Convocatoria de subvenciones destinadas a las mancomunidades de municipios, a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana y a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo y la difusión del Estatuto de Autonomía, la recuperación y divulgación del Derecho Foral Civil Valenciano y las señas de identidad del Pueblo Valenciano durante el ejercicio 2024

Presidencia de la Generalitat

Código SIA: 211656
|
Código GVA: 16098
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Plazo cerrado

Desde 16-07-2024

Hasta 05-08-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

OBJETO: Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones destinadas a las mancomunidades de municipios, a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana y a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo y la difusión del Estatuto de Autonomía, la recuperación y divulgación del Derecho Foral Civil Valenciano y las señas de identidad del Pueblo Valenciano durante el ejercicio 2024.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

 

a) La organización de actividades, tales como congresos, jornadas, seminarios, paneles, mesas redondas, exposiciones y otras de naturaleza similar, relacionadas con el fomento del autogobierno, el desarrollo estatutario, el Derecho Foral Civil Valenciano y las señas de identidad del Pueblo Valenciano.

b) La edición de publicaciones vinculadas con el objeto de las subvenciones, en cualquier formato o soporte que permita su difusión.

 

No serán financiables las actuaciones de carácter cultural, festivo o lúdico que carezcan manifiestamente de relación con el objeto de estas subvenciones.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
16-07-2024 al 05-08-2024
SubsanaciónPlazo abierto
Alegación / AportaciónPlazo abierto
JustificaciónPlazo abierto
Hasta 25-10-2024

A quién va dirigido

Ciudadanía
Administración
Personas interesadas

- Mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana.

 

- Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana.

 

- Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, con domicilio social en la Comunitat Valenciana, legalmente constituidas e inscritas a la fecha de publicación de la convocatoria en el registro que corresponda en función de su naturaleza jurídica, que además dispongan de una sede central o delegación permanente en el territorio de la Comunitat Valenciana.

Requisitos

REQUISITOS DE ADMISIÓN EN LA SOLICITUD DE INICIO:

 

-Si un ayuntamiento presentara una solicitud propia y concurriera, en otra solicitud, como miembro de una mancomunidad de municipios, se entenderá que prevalece la presentada por ésta y quedará total o parcialmente inadmitida, previa audiencia de la entidad o entidades interesadas, la formalizada por el ayuntamiento a título individual. Esta inadmisión se producirá solo con respecto a la actuación subvencionable coincidente y no afectará a la parte de la solicitud del ayuntamiento que se refiera a otras actuaciones susceptibles de ser subvencionadas.

 

-Las asociaciones y las entidades sin ánimo de lucro no podrán para la misma actuación subvencionable, presentar una solicitud propia y, al mismo tiempo, una solicitud con otra entidad solicitante de la que formen parte.

 

 

 

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

ORDENACIÓN E INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

Recibidas las solicitudes, se incoará de oficio un expediente por cada solicitud, y la dirección general competente en materia de fomento del autogobierno, como órgano instructor, procederá a verificar que la solicitud reúne los requisitos exigidos, y que se acompaña la documentación que sea exigible según lo establecido en la convocatoria.

 

 

 

 

 

 

Criterios de valoración

CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO:

 

1. Los criterios objetivos de otorgamiento que se tendrán en cuenta para la concesión de las subvenciones serán los siguientes:

 

a) Plan de actuaciones previstas, su viabilidad y el coste total de aquellas, a partir del programa presentado: hasta cinco (5) puntos.

 

b) Repercusión del plan de actuaciones a realizar: hasta cuatro (4) puntos.

 

c) Uso del valenciano durante el desarrollo de la actividad y/o en las distintas publicaciones que, en su caso, se generen con motivo de su organización y para la difusión y divulgación de sus resultados: hasta un (1) punto.

 

Para asignar la puntuación correspondiente a estos tres criterios se efectuará la valoración motivada de los parámetros previstos para cada uno de ellos en el artículo 9 del Decreto de las bases reguladoras.

 

 

2. A la hora de efectuar una valoración motivada de los parámetros aplicables a los criterios de las letras a) y b) del apartado anterior se tendrá en cuenta, en particular, la presencia equilibrada de mujeres y hombres en las actividades cuya financiación se pretenda por parte de las entidades solicitantes, así como, en su caso, la repercusión del contenido de tales actividades en materia de igualdad.

En este sentido, el plan de actuaciones aportado con la solicitud contendrá una referencia expresa al impacto de género previsto para las actividades, entendido en términos de repercusión sobre la igualdad entre mujeres y hombres y calibrado, entre otros posibles parámetros, en atención al porcentaje y al número de mujeres participantes, ya sea como organizadoras, como intervinientes o como potenciales asistentes.

 

 

 

Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Plazo cerrado

- El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales y se computará desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana nº 9892 / 15.07.2024

Documentación
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD: 1. Un programa detallado del plan de la actuación o actuaciones a realizar, que será único por solicitud, tendrá que estar firmado telemáticamente por la persona titular de la presidencia de la mancomunidad de municipios o de la...
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Forma de presentación
Telemática
La presentación de las solicitudes y de la documentación anexa para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se realizará, únicamente, de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Generalitat por medio del siguiente enlace:...
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    Subsanación

    Plazo
    Plazo abierto
    Forma de presentación

    Alegación / Aportación

    Plazo
    Plazo abierto
    Forma de presentación

    Resolución

    Plazo máximo
    El plazo para tramitar las solicitudes y resolver y publicar las resoluciones será de seis meses como máximo, a contar desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Concluido este plazo sin que se haya dictado y publicado...
    Saber más
    Cuantía y cobro
    CUANTÍA: -Las subvenciones serán de cuantía variable, determinada proporcionalmente en función de la puntuación obtenida en virtud de los criterios de valoración y distribución establecidos en las bases. -Si el importe total de las subvenciones calculadas de conformidad con lo dispuesto en el...
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    75000.0
    Efecto silencio / Agota vía administrativa
    Desestimatorio
    / Sí
    Recurso que procede contra la resolución
    Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
    Obligaciones
    OBLIGACIONES ENTIDADES BENEFICIARIAS: 1. Las entidades beneficiarias están sujetas a las obligaciones generales derivadas de la normativa vigente sobre subvenciones públicas y, en particular, a las que hace referencia el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, así como, en su caso, a las...
    Saber más
    Observaciones

    Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y...

    Saber más
    Órganos resolución
    Sanciones
    El régimen sancionador aplicable será el previsto en los artículos 173 a 177 de la Ley 1/2015, en relación con el título IV de la LGS.

    Justificación

    Plazo
    Hasta 25-10-2024

    El plazo para la justificación de las subvenciones concedidas finalizará el 25 de octubre de 2024.

    Descripción

    1. Sólo serán subvencionables aquellas actuaciones que se hayan llevado a cabo, en su integridad, dentro del ejercicio correspondiente a esta convocatoria y en el plazo expresamente previsto por ella. 2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley General de Subvenciones, se...

    Saber más
    Forma de presentación

    Preguntas frecuentes

    Dudas sobre el trámite
    Dónde consultar dudas sobre el trámite:

      Temas relacionados

      MATERIAS

      • Administraciones
        • Ayudas y subvenciones
          • Administraciones locales
      • Ciudadanía
        • Ayudas, becas y subvenciones