Comunicación previa de una explotación de aves de corral para autoconsumo

Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca

Código SIA: 3197753
|
Código GVA: 106502
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Plazo de solicitud abierto

Desde 11-07-2025 00:00:00h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

La comunicación previa de las explotaciones de aves de corral destinadas al autoconsumo.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 11-07-2025 00:00:00h
Observaciones

No hay número mínimo de gallinas para comunicar en la explotación de autoconsumo.

En cambio, sí que hay un máximo para considerarse explotación de autoconsumo. Se entiende como explotación de autoconsumo aquella que tiene como máximo 0,15 Unidades de Ganado Mayor (UGM) de capacidad máxima de aves de corral.

Por ejemplo, un máximo de 30 gallinas ponedoras o de 50 pavos de engorde, de acuerdo con la tabla de equivalencias de UGM.

 

Tabla de equivalencias de UGM

  • Gallinas ponedoras: 0,005 UGM
  • Pollita de recría: 0,001 UGM
  • Gallinas reproductoras pesadas: 0,005 UGM
  • Gallinas reproductoras ligeras: 0,004 UGM
  • Pollo de engorde (broiler): 0,003 UGM
  • Pavo reproductor: 0,01 UGM
  • Pavo de engorde: 0,005 UGM
  • Pato reproductor: 0,006 UGM
  • Pato de engorde: 0,003 UGM
  • Pintada: 0,007 UGM
  • Oca reproductora: 0,006 UGM
  • Oca de engorde: 0,003 UGM
  • Avestruz: 0,33 UGM
  • Perdiz reproductora: 0,002 UGM
  • Perdiz de engorde: 0,0009 UGM
  • Codorniz reproductora y ponedora: 0,0009 UGM
  • Codorniz de engorde: 0,0004 UGM
  • Faisán reproductor: 0,006 UGM
  • Faisán de engorde: 0,003 UGM
  • Paloma: 0,002 UGM

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Aquellas personas que deseen dar de alta gallinas u otras aves de corral para autoconsumo.

Requisitos

1- La explotación debe tener como máximo 0,15 Unidades de Ganado Mayor (UGM) de aves de corral.

 

2- No se permite la comercialización de los animales, su carne, huevos u otros productos.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

El titular o representante de la explotación realizará la comunicación a través del formulario que aparece en el procedimiento telemático.

Conlleva la comunicación previa de una explotación de aves de corral de autoconsumo para su inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana. La Oficina Comarcal Agraria registrará su comunicación y Servicios Territoriales, grabará los datos y se les asignará un código REGA, el cual, puede consultarlo a través de la Oficina Virtual Veterinaria(OVV).

Órganos de tramitación
Oficinas comarcales de la conselleria competente en materia de ganadería: https://portalagrari.gva.es/es/web/oca Servicios Territoriales: https://agricultura.gva.es/es/servicios-territoriales

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 11-07-2025 00:00:00h

En cualquier momento antes del inicio de la explotación.

Tasa o pago

No conlleva tasas.

Forma de presentación
Telemática

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 4 del Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa...

Más
Presencial

a) En las oficinas de asistencia en materia de registros (https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros).

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Y, preferentemente, en las oficinas comarcales agrarias: https://portalagrari.gva.es/es/web/oca/inici

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía

TEMA

  • Agricultura, ganadería y pesca
    • Ganadería
    • Sanidad animal

PERFILES

  • Ciudadanía

TIPO

  • Registros