Becas para la realización de prácticas profesionales en la dirección general con competencias en materia de servicios sociales y dependencia - GVA.ES
Becas para la realización de prácticas profesionales en la dirección general con competencias en materia de servicios sociales y dependencia
Qué es
Se convocan diez becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores, de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
A quién va dirigido
Podrán optar a la obtención de una de las becas objeto de esta convocatoria quienes reúnan, al término del plazo de presentación de solicitudes las condiciones del apartado requisitos
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar estar en posesión del nivel C1 de español, mediante diploma expedido por el Instituto Cervantes o por las Escuelas Oficiales de Idiomas españolas.
b) No ser mayor de 35 años.
c) Estar en posesión del título oficial universitario o de formación profesional (grado superior) que se especifique en la convocatoria, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes, sin que hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de los estudios conducentes a la obtención de dicho título.
- Derecho: Grado en Derecho
- Trabajo Social: Grado en Trabajo Social
d) No haber sido beneficiario o beneficiaria de cualquier beca de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses. Este periodo se computará tomando en consideración la totalidad de la duración de las becas disfrutadas a partir del 9 de septiembre de 2009, ya sea una o varias, incluyendo los periodos de prórroga.
e) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Cómo se tramita
1. La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá a la Dirección General de Atención Primaria y Autonomía Personal.
2. En cualquier momento a lo largo del procedimiento, el órgano instructor podrá solicitar a los órganos, administraciones y entidades competentes, la transmisión telemática de aquellos datos que sean necesarios para la correcta instrucción del procedimiento, permitiendo la comprobación de los hechos sobre los que deba pronunciarse la resolución.
3. Estudiadas las solicitudes y documentación presentada, la Comisión evaluadora elevará al órgano competente un listado provisional de las personas aspirantes admitidas y su valoración, así como una relación de los aspirantes excluidos y la causa de la exclusión, para su publicación, concediendo un plazo de 10 días hábiles, durante el cual se podrán presentar las alegaciones que se consideren oportunas por los interesados. Estudiadas las alegaciones, se elevará al órgano competente para su publicación el listado definitivo, que contendrá la relación definitiva de la puntuación obtenida por todas las personas aspirantes así como de las personas excluidas, y el motivo de la exclusión. En el mismo acto se procederá a la convocatoria de quienes hayan obtenido, en cada área, las 15 mejores puntuaciones para la realización de una entrevista. La falta de asistencia por la persona candidata a dicha entrevista será causa de exclusión del proceso selectivo. Realizada la entrevista y concluida la selección, se publicará la lista con las personas que resulten beneficiarias de las becas, pudiendo las mismas formular las alegaciones que estimen oportunas durante el plazo de 10 días hábiles. Las publicaciones de listados y relaciones que determina el proceso de selección se insertarán en la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es.
Los criterios de valoración se ajustarán a lo indicado en el art. 4 Baremo para la evaluación de los méritos contenido en la Orden 1/2021, de 14 de enero (DOGV 9001, 20.01.2021) de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se aprobaron las bases que regulan la convocatoria y concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en las direcciones generales con competencias en materia de servicios sociales, dependencia y personas mayores.
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
(DOGV núm. 10108, de 15.05.2025)
1. Con el fin de reducir cargas administrativas a las personas interesadas, junto a la solicitud y el currículum no se acompañará documentación alguna.
2. Las personas solicitantes que hayan sido seleccionadas para la fase de entrevista, de acuerdo con lo que dispone el artículo 7 de la Orden 1/2021, deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos detallados en el currículum en el momento en el que acudan a la realización de la misma.
3. Quienes hayan sido seleccionadas para la fase de entrevista, deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos detallados en el currículum cuando acudan a la realización de la misma. Si la documentación presentada no reuniera los requisitos exigidos en la convocatoria, o no fueran aportados algunos de los documentos preceptivos, se requerirá concediéndole un plazo de 10 días hábiles para que se subsane la falta o se acompañen los documentos preceptivos, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. Los méritos no suficientemente acreditados no serán tenidos en cuenta a efectos de su valoración. El cumplimiento temporal de los méritos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
5. En el caso de que, revisada documentación aportada, se comprobara que la puntuación otorgada para el acceso a la entrevista es inferior a la obtenida, de acuerdo con los méritos alegados en la solicitud, y ocasionara que otras personas solicitantes puedan obtener una puntuación superior dentro de la correspondiente especialidad, estas serán citadas para la realización de la entrevista y la presentación de la correspondiente documentación.
6. La presentación de la solicitud para optar a estas becas implicará la aceptación por la persona solicitante de las bases de esta convocatoria.
7. En cuanto a la gestión electrónica del procedimiento administrativo de esta convocatoria se observará lo dispuesto en la Orden 17/2011, de 6 de mayo, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se desarrolla el capítulo II, de las becas de prácticas profesionales, del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas.
Las solicitudes se presentarán por vía telemática.
- Resolución de 1 de abril de 2025, por la que se convocan diez becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores.
- Extracto de la Resolución de 1 de abril de 2025, por la que se convocan diez becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores.
Resolución
Tres meses, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria, sin perjuicio de que pueda ampliarse en los términos previstos en la legislación básica de procedimiento administrativo común.
Obligaciones, derechos de las personas beneficiarias y renuncia, indicados en el artículo 17 de la orden 1/2021, de 14 de enero (DOGV 9001, 20.01.2021) de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se aprobaron las bases que regulan la convocatoria y concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en las direcciones generales con competencias en materia de servicios sociales, dependencia y personas mayores.
Las personas beneficiarias quedan sujetas a las responsabilidades y régimen sancionador regulados en el titulo IV de la Ley 38/2003 y en el capítulo IV del título X de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Ciudadanía
- Ayudas, becas y subvenciones
- Becas de la Generalitat
- Becas Profesionales
- Becas de la Generalitat
- Ayudas, becas y subvenciones
TEMA
- Servicios sociales
- Dependencia
PERFILES
- Ciudadanía
TIPO
- Ayudas, becas y subvenciones