Subvenciones para la financiación de los gastos de medios materiales destinados a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local

Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias AVSRE

Código SIA: 1934322
|
Código GVA: 19870
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Plazo cerrado

Desde 07-06-2024

Hasta 06-08-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

En el ejercicio 2024 serán subvencionables los gastos realizados en la adquisición de emisoras de la red COMDES para uso policial, así como los gastos realizados en la adquisición de chalecos antibalas, efectuados durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el día de finalización...

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Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 07-06-2024 hasta 06-08-2024
SubsanaciónPlazo abierto
JustificaciónPlazo abierto
Recurso de reposiciónPlazo abierto

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

Los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local.

Requisitos

Las emisoras subvencionables, además del propio terminal portátil, con encriptación TEA2, número K y GPS, todos incorporados y activos (incluidas las licencias) deberán ir equipadas con los siguientes elementos:

 

- Antena preparada para recibir señal combinada TETRA/GPS, ajustada a la frecuencia de funcionamiento del terminal, con revestimiento de la bobina con material plástico, goma o similar

- Dos baterías de alta capacidad, amplia autonomía y número de recargas superior a 500 ciclos.

- Funda protectora adecuada al modelo de terminal y tipo de batería solicitada, y que incluya los elementos ergonómicos necesarios para permitir su manejo y una firme sujeción del terminal al cinturón policial (clip rotatorio).

- Dos pinzas o anillas de enganche al cinturón policial, mediante su unión al clip de acoplamiento rotatorio.

- Cargador dual o de sobremesa (1+1), que permita la carga simultánea de la batería alojada en la emisora más una batería adicional, que incluya transformador y toma de conexión a la red de 220 voltios.

- Teclas para el envío de mensajes de estado.

- Programación acorde a las especificaciones que facilitará en su momento la AVSRE

- Bluetooth (opcional)

 

Deberán, asimismo, cumplir los requisitos mínimos para su homologación como terminales con acceso a la Red COMDES., de acuerdo a lo establecido en el documento “REQUISITOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TERMINALES FIJOS, MÓVILES Y PORTÁTILES PARA SU UTILIZACIÓN EN LA RED COMDES”, disponible en la web de la DGTIC:

https://dgtic.gva.es/es/normativa#instrucciones.

 

Asimismo, las entidades beneficiarias de estas subvenciones deberán estar autorizadas para el uso de la Red COMDES, de acuerdo con el procedimiento establecido en la página https://comdes.gva.es/es/adhesion-a-la-red

 

Los chalecos antibalas subvencionables deberán ser para uso externo y con fundas externas para la Policía Local con el objetivo de garantizar la prestación del servicio diario con una seguridad acorde a las amenazas actuales.

 

Los chalecos antibalas deberán estar compuestos por tres elementos: el material balístico de protección; la funda de protección del paquete balístico; y la funda exterior que porta los paneles de protección delanteros y traseros.

 

 

 

 

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Pinchando en el enlace "Tramitar con certificado (figura de color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web de la solicitud, anexar a continuación la documentación que se aporta y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que también estará disponible en el Área Personal de la persona solicitante, a la que puede accederse desde la web de la Generalitat, o desde su sede electrónica (Web de la Generalitat-> Sede electrónica->Acceso al área personal).

Una vez cumplimentada la solicitud en la pestaña rellenar, se validará, y a continuación se adjuntará el o los documentos electrónicos que tenga que aportar en la pestaña documentar.

Entre dichos documentos, el único que figura como documento obligatorio es el formulario ANEXO I, que deberá ser firmado electrónicamente por el titular de la Alcaldía antes de subirlo a la pestaña "Documentar" para poder registrar dicha solicitud.

Finalmente, una vez realizado el envío de la documentación, se validará y en la pestaña registrar, se deberá firmar el formulario web de la solicitud, para poder registrarlo de entrada. Una vez validado, deberá guardarlo en la pestaña guardar, para poder descargar el justificante de su presentación

Solicitud

Plazo
Desde 07-06-2024 hasta 06-08-2024

Las solicitudes se podrán presentar en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria.

El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la exclusión de la convocatoria.

Documentación
El formulario web de la solicitud se presentará firmada por la persona titular de la Alcaldía o por quien tenga telemáticamente la representación del Ayuntamiento. Junto con dicha solicitud se presentará la siguiente documentación: a) Anexo I. Adquisición de Medios Materiales para la policía...
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Forma de presentación
Telemática
- Para poder realizar la presentación electrónica a través de la plataforma de tramitación de la GVA, el solicitante deberá disponer de cualquiera de los sistemas de firma electrónica admitidos en la Sede de la Generalitat y que allí se indican.

    Subsanación

    Plazo
    Plazo abierto

    10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación del requerimiento de subsanación

    Descripción

    Si la solicitud de ayuda presentada no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, a través del trámite telemático

    Forma de presentación

    Resolución

    Plazo máximo
    El plazo máximo para resolver las solicitudes y proceder a la publicación de la resolución de concesión, será el de cuatro meses, contados desde la fecha de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, deberán...
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    Cuantía y cobro
    El porcentaje máximo de subvención se establece en función del número de habitantes de los municipios con cuerpo de policía local, del siguiente modo: Para municipios: Hasta 20.000 habitantes: 80 % Con más de 20.000 habitantes hasta 50.000: 70 % Con más de 50.000 habitantes hasta 75.000: 60 %
    Efecto silencio / Agota vía administrativa
    Desestimatorio
    / Sí
    Recurso que procede contra la resolución
    Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo

    Justificación

    Plazo
    Plazo abierto

    periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes

    Descripción

    Para efectuar el pago las entidades beneficiarias de la subvención deberán ajustarse a los requisitos y formas de acreditación establecidos en los artículos 30 y 31 de la Ley 38/2003, así como en el artículo 169 de la Ley 1/2015 y, en todo caso, deberán presentar la siguiente documentación: a)...

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    Desistimiento

    Descripción

    El desistimiento de la solicitud tiene por objeto dejar sin efectos la solicitud presentada, es decir, se da por no presentada dicha solicitud.

    Recurso de reposición

    Plazo
    Plazo abierto

    Descripción

    Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos...

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    Renuncia

    Plazo

    Antes de la resolución de la convocatoria

    Descripción

    Toda persona puede renunciar a los derechos de la solicitud, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico.

    Observaciones

    Se realizará de forma telemática