Obtención de la acreditación, renovación o de un duplicado para el personal del servicio específico de admisión (SEA) - GVA.ES
Obtención de la acreditación, renovación o de un duplicado para el personal del servicio específico de admisión (SEA)
Qué es
Este procedimiento regula la presentación de la solicitud para la obtención, renovación o duplicado del certificado individual de acreditación del servicio específico de admisión (SEA).
En el caso de duplicado tendrá la misma vigencia que tenía el carné extraviado o deteriorado.
El certificado obtenido o renovado tendrá una vigencia de 4 años.
El duplicado tendrá la misma vigencia que tenía el carné extraviado o deteriorado.
En el caso de que se solicite envío al domicilio indicado, se realizará por carta certificada.
En el caso de se solicite la recogida en las distintas sedes de la Generalitat, se realizará en los siguientes unidades administrativas:
a) Dirección Territorial de la Conselleria de Emergencias e Interior de Alicante ubicado en Rambla Méndez Núñez, nº. 41, Planta 12 (03002 - Alacant/Alicante)
b) Dirección Territorial de la Conselleria de Emergencias e Interior de Castellón ubicado en la Calle Major, nº. 78, Planta 2 (12001 - Castelló de la Plana/Castellón)
c) Servicio de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Festejos Taurinos de la Conselleria de Emergencias e Interior ubicado en la Torre 4 de la Ciutat administrativa 9 D’Octubre en la Calle de la Democràcia, nº. 77 (46015 - València/Valencia)
- En la carpeta ciudadana del Gobierno de España, puedes obtener el certificado de antecedentes penales, titulación de estudios y familia numerosa, accediendo con tu teléfono móvil (Cl@ve móvil), DNI Electrónico o Certificado digital.
- Si lo que desea es conocer toda la información generada en sus relaciones con la Generalitat, por medios electrónicos, deberá acceder a la Carpeta Ciudadana GVA.
- Servicio específico de admisión -SEA
- Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOCV núm. 6414, de 10/12/2010).
- Título VI del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOCV núm. 6236, de 30/03/10).
A quién va dirigido
1. Las personas que hayan resultado APTAS en la prueba evaluadora del personal del Servicio Específico de Admisión (SEA).
2. Las personas que hayan resultado APTAS en la prueba de renovación del personal del Servicio Específico de Admisión (SEA).
3. Las personas que tengan un carnet en periodo de vigencia acreditativo del Servicio Específico de Admisión (SEA) y lo hayan extraviado o lo tengan deteriorado de forma que sea ilegible.
1. Los requisitos para la obtención o renovación del certificado son:
- Haber superado la prueba evaluadora para la obtención o renovación del certificado individual de acreditación para el ejercicio de las funciones propias del servicio específico de admisión (SEA).
- Aportar una fotografía reciente a color tamaño carnet de 3,2 x 2,6 cm.
- Abonar la tasa por la obtención de la certificación acreditativa del servicio específico de admisión (SEA), en la cuenta de la Generalitat en la tramitación electrónica del procedimiento o en las sucursales de las entidades financieras colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas de la Generalitat (DOGV 30.12.2017).
2. Los requisitos para la obtención del duplicado son:
- Haber superado la prueba evaluadora para la obtención o renovación del certificado individual de acreditación para el ejercicio de las funciones propias del servicio específico de admisión (SEA).
- Que el carnet extraviado o deteriorado esté en periodo de vigencia.
- Aportar una fotografía reciente a color tamaño carnet de 3,2 x 2,6 cm.
- Abonar la tasa por la obtención de la certificación acreditativa del servicio específico de admisión (SEA), en la cuenta de la Generalitat en la tramitación electrónica del procedimiento o en las sucursales de las entidades financieras colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas de la Generalitat (DOGV 30.12.2017).
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
- SOLICITUD DEL CERTIFICADO INDIVIDUAL DE ACREDITACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DEL SERVICIO ESPECÍFICO DE ADMISIÓN (SEA)
- SUBSANACIÓN O APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA LA OBTENCIÓN, RENOVACIÓN O DUPLICADO DEL CERTIFICADO INDIVIDUAL DE ACREDITACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DEL SERVICIO ESPECÍFICO DE ADMISIÓN (SEA)
Solicitud
Abierto todo el año
a) Solicitud de la persona interesada de acuerdo con el modelo de formulario incluido en el procedimiento. En dicha solicitud se deberá indicar expresamente la convocatoria donde aparece APTO y el modo en el que desea recibir el certificado.
b) Fotografía reciente a color, tamaño carnet de 3,2 x 2,6 cm.
c) Si no realiza la tramitación electrónica, ejemplar para la Administración del impreso del pago (modelo de la tasa 046) por la obtención de la certificación acreditativa del servicio específico de admisión (SEA), con certificación mecánica o firma autorizada de la entidad colaboradora del ingreso de las cuantías de las tasas.
Formularios
- SOLICITUD DEL CERTIFICADO INDIVIDUAL DE ACREDITACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DEL SERVICIO ESPECÍFICO DE ADMISIÓN (SEA)
- SUBSANACIÓN O APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA LA OBTENCIÓN, RENOVACIÓN O DUPLICADO DEL CERTIFICADO INDIVIDUAL DE ACREDITACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DEL SERVICIO ESPECÍFICO DE ADMISIÓN (SEA)
TASA POR OBTENCIÓN CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA SERVICIO ESPECÍFICO DE ADMISIÓN
(5,15 euros)
Para obtener, renovar o realizar un duplicado de la certificación acreditativa del servicio especifico de admisión se deberá abonar una tasa de 5,15 euros en la cuenta de la Generalitat en las sucursales de las entidades financieras colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat de Tasas de la Generalitat (DOGV 30.12.2017).
En la presentación telemática el pago se realiza en la propia tramitación. Si no se presenta telemáticamente, el modelo de la tasa 046 podrá obtenerse en la página web de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV) 9813 - TASA POR OBTENCIÓN CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA SERVICIO ESPECÍFICO DE ADMISIÓN, en las direcciones territoriales competentes en materia de Espectáculos o en las oficinas PROP de la Generalitat.
El enlace para la obtención de la tasa es:
PRESENTACIÓN A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos (artículo 14 de la Ley...
Las solicitudes y la documentación que las acompaña se presentarán preferentemente en los registros administrativos siguientes:
a) En el registro de la Dirección Territorial de la Conselleria de Emergencias e Interior en Alicante ubicado en la calle Churruca, nº. 29, de Alicante.
b) En el registro de la oficina PROP situada en la calle Mayor, nº. 78, de Castellón de la Plana.
c) En el Registro General de la ciudad administrativa 9 d'Octubre, edificio A, de Valencia, ubicado en la calle de la Democracia nº. 77.
d) En las oficinas PROP de la Generalitat.
e) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en cumplimiento del cual, las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Alegación / Aportación
Preguntas frecuentes
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