Convocatoria de subvenciones destinadas a las universidades de la Comunitat Valenciana para la realización de actuaciones en materia de fomento del autogobierno, desarrollo del Estatuto de Autonomía, Derecho Foral Civil Valenciano y señas de identidad del Pueblo Valenciano en el ejercicio 2024 - GVA.ES
Convocatoria de subvenciones destinadas a las universidades de la Comunitat Valenciana para la realización de actuaciones en materia de fomento del autogobierno, desarrollo del Estatuto de Autonomía, Derecho Foral Civil Valenciano y señas de identidad del Pueblo Valenciano en el ejercicio 2024
Qué es
OBJETO: Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a las universidades de la Comunitat Valenciana para la realización de actuaciones en materia de fomento del autogobierno, desarrollo del Estatuto de Autonomía, Derecho Foral Civil Valenciano y señas de identidad del Pueblo Valenciano.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES: Las actuaciones que se podrán subvencionar son las siguientes:
a)La organización de actividades, tales como congresos, jornadas, seminarios, paneles, mesas redondas, exposiciones y otras de naturaleza similar, relacionadas con el fomento del autogobierno, el desarrollo del Estatuto de Autonomía, el Derecho Foral Civil Valenciano y las señas de identidad del Pueblo Valenciano.
b)La edición de publicaciones vinculadas con el objeto de las subvenciones, en cualquier formato o soporte que permita su difusión.
No serán financiables las actuaciones de carácter cultural, festivo o lúdico que carezcan manifiestamente de relación con el objeto de estas subvenciones.
A quién va dirigido
Universidades de la Comunitat Valenciana.
REQUISITOS DE ADMISIÓN DE LA SOLICITUD DE INICIO:
1. Sólo se admitirá una única solicitud por cada entidad interesada para desarrollar un mismo programa financiable, sin perjuicio que una misma universidad pueda presentar tantas solicitudes como programas de actividades quiera que se financien.
2. Una universidad no podrá para la misma actuación subvencionable, presentar una solicitud propia y, al mismo tiempo, una solicitud conjunta con otra u otras universidades.
Cómo se tramita
ORDENACIÓN E INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:
Recibidas las solicitudes, se incoará de oficio un expediente por cada solicitud y la dirección general competente en materia de fomento del autogobierno, como órgano instructor, procederá a verificar que la solicitud reúne los requisitos exigidos y que se acompaña la documentación que sea exigible según lo establecido en la convocatoria.
CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO:
1. Los criterios objetivos de otorgamiento que se tendrán en cuenta para la concesión de las subvenciones serán los siguientes:
a) Plan de actuaciones previstas, su viabilidad y el coste total de aquellas, a partir del programa presentado: hasta cinco (5) puntos.
b) Repercusión del plan de actuaciones a realizar: hasta cuatro (4) puntos.
c) Uso del valenciano durante el desarrollo de la actividad y/o en las distintas publicaciones que, en su caso, se generen con motivo de su organización y para la difusión y divulgación de sus resultados: hasta un (1) punto.
Para asignar la puntuación correspondiente a estos tres criterios se efectuará la valoración motivada de los parámetros previstos en cada uno de ellos en el artículo 9 del Decreto de las bases reguladoras.
2. A la hora de efectuar una valoración motivada de los parámetros aplicables a los criterios de las letras a) y b) del apartado anterior se tendrá en cuenta, en particular, la presencia equilibrada de mujeres y hombres en las actividades cuya financiación se pretenda por parte de las universidades solicitantes, así como, en su caso, la repercusión del contenido de tales actividades en materia de igualdad.
En este sentido, el plan de actuación o actuaciones a realizar aportado con cada solicitud contendrá una referencia expresa al impacto de género previsto para las actividades, entendido en términos de repercusión sobre la igualdad entre mujeres y hombres y calibrado, entre otros posibles parámetros, en atención al porcentaje y al número de mujeres participantes, ya sea como organizadoras, como intervinientes o como potenciales asistentes.
46010 - València/Valencia
Solicitud
- El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales y se computará desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana nº 9892 / 15.07.2024
- Extracto de la Resolución de 4 de julio de 2024, de la Presidencia de la Generalitat, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a las universidades de la Comunitat Valenciana para la realización de actuaciones en materia de fomento del autogobierno, desarrollo del Estatuto de...
- RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2024, de la Presidencia de la Generalitat, por la cual se convoca la concesión de subvenciones destinadas en las universidades de la Comunitat Valenciana para la realización de actuaciones en materia de fomento del autogobierno, despliegue del Estatuto de Autonomía,...
Alegación / Aportación
Resolución
Contra la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la citada...
46001 - València/Valencia
Justificación
El plazo para la justificación de las subvenciones concedidas finalizará el 25 de octubre de 2024.
1. Sólo serán subvencionables aquellas actuaciones que se hayan llevado a cabo, en su integridad, dentro del ejercicio correspondiente a esta convocatoria y en el plazo expresamente previsto por esta. 2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley General de Subvenciones, se...
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