Detalle de procedimiento

Constitución de la bolsa de policías locales para ser propuestos por la AVSRE en los órganos técnicos de selección (OTS)

Código SIA : 3056221
Código GUC : 96230
Organismo: AGENCIA VALENCIANA DE SEGURIDAD Y RESPUESTA A LAS EMERGENCIAS AVSRE
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 26-04-2024
  • Información básica

  • Solicitud

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Constitución de la bolsa de policías locales para ser propuestos en los órganos técnicos de selección (OTS)

Observaciones

Observaciones

La bolsa tendrá una duración indefinida hasta la constitución de una nueva bolsa.

Requisitos

Requisitos

Podrán inscribirse voluntariamente en la bolsa de personal de policía local para formar parte de los OTS de los procesos de selección y promoción en los cuerpos de policía local a propuesta de la AVSRE todas las personas integrantes de los cuerpos de policía local de la Comunitat Valenciana que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 29.1.B) del Decreto 179/2021 de 5 de noviembre, del Consell, de establecimiento de las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad en los cuerpos de policía local de la Comunitat Valenciana.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Personas integrantes de los cuerpos de policía local de la Comunitat Valenciana

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Plazo

Plazo

Desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGV (nº 9836 de 25 de abril de 2024) y durante todo el periodo de vigencia de la misma.

Tasa o pago

Tasa o pago

No hay tasas asociadas a este trámite.

Presentación

Presentación

Telemática
PRESENTACIÓN A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas): a) Las personas jurídicas. b) Las entidades sin personalidad jurídica. c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realizan con las Administraciones Públicas en ejercicio de esta actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representan a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realizan con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración. Igualmente, podrán relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos los solicitantes que, no estando obligados a esto, optan por esta vía. Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de manera presencial, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la cual haya sido realizada la subsanación (art. 68 de la Ley 39/15, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) TRAMITACIÓN TELEMÁTICA Para acceder de manera telemática el solicitante tendrá que disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basada en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos, los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunidad Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando a "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Cerca), accederá al trámite telemático, que le permitirá rellenar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente (los documentos que se anexan al trámite telemático tendrán que ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda) y realizar la presentación telemática de todo esto, después de la cual cosa obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de esta presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=ca). Los trámites que se realizan a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no llegan a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para acabar la presentación telemática accediendo en la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado"como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

El ámbito territorial de esta bolsa es autonómico Una vez constituida la bolsa, y a través de la herramienta informativa TRIBUPOL, para el proceso selectivo correspondiente, se elegirá por sorteo, entre sus componentes, a las personas a proponer como vocales. Dicho sorteo se efectuará únicamente entre las personas integrantes de la bolsa que cumplan las siguientes condiciones: a) Poseer una categoría igual o superior a la de la plaza o plazas que se convoquen. b) Pertenecer al cuerpo de policía local de un municipio situado en una isócrona no superior a 40 minutos del municipio que convoque el proceso selectivo. En el caso de que la bolsa constituida no cuente con personal suficiente para cubrir de manera adecuada las obligaciones de participación de la AVSRE en los OTS, la persona titular de la dirección de la AVSRE podrá proponer la designación de aquellos miembros de cualquier cuerpo de policía local de la Comunitat Valenciana que cumplan los requisitos exigibles a los miembros de esta. Se podrá renunciar en cualquier momento a permanecer en la bolsa. Las personas integrantes de la bolsa que hayan sido seleccionadas mediante el sorteo solo podrán renunciar en caso de formar parte de otro OTS en activo en el momento de producirse el sorteo, o haber sido seleccionado por sorteo en 2 o más ocasiones durante los 12 meses anteriores.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Efecto silencio

Efecto silencio

Desestimatorio

Recurso que procede contra la resolución

Recurso que procede contra la resolución

Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa