Notificación de sospecha de enfermedad de declaración obligatoria relacionada con la sanidad animal - GVA.ES
Notificación de sospecha de enfermedad de declaración obligatoria relacionada con la sanidad animal
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
Desde 10-06-2025 00:00:00h
Qué es
Establecer el cauce de comunicación de la sospecha de presencia de enfermedades de carácter epizoótico en los animales, o que por su especial virulencia, extrema gravedad o rápida difusión, impliquen un peligro potencial de contagio para la población animal, doméstica o salvaje, o un riesgo para la salud pública o el medio ambiente.
Se deberán comunicar brotes espontáneos que se tenga conocimiento o sospecha de enfermedades de carácter epizoótico, o que por su extrema gravedad, virulencia o difusión, impliquen peligro de contagio para la población animal o salud pública, y en todo caso, cuando la sospecha sea de una enfermedad listada como de declaración obligatoria según la Organización Mundial de Sanidad Animal.
- Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal. DOUE núm. L84/1 de 31-03-2016
- Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal. BOE núm. 99 de 25-04-2003
- Ley 6/2003, de 4 de marzo, de la Generalitat, de Ganadería de la Comunidad Valenciana. DOGV núm. 4455 de 07-03-2003
- Plan Anual Zoosanitario vigente. WEB núm. 10126 de 09-06-2025
- Decreto 82/2025, de 3 de junio, del Consell, por el que se desarrollan y regulan los procedimientos de sanidad y bienestar animal, y se modifican varios decretos en materia de sanidad, bienestar, trazabilidad, identificación y registro de las explotaciones ganaderas en la Comunitat Valenciana....
A quién va dirigido
Toda persona, física o jurídica, que tenga conocimiento o sospecha, de enfermedades de carácter epizoótico, o que por su especial virulencia, extrema gravedad o rápida difusión, impliquen un peligro potencial de contagio para la población animal, doméstica o salvaje, o un riesgo cierto para la salud pública o para el medio ambiente.
Quien realice esta comunicación debe disponer de información que sustente la sospecha de enfermedad que deberá aportarse en el formulario de comunicación de sospecha (ej. síntomas, patologías observadas, así como localización de los animales sospechosos)
Cómo se tramita
Según la información recibida el servicio de Producción y Sanidad Animal coordinará las actuaciones a realizar con los departamentos competentes (servicio veterinario oficial de la correspondiente Oficina Comarcal Agraria, Servicio de Vida Silvestre y Red Natura 2000 de la conselleria competente en materia de medioambiente). Asimismo, se podría solicitar colaboración a otras administraciones y/o cuerpos de seguridad en caso necesario.
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
En cualquier momento.
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 4 del Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa...
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Empresas
- Agricultura, ganadería y pesca
- Ciudadanía
- Salud
TEMA
- Agricultura, ganadería y pesca
- Ganadería
PERFILES
- Ciudadanía
- Empresa
SECTOR
- Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
- Ganadería
TIPO
- Declaraciones y comunicaciones