INSCRIPCIÓN EN EL PROGRAMA "VIAJA +65 COMUNITAT VALENCIANA" 2024

Turisme Comunitat Valenciana

Código SIA: 3136210
|
Código GVA: 97165
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 23-09-2024 09:00:00h

Hasta 27-11-2024 23:59:59h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Incentivar la demanda interna  de servicios turísticos prestados en periodos de temporada baja, buscando con ello hacer frente a un problema estructural del sector como es la estacionalidad.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 23-09-2024 09:00:00h hasta 27-11-2024 23:59:59h
Observaciones

RESPECTO A LOS SERVICIOS TURÍSTICOS QUE PODRÁN SER OBJETO DE AYUDA EN ESTE PROGRAMA

1. Los servicios que presten los alojamientos turísticos consistentes en:

1.1 Estancia mínima de cinco noches y hasta un máximo de diez noches, consecutivas en el mismo alojamiento turístico adherido al programa, en régimen de media pensión.

1.2. Otros servicios prestados directamente y a través de medios propios por el alojamiento turístico:

  • Tratamientos de salud y bienestar
  • Actividades deportivas
  • Excursiones y actividades de animación
  • Servicios gastronómicos al margen de los incluidos en el precio de la media pensión
  • Aparcamiento

Cada servicio tendrá un precio máximo de 25 euros (IVA incluido), con un importe máximo de hasta 100 euros (IVA incluido) por persona, por el concepto de otro tipo de servicio.

  • En el caso del aparcamiento nunca se podrá superar los 10 euros (IVA incluido) por vehículo y día, con un máximo de 50 euros (IVA incluido) para el total de la estancia.

2. En cuanto a los servicios que presten las agencias de viaje, además del servicio de alojamiento en régimen de media pensión, contemplado en el apartado 1.1 anterior, que es de prestación obligatoria, pueden ser objeto de subvención con cargo al programa otros servicios turísticos de intermediación prestados en la Comunitat Valenciana durante la estancia turística de la persona usuaria del programa Viaja +65 Comunitat Valenciana, servicios todos ellos comprendidos en lo establecido en el artículo 52 de la Ley 15/2018, de 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, en sus apartados c, d, e y f:

  • c) Organización, prestación o realización de servicios de turismo activo y ecoturismo.
  • d) Restauración.
  • e) Entretenimiento, salud, terapéuticas, deportivas, ocupacionales, culturales, congresuales, académicas y cualesquiera que conlleven esparcimiento y ocio, así como otros servicios complementarios cuando se ofrezcan con fines turísticos, o puedan conllevar dichos fines.
  • f) Difusión, asesoramiento e información sobre recursos y manifestaciones históricas, artísticas, culturales o cualesquiera otras de carácter turístico de la Comunitat Valenciana. Profesión de guía oficial de turismo y mediador turístico.

 

Además de los gastos de transporte en un medio de carácter colectivo.

Cada servicio, incluido el transporte, tendrá un precio máximo de 25 euros (IVA incluido) por persona, con un importe máximo de hasta 100 euros (IVA incluido) por el concepto de otro tipo de servicios.

Normativa

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Personas mayores de 65 años de edad que cumplan los requisitos del programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana" 2024.

 

Requisitos

PARA SER PERSONA BENEFICIARIA DE ESTE PROGRAMA:

- Ser mayor de 65 años.

- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.

- Estar empadronada en un municipio de la Comunitat Valenciana.

- Haber realizado la inscripción en el Programa dentro del período comprendido entre las 9:00 horas del 23 de septiembre de 2024 hasta las 23:59 horas del 27 de noviembre de 2024.

- Haber formalizado su reserva por los servicios turísticos objeto de la ayuda dentro del plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la comunicación del código promocional del Programa, enviada a la dirección de correo electrónico indicada a tal efecto por la persona solicitante o su representante.

REQUISITOS DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS OBJETO DE AYUDA

- Los servicios turísticos objeto del programa deberán cumplir lo establecido en el Artículo 6 de la resolución de convocatoria de las ayudas del Programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana" 2024

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. Para llevar a cabo la inscripción en el programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana" 2024 es necesario realizar los siguientes PASOS:

a) PASO 1: solicitar cita previa para realizar la inscripción. (no requiere firma electrónica).

  • En este PASO solo deberá introducirse la identificación de la persona solicitante de la ayuda (no de su representante), un correo electrónico y un teléfono de contacto.
  • El sistema informará del intervalo de tiempo asignado para realizar la inscripción.
  • En el apartado de enlaces de interés, está el enlace web a la cita previa

b) PASO 2: realizar el trámite de telemático de inscripción en el programa dentro del intervalo de tiempo asignado en la cita previa. (requiere certificado y firma electrónicos)

  • El trámite telemático de inscripción lo podrá realizar la persona solicitante interesada directamente o mediante su representante.
  • El formulario de inscripción se realiza mediante la cumplimentación de pantallas dinámicas, que una vez cumplimentado genera un formulario que se ha de firmar por parte de la persona solicitante y, si es el caso por la persona representante (se deberá aportar el formulario otorgamiento de la representación debidamente cumplimentado y firmado).
  • En este paso se debe aportar la documentación que acredite el empadronamiento de la persona solicitante en un municipio de la Comunitat Valenciana.

2. Turisme Comunitat Valenciana, una vez realizadas las comprobaciones oportunas de que la persona solicitante cumple con los requisitos establecidos para la obtención de la ayuda, admite la formalización de la inscripción, se pueden dar dos situaciones:

SITUACIÓN 1: a la persona solicitante SÍ que se le asigna un código promocional que le habilita para realizar las gestiones necesarias para solicitar la concesión de la ayuda.

SITUACIÓN 2: la persona solicitante queda en lista de espera al no obtener código promocional, la persona solicitante, asignándosele el número que así corresponda y que determinará su turno en la referida lista de espera durante toda la vigencia del programa.

3. La persona solicitante únicamente podrá hacer uso de los servicios turísticos objeto de subvención tras haber recibido notificación de la resolución de concesión de la ayuda solicitada, corriendo a cargo de la persona solicitante el abono del 100% del coste de los servicios contratados en el caso de hacer uso de ellos previamente a recibir la citada notificación.

4. Para solicitar la ayuda deberá formalizarse una reserva en un establecimiento de alojamiento turístico o en una agencia de viajes adheridos al programa, en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la comunicación por correo electrónico a la persona interesada o a su representante, de la asignación del código promocional.

En el caso de que no se formalice una reserva en el plazo señalado, la inscripción al programa quedará anulada, pudiendo la persona interesada proceder a realizar de nuevo su inscripción.

5. En caso de que, por falta de consignación presupuestaria o debido al elevado número de inscripciones realizadas, la persona interesada no recibiese un código promocional, se procederá de la siguiente forma:

a) Su inscripción quedará incluida en la lista de espera del Programa.

b) Existiendo crédito presupuestario, y una vez el sistema informático del Programa le asigne un código promocional, deberá formalizar una reserva conforme a lo establecido en el apartado 10 del artículo 4 de la resolución de convocatoria de las ayudas del Programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana"2024

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 23-09-2024 09:00:00h hasta 27-11-2024 23:59:59h

PERSONAS SOLICITANTES

Para llevar a cabo la inscripción es necesario realizar los siguientes pasos:

a) PASO 1: solicitud de cita previa para realizar la inscripción, a partir de las 9:00 horas del 23 de septiembre de 2024, en el siguiente enlace web: https://eturnos.gva.es/eturnos-front/BSILVER24/

b) PASO 2: realización de la inscripción: el primer turno asignado de cita previa se inicia a las 9:00 horas del 23 de septiembre de 2024 mediante el botón de TRAMITAR  habilitado al efecto de este mismo procedimiento.

ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS Y AGENCIAS DE VIAJES

Plazo de adhesión al Programa: La solicitud de adhesión podrá solicitarse desde la publicación en el DOGV de la resolución de convocatoria de las ayudas del Programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana"2024

PERIODO DE DISFRUTE DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS OBJETO DE ESTAS AYUDAS

Los servicios turísticos objeto de estas ayudas deberán ser prestados dentro del siguiente periodo de disfrute: Desde las 12:00 horas del día 14 de octubre de 2024 hasta las 23:59 horas del 20 de diciembre de 2024.

Documentación

A PRESENTAR POR PARTE DE LAS PERSONAS SOLICITANTES:

 

- Formulario de INSCRIPCIÓN EN EL PROGRAMA "Viaja +65 Comunitat Valenciana"2024, debidamente cumplimentado y firmado por medios electrónicos por la persona solicitante, y si es el caso por la persona representante.

 

- Acreditación de que la persona solicitante se encuentra empadronada en un municipio de la Comunitat Valenciana.

 

- En el caso de oponerse a la comprobación por parte de TCV de deudas tributarias y con la Seguridad Social, el certificado correspondiente que acredite su cumplimiento. Si este caducara antes de la finalización de la prestación de los servicios turísticos objeto de subvención, se deberá volver a aportar uno en vigor, en el momento de la justificación de la ayuda concedida.

 

SÓLO EN CASO DE QUE LA PERSONA SOLICITANTE OTORGUE SU REPRESENTACIÓN POR MEDIOS TELEMÁTICOS a un tercero o a un establecimiento de alojamiento turístico o agencia de viajes de los adheridos al Programa, debidamente cumplimentado y firmado por la persona solicitante, y la persona representante:

Tasa o pago

NO HAY TASAS

Forma de presentación
Telemática

IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de éste trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación. A. TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE LA SOLICITUD Los sistemas de identificación y firma aceptados en la...

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Resolución

Plazo máximo

El plazo para resolver y notificar la resolución de concesión será de 30 días desde la entrada en la aplicación informática interna de gestión del Programa de la comunicación de la reserva a TCV efectuada por el establecimiento de alojamiento turístico o agencia de viajes. Transcurrido este plazo...

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Cuantía y cobro

-PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA "VIAJA +65 COMUNITAT VALENCIANA" 2024

 

Estas ayudas estarán sujetas al régimen de concurrencia competitiva, siendo el único criterio de otorgamiento de las ayudas el orden de formalización de la solicitud, hasta agotar la dotación presupuestaria disponible.

 

Los servicios turísticos que pueden ser objeto de ayuda están establecidos en el artículo 6. Requisitos de los servicios turísticos objeto de ayuda de la resolución de convocatoria de ayudas del programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana" 2024

 

IMPORTE DE LA AYUDA Y PROCEDIMIENTO DE COBRO

 

1. La intensidad de la ayuda será del 40 % del coste los servicios turísticos objeto de subvención (IVA incluido).

 

2. El importe de la ayuda concedida será deducido a la persona beneficiaria en la factura correspondiente a los servicios, objeto de subvención, por los establecimientos de alojamiento turístico y agencias de viajes.

 

3. Si la persona beneficiaria no va acompañada la ayuda podrá ser de hasta 240 euros, correspondiendo al 40% de lo siguiente:

 

-Precio máximo de 50 euros IVA incluido por persona y día en régimen de media pensión.

 

Hasta 100 euros más por persona (IVA incluido), en concepto de otro tipo de servicios como los descritos en el apartado 1.2. del artículo 6.

 

4. En el caso de que la persona beneficiaria vaya acompañada y utilice una habitación doble la ayuda podrá ser de hasta un máximo de 360 euros, con el siguiente desglose:

 

-Precio máximo de 70€ para persona beneficiaria más acompañante.

 

- Hasta 200€ más por persona beneficiaria y acompañante, en concepto de otro tipo de servicios como los descritos en el apartado 1.2. del artículo 6 de la resolución de la convocatoria de ayudas del programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana" 2024.

 

 

4. En la factura emitida por los establecimientos de alojamiento turístico o agencia de viaje correspondiente a los servicios, objeto de subvención, deberá aparecer el importe de la ayuda concedida que se deducirá del importe total a pagar por parte de la persona beneficiaria.

 

Una vez ya se ha prestado el servicio, el establecimiento de alojamiento turístico o agencia de viajes deberá presentar la justificación correspondiente conforme a lo señalado en el artículo 12 de la resolución de la convocatoria del programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana" 2024, las ayudas serán abonadas por Turisme Comunitat Valenciana al establecimiento de alojamiento turístico o agencia de viajes con el que la persona usuaria del programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana" 2024 haya realizado su reserva.

 

 

5. Turisme Comunitat Valenciana se reserva el derecho de remitir a la persona beneficiaria los justificantes remitidos por el alojamiento turístico o la agencia de viaje, a fin de comprobar que no existen errores en las mismas y que se ajusta a la ayuda concedida.

 

COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS.

 

1. Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas con el mismo objeto, salvo las otorgadas al amparo de la resolución de convocatoria de las ayudas del programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana" 2024.

 

2. El importe conjunto de las ayudas, subvenciones o recursos públicos que con este objeto pudiera recibir la persona solicitante no podrá superar el precio de los servicios subvencionados. En el caso de que así fuere, se procederá a reintegrar la cantidad que exceda del mismo.

 

3. Las personas beneficiarias deberán comunicar a Turisme Comunitat Valenciana la percepción de otras subvenciones o ayudas que hayan podido percibir con el mismo objeto, en cuanto sean conocedoras de su concesión.

Efecto silencio / Agota vía administrativa
Desestimatorio
/ Sí
Observaciones

La resolución de concesión y/o denegación de la ayuda pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos...

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Órganos resolución
La persona titular de la presidencia de Turisme Comunitat Valenciana queda facultada para dictar cuantas instrucciones y resoluciones resulten necesarias para el desarrollo y aplicación de la resolución de convocatoria del programa "Viaja +65 Comunitat Valenciana" 2024.
Sanciones

1. En el caso de que se detectaran incumplimientos en alguno de los extremos a los que refieren las bases reguladoras de estas ayudas, imputables a la persona beneficiaria, se iniciará un expediente de reintegro de la subvención, incrementada en los correspondientes intereses legales.

2. El incumplimiento de los requisitos y obligaciones que se establecen en este decreto por parte de las personas beneficiarias inscritas a este programa, así como de los alojamientos turísticos y agencias de viajes adheridos al mismo, se someterá al régimen de infracciones y sanciones fijado en el título IV de la LGS.

3. Procederá reintegrar, total o parcialmente, las cantidades percibidas, así como el abono de los intereses de demora desde la fecha del pago de la subvención hasta que se acuerde la procedencia del reintegro de la misma, en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la LGS. En particular, procederá el reintegro total de la ayuda en el supuesto de falsedad de los documentos justificativos de la ayuda concedida.