de una de las becas objeto de esta convocatoria quienes reúnan, al término del plazo de presentación de solicitudes las condiciones del apartado requisitos
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar estar en posesión del nivel C1 de español, mediante diploma expedido por el Instituto Cervantes o por las Escuelas Oficiales de Idiomas españolas.
b) No ser mayor de 35 años.
c) Estar en posesión del título oficial universitario o de formación profesional (grado superior) que se especifica a continuación, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes, sin que hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de los estudios conducentes a la obtención de dicho título.
1.- Rama de conocimiento o especialidad: Derecho siendo la titulación exigida Licenciatura en Derecho o Grado en Derecho.
2.- Rama de conocimiento o especialidad: Administración y dirección de empresas siendo la titulación exigida Grado en Administración y dirección de empresas.
3.- Rama de conocimiento o especialidad: Gestión y Administración Pública siendo la titulación exigida Grado en Gestión y Administración Pública o Grado en Ciencias Políticas y de la Administración.
4.- Rama de conocimiento o especialidad Economía siendo la titulación exigida Grado en Economía
d) No haber sido beneficiario o beneficiaria de cualquier beca de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses. Este periodo se computará tomando en consideración la totalidad de la duración de las becas disfrutadas a partir del 9 de septiembre de 2009, ya sea una o varias, incluyendo los periodos de prórroga.
e) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Cómo se tramita
Estudiadas las solicitudes y documentación presentada la Comisión evaluadora elevará al órgano competente un listado provisional de las personas aspirantes admitidas y su valoración, así como una relación de los aspirantes excluidos y la causa de la exclusión, para su publicación, concediendo un plazo de 10 días hábiles, durante el cual se podrán presentar las alegaciones que se consideren oportunas por los interesados. Estudiadas las alegaciones, se elevará al órgano competente para su publicación el listado definitivo, que contendrá la relación definitiva de la puntuación obtenida por todas las personas aspirantes, así como de las personas excluidas y el motivo de la exclusión. En el mismo acto se procederá a la convocatoria de quienes hayan obtenido, en cada área, las 10 mejores puntuaciones para la realización de una entrevista. La falta de asistencia por la persona candidata a dicha entrevista será causa de exclusión del proceso selectivo. Realizada la entrevista y concluida la selección, se publicará la lista con las personas que resulten beneficiarias de las becas, pudiendo las mismas formular las alegaciones que estimen oportunas durante el plazo de 10 días hábiles. Las publicaciones de listados y relaciones que determina el proceso de selección se insertarán en la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es. y en el trámite diseñado al efecto.
Las solicitudes presentadas se valorarán de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden 1/2021 de 14 de enero.
Solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9930, 05.09.2024)
Resolución
- RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2024, por la que se convocan cinco becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores.
- Extracto de la Resolución de 23 de julio de 2024, de la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda por la que se convocan para el ejercicio 2024 becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores.
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