Ayudas urgentes, por concesión directa y SIN SOLICITUD, por importe de 360 euros, a personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas con suspensión de contrato por ERTE por Fuerza Mayor como consecuencia de la emergencia causada por la DANA en la Comunitat Valenciana (DANAER) - GVA.ES
Ayudas urgentes, por concesión directa y SIN SOLICITUD, por importe de 360 euros, a personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas con suspensión de contrato por ERTE por Fuerza Mayor como consecuencia de la emergencia causada por la DANA en la Comunitat Valenciana (DANAER)
Qué es
Facilitar información sobre las ayudas urgentes, por concesión directa, a personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas con suspensión del contrato por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE por Fuerza Mayor) a consecuencia de la emergencia causada por la DANA, ocurrida el 29 de octubre de 2024, en la Comunitat Valenciana
Las dudas o consultas sobre estas ayudas se resolverán exclusivamente mediante el correo electrónico: ayudasertedana@gva.es
- LGS - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003).
- RLGS - Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 176, de 25/07/2006).
- LHPS - Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones (DOGV núm. 7464, de 12/02/2015).
A quién va dirigido
Serán beneficiarias de estas ayudas las personas físicas que estén incluidas en la relación de personas trabajadoras remitida al órgano concedente por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en tanto que es el órgano competente para el abono mensual de las prestaciones que se complementan, donde se incluirán todas las personas físicas que tengan reconocida la prestación de ERTE por fuerza mayor derivada de DANA, en algún día entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024, debido a la suspensión temporal de su contrato de trabajo como consecuencia de un ERTE por causa de fuerza mayor derivada del episodio de DANA del pasado 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.
Tener reconocida la prestación de ERTE por Fuerza Mayor derivada de DANA, en algún día entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024, debido a la suspensión temporal de su contrato de trabajo.
Cómo se tramita
1. El procedimiento se impulsará de oficio en todos sus trámites.
2. La instrucción corresponderá a la Subdirección General de Relaciones Laborales y Cooperativismo, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral.
3. La Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral recabará del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), del Servicio de Valenciano de Empleo y Formación (LABORA), y de cualquier otra entidad pública, la información estrictamente necesaria para el otorgamiento de estas ayudas. Los datos obtenidos solo podrán ser utilizados para la concesión de estas ayudas.
4. Los datos que se recabarán serán los siguientes, referidos a las personas trabajadoras que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3.1 de estas bases:
• DNI o NIE
• Nombre y Apellidos
• Teléfono
• Cuenta bancaria, con clave IBAN, donde la beneficiaria recibe el pago de las prestaciones
• CCC (Código de Cuenta de Cotización en Seguridad Social del centro de trabajo en el que prestaba servicios la persona trabajadora afectada por el ERTE)
5. En el tratamiento e intercambio de la información se tendrá en cuenta el nivel de protección de datos personales requerido para datos de esta naturaleza, garantizando la confidencialidad de los datos y su trazabilidad, conforme a lo establecido en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
6. Recibida la documentación necesaria para proceder a la concesión de estas ayudas, la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Generalitat Valenciana llevará a cabo su procesamiento informático, con las medidas necesarias para la seguridad de su tratamiento, y el órgano instructor emitirá informe donde hará constar que se cumplen los requisitos necesarios para la concesión de las ayudas, formulando la propuesta de concesión al órgano competente para resolver.
46015 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Esta ayuda se CONCEDE DE OFICIO por parte de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral. Se obtendrá la relación de las personas beneficiarias mediante consulta realizada al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), donde se identificarán a todas aquellas personas trabajadoras que hayan sido incluidas en un ERTE por Fuerza Mayor, con ocasión de la DANA de la provincia de Valencia, que cumplan el resto de los requisitos establecidos en el decreto de estas ayudas.
Por todo ello, NO hay que realizar ninguna SOLICTUD ni presentar documentación alguna, a menos que el órgano instructor de estas ayudas requiera a la persona beneficiaria para que aporte documentación necesaria.
- DECRETO LEY 11/2024, de 12 de noviembre, del Consell, por el que se adoptan medidas administrativas y económico-presupuestarias para facilitar la respuesta de la Generalitat como consecuencia de la DANA sufrida por la Comunitat Valenciana los días 28 y 29 de octubre de 2024.
- DECRETO 17/2025, de 4 de febrero, del Consell, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta ajena con suspensión del contrato de trabajo por un expediente de regulación temporal de empleo por fuerza mayor a...
Alegación / Aportación
Usted tiene derecho a formular alegaciones y a utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que tendrán que ser tenidos en cuenta por el órgano competente en redactar la propuesta de resolución.
Más información: Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Resolución
La competencia para resolver corresponde al director general de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral.
El plazo para resolver será de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las bases reguladoras.
La resolución pondrá fin a la vía administrativa y, contra ella, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el correspondiente juzgado de lo contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la mencionada Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
46004 - València/Valencia
- RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se conceden ayudas previstas en el Decreto 17/2025, de 4 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas...
- RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se conceden las ayudas previstas en el Decreto 17/2025, de 4 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las...
- RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se conceden ayudas previstas en el Decreto 17/2025, de 4 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas...
- RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y seguridad Laboral, por la que se conceden ayudas previstas en el Decreto 17/2025, de 4 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas...
- RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se conceden ayudas previstas en el Decreto 17/2025, de 4 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas...
Recurso de reposición
La resolución pondrá fin a la vía administrativa y, contra ella, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del...
Preguntas frecuentes
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MATERIAS
- Ciudadanía
- Ayudas, becas y subvenciones
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TEMA
- Trabajo
PERFILES
- Ciudadanía
- Personas desempleadas
SITUACIÓN DE VIDA
- Trabajo y negocio
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TIPO
- Ayudas, becas y subvenciones