Inscripción para la realización de las pruebas de ingreso y acceso de enseñanzas elementales de Música y Danza de la Comunitat Valenciana para el curso 2024-2025, en los conservatorios de titularidad de la Generalitat Valenciana

Conselleria de Educación, Universidades y Empleo

Código SIA: 211616
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Código GVA: 15946
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Plazo cerrado

Desde 20-05-2024 09:00:00h

Hasta 07-06-2024 15:00:59h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

El alumnado que desee iniciar las enseñanzas elementales de Música o Danza a través del ingreso en primer curso, deberá realizar una prueba mediante la cual se valorarán las aptitudes del aspirante para cursar dichas enseñanzas.

 

Asimismo podrá accederse a cada curso de las enseñanzas elementales sin haber cursado los anteriores siempre que, a través de una prueba realizada ante una comisión de evaluación designada por el director del centro, el aspirante demuestre poseer los conocimientos teórico-prácticos, necesarios para seguir con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes, valorándose la edad idónea.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 20-05-2024 09:00:00h hasta 07-06-2024 15:00:59h
Observaciones

Los aspirantes que soliciten realizar la prueba de ingreso o de acceso a las enseñanzas elementales de Música o Danza en centros que no sean de titularidad de la Generalitat Valenciana seguirán lo que cada centro haya establecido respecto a la tramitación de la solicitud.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Requisitos

Las enseñanzas elementales de Música y Danza se cursarán ordinariamente entre los 8 y los 12 años, cumplidos en el año natural de inicio y de finalización, respectivamente, de las enseñanzas.

 

NOTAS:

 

1. Los aspirantes con edades menores de las fijadas con carácter ordinario, para iniciar las enseñanzas elementales de Música o Danza, o bien para acceder a cursos diferentes del primero, deberán obtener la autorización para concurrir a las pruebas de ingreso o de acceso, respectivamente, por parte de la dirección del centro.

 

2. Los aspirantes con edades mayores de las fijadas con carácter ordinario, podrán solicitar ante la dirección del centro presentarse a las respectivas pruebas de ingreso o de acceso, tanto al primer curso como a cursos diferentes del primero, de las enseñanzas elementales de Música o Danza.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. Realización de la solicitud de inscripción telemática, para los que soliciten realizar la prueba en alguno de los conservatorios de titularidad pública de la Generalitat Valenciana.

 

2. Presentación, el día de la prueba, de la solicitud y documentación original requerida en el centro donde solicita realizar la prueba de ingreso o acceso.

 

3. Los conservatorios que impartan enseñanzas elementales de Música y Danza facilitarán a las personas interesadas en participar en estas pruebas la información y la orientación necesarias para la realización de las mismas y comprobarán que las solicitudes estén debidamente cumplimentadas y que se adjunten los documentos acreditativos necesarios, el día de la prueba.

Órganos de tramitación
Los conservatorios y centros autorizados de enseñanzas elementales de Música y Danza.

Solicitud

Plazo
Desde 20-05-2024 09:00:00h hasta 07-06-2024 15:00:59h

INSCRIPCIÓN: desde las 09:00 del 20 de mayo hasta las 15:00 del 7 de junio de 2024

 

LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS: 10 de junio de 2024

 

LISTAS DEFINITIVAS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS: 14 de junio de 2024

 

REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS: del 1 al 4 de julio de 2024, ambos incluidos

 

LISTADOS PROVISIONALES: 8 de julio de 2024

 

LISTADOS DEFINITIVOS: 22 de julio de 2024

Documentación
a) Solicitud de inscripción original impresa (obtenida tras la inscripción telemática). b) Justificante del pago de la tasa de derechos de examen (obtenido tras el pago telemático dentro del propio trámite). c) En el caso de alumnado menor de 8 años, autorización expresa de la dirección del...
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Tasa o pago

EL PAGO SE GENERARÁ DENTRO DE ESTE MISMO TRÁMITE.

 

 

Podrán disponer de una bonificación del 50%, debiendo aportar la documentación justificativa, los siguientes casos:

 

a) Personas con una discapacidad igual o superior al 33%.

b) Miembros de familias monoparentales de categoría general.

c) Beneficiarios de familia numerosa de categoría general.

 

Podrán disponer de exención total del pago de tasas, debiendo aportar la documentación justificativa, los siguientes casos:

 

a) Beneficiarios de familia numerosa de categoría especial.

b) Miembros de familias monoparentales de categoría especial.

c) Las personas a que hayan sido víctimas de violencia de género (al amparo de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre) y víctimas de actos contra la mujer (Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat).

d) Las personas, o hijos, que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de actos terroristas (conforme al artículo 38 de la Ley 29/2011 de 22 de septiembre).

Resolución

Observaciones

Contra el acto administrativo de publicación del listado definitivo, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la dirección territorial competente en materia de educación en el plazo que se establece en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento...

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Órganos resolución
Los conservatorios y centros autorizados de enseñanzas elementales de Música y Danza.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

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